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Conductor sin seguro

9 respuestas
Conductor sin seguro
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#1

Conductor sin seguro

Hola hace unos 3meses que he tenido un percance con la conductora de otro vehiculo ocasionando daños en espejo retrovisor izquierdo, la preferencia de paso la tenia yo segun señalizacion vertical, se avisa policia local ya que se niega a facilitar datos de la poliza y estos intervienen, paracer ser que la otra parte no tiene seguro en vigor y mi compañia dice que hay que reclamar al consorcio eso despues de tres meses de espera, en lo referente a la NO TENENCIA DEL SEGURO OBLIGATORIO, he planteado a la compañia denunciar a este conductor por no cumplir con la legislacion y ellos se lavan las manos diciendo que esos gastos los cubrire yo que no es cosa suya ya que ellos solo responden por hechos derivados directamente del trafico y no de que si tiene seguro. Mi pregunta es la siguiente: Si teniendo defensa juridica contratada, se pueden limpiar las manos tan facilmente y si por el contrario y como yo planteo esta denuncia tendria que plantearla ellos en defensa de mis intereses...?????

Un cordial saludo y gracias de antemano

#2

Re: Conductor sin seguro

La policia local debió extender boletín de denuncia en el momento de conocer el accidente y tras comprobar que no presentaba justicante de pago del seguro, previa comprovación en FIVA (fichero informático de vehiculos asegurados). Era su obligación. Es más, deberia haber inmovilizado el vehículo hasta que acreditara tenerlo asegurado.

En todo caso todo ciudadano tiene derecho a presenta una DENUNCIA VOLUNTARIA en cualquier comisaria de policia local, Guardia Civil e incluso en la Jefatura de Tráfico. Es una gestión gratuita y para la que no necesitas ni abogado ni procurador pues no es un tema judicial sino administrativo.

El artículo por el que corresponde denunciarle es:

Turismos y otros(1500 euros): SOA 3.A.5C "Circular con un vehículo sin tener concertado el seguro obligatorio, cuando su conducción requiere permiso de la clase B."

Motocicletas (1250 euros): SOA 3.A.5B "Circular con un vehículo sin tener concertado el seguro obligatorio, cuando su conducción requiere permisos de las clases A2, A1 ó A."

Ciclomotores (1000 euros): SOA 3.A.5A "Circular con un vehículo sin tener concertado el seguro obligatorio, cuando su conducción requiere permiso de la clase AM."

#3

Re: Conductor sin seguro

Estimado Camel81,

Te recomiendo que no te metas en jaleos innecesarios. Tú seguro pasa la comunicación al Consorcio para que éste se haga cargo de tus daños al ser tercero perjudicado y no tener en vigor la otra parte su póliza.

Por otro lado, la sanción administrativa ya la tiene establecida, 1.500 euros. Denunciándola por tu cuenta no vas a sacar nada. Piensa que tanto los daños materiales como los personales los indemniza el SOA, y en tu caso, al no tener personales, con la reparación de tu coche quedas "satisfecho". Por eso la cobertura de defensa jurídica de tu coche no se hace cargo. Además que sepas que no todas las situaciones son susceptibles de esta defensa. Decirte que normalmente los gabinetes jurídicos de las compañías hacen una valoración inicial para determinar la viabilidad jurídica del caso. Si éste la tiene, van. Si no la tiene, no van.

Poniéndole una denuncia no vas a conseguir nada puesto que además, ella ya habrá pagado su correspondiente multa y habrá tenido que contratar un seguro para sacar su coche del depósito.

Espero haberte sido de ayuda.

Un saludo.

Héctor.

#4

Re: Conductor sin seguro

Creo que pierdes el tiempo denunciandola. Preocúpate de que te reparen tus cosas y la otra parte que pague la multa por circular sin seguro, además, con la denuncia no ibas a sacar nada.

Ya puestos, os lanzo una pregunta. Si tienes un coche en una plaza de cochera en propiedad, que NO UTILIZAS es obligatorio, por ley, tenerle el seguro. Supongo que no, pero he leido en algún sitio que si es necesario...Por si alguien lo sabe

Método, disciplina y tiempo

#5

Re: Conductor sin seguro

Estimado JTorres,

la obligatoriedad de tener al menos el SOA no depende de en qué lugar aparques tu vehículo o cuántos kilómetros le hagas o no le hagas. Depende de su estado en la Jefatura de Tráfico. Cualquier vehículo dado de alta en la base de datos de tráfico tiene la obligación de estar asegurado al menos con el SOA. Otra cosa es que lo des de baja en dicha base.

Piensa que ese coche puede provocar un daño (hipotético) aún estando parado. Puestos a pensar, puedes pensar que un día el coche explote y le cause daños a un tercero, daños patrimoniales o personales. O que se incendie. Para esto debes tener el SOA, que te cubrirá hasta 70 millones de euros los daños personales y hasta 15 los patrimoniales, con la posibilidad de compensar daños de una cobertura a otra en caso de exceso de cualquiera de las dos.

Un saludo.

Héctor.

#6

Re: Conductor sin seguro

si es obligatorio ,todo vehiculo a motor tiene que tener un seguro ya este en un garage sin usarlo o no,imaginate que el coche coge fuejo por un problema con la bateria y quema otros coches que esten en el garage,o el edificio donde esta asegurado o lo que sea.
por eso has de tener seguro aunque no uses el coche.

#7

Re: Conductor sin seguro

Te entiendo, aunque hay casos que me parece absurdo tener seguro.

Imagina alguien, que tiene un coche en un cortijo parado, en su garaje, dendro de su propiedad y que evidentemente no circula. No le vemo mucho sentido a tenerle un seguro.

Imagina un compra-venta que tiene 10 coches que no les da salida, y tiene que pagar 10 seguros?, no sé...

De todas formas si eso dice la ley, se esté de acuerdo o no se esté, hay que hacer lo que diga la normativa.

Gracias por la respuesta.

Método, disciplina y tiempo

#8

Re: Conductor sin seguro

Estimado JTorres,

Como el Seprona pille a alguien con un coche viejo tirado en un solar de su propiedad lo de menos será si tiene o no seguro. Eso es hoy día delito medioambiental.

Otra cuestión: un compraventa no necesita tener 10 seguros sino uno: el de las placas correspondientes a VO. Todos los vehículos que tiene el compraventa deben estar dados de baja temporal desde el día de su adquisición al antiguo propietario y así hasta su venta al comprador. Para moverlos o demostrarlos se utilizan las placas temporales que deben tener su seguro especial. Si el compraventa tiene los vehículos sin darlos de baja y sin seguro puede buscarse la ruína porque entonces el obligado a contratar seguro es el antiguo propietario y si pasa algo será objeto de recobro por parte del Consorcio como asegurador subsidiario. Tras eso lo normal es que el antiguo propietario (vendedor) acabe denunciando por estafa al compraventista.

Tal como informa con exactitud Agenteaxa todo vehículo circule o no debe contar con seguro pero también debo corregirlo: si un coche estacionado sufre un cortocircuito eso no lo cubre el seguro de circulación de vehículos a motor por el simple hecho de que no se trata de uno de los "hechos de la circulación" que describe la Ley correspondiente. En ese caso el seguro que nos debe proteger es el de responsabilidad civil del hogar, si somos particulares, o el de responsabilidad civil general si somos una empresa. De ahí, por ejemplo, que considere temerario contar con coberturas de RC de 150.000 € salvo que el bolsillo no de para más.

Saludos,