Gracias Insurance.
El caso del familiar que le ha cambiado la calle por el tema de las nuevas leyes lo tengo clarísimo y me cuadra totalmente con lo que me indicas tras haber leído la normativa que me ofreces. Ya en catastro he confirmado que han actualizado la dirección, físicamente me he fijado en la calle que el ayuntamiento también ha cambiado el azulejo y por tanto la dirección de escritura no tiene ningún sentido. Seguiré tus indicaciones y en este caso sí tengo claro modificarla y dar la dirección de catastro que coincide con la calle física y poner también en póliza su número de Ref. Catastral . Aunque no coincida con la dirección de escritura por ser ésta muy antigua y porque esa calle ya materialmente no existe.
El problema que no resuelvo es el del post inicial de este hilo que del aburrimiento lo dejé como estaba, seguramente no esté explicando bien la casuística pero algo no cuadra. He ido ya a varios seguros, con escrituras y catastro en mano y lo ven también raro, porque en ese caso ambas calles SÍ que existen, no es que hayan desaparecido ni cambiado de nomenclatura...Me llegan a decir que las escrituras deben estar mal, pero los vecinos también la tienen así. Seguiré preguntando la semana que viene pero se me quedan a cuadros como si no lo hubieran visto nunca...que es lo que me extraña.
Una de las respuestas que dio Asesor en este hilo me parecía posible pero les indico ese planteamiento a los seguros que he ido y se me quedan sin respuesta y muy dubitativos, como si nunca lo hubieran visto...Me refiero a lo que indicaba Asesor en este hilo de que pudiera ser que el catastro está usando la dirección que dió el promotor de la parcela, que en tal supuesto sería la calle de atrás a la mía. Incluso observo en escritura que a la única Ref. Catastral que se hace mención es a la que denominan FINCA MATRIZ y coincide con la dirección del catastro y ess posible que usara el promotor (la de atrás como indico). Sin embargo la que yo uso y, al parecer los vecinos, es la dirección que viene en la escritura pero en el apartado donde se define los metros, lindes etc...En la descripción vaya. Me pareció interesante este planteamiento de Asesor y plausible, pero cuando lo planteo en seguros me dicen que nanai....que la dirección de la Referencia Catastral es lo que hay que poner. Es decir la de la calle de atrás. Sin embargo usamos la dirección del apartado descripción de la escritura para todo yo y los vecinos (suministros luz, agua, correos, DNI, etc...porque la calle SÍ existe. Lo lioso de este caso es que la dirección del Catastro también existe siendo la calle de atrás y los seguros me están indicando de poner esa, la dirección que da el catastro y que a ellos les sale cuando meten la Ref. Catastral.
No se si me estoy explicando. Siento lo largo del post, lo lioso y si os hago perder vuestro tiempo.
Gracias, un saludo.