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Seguro de incendios, seguro vida y seguro de hogar para hipoteca

21 respuestas
Seguro de incendios, seguro vida y seguro de hogar para hipoteca
Seguro de incendios, seguro vida y seguro de hogar para hipoteca
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#16

Re: Seguro de incendios, seguro vida y seguro de hogar para hipoteca

Me reitero que no hay obligación legal para el propietario de contratar un seguro aunque tenga una hipoteca. La obligación, en el caso de que dicha vivienda se utilice como garantía hipotecaria, es desde un punto de vista legal del banco. Cuestión distinta es que éstos, como siempre, le pasen dicha obligación al cliente pero como tal, la obligación legal sería del banco.

#17

Re: Seguro de incendios, seguro vida y seguro de hogar para hipoteca

Totalmente de acuerdo. 

#18

Re: Seguro de incendios, seguro vida y seguro de hogar para hipoteca

El seguro del vendedor seguro que es un multirriesgo para hogar y si tiene incluida la cobertura de incendio, con la petición del cambio de tomador y asegurado también tendrás que notificar la clausula hipotecaria para generar el certificado que tendrás que entregar a la entidad hipotecaria.

Si la modificación se realiza con vencimiento anual del actual de la póliza, seguramente no tengas que pagar nada, puesto que lo normal es que, depende de las fechas de cuando entres a vivir, el vendedor tenga contratadas garantías que tu no necesites.

 

El seguro de vida te recomiendo que lo contrates con la cantidad que realmente sea la que podrías necesitar, independientemente de la hipotecas de debas, eso hablalo con el mediador, y sin clausulas hipotecarias de por medio, que los herederos decidan que hacer con ese dinero y no el banco.

 

La comunicación de no renovación y anulación de una póliza, por parte del tomador, se realiza con al menos un mes antes del vencimiento anual del contrato, según marca la ley.

 

Un saludo.

#19

Re: Seguro de incendios, seguro vida y seguro de hogar para hipoteca

Hemos de tener claro que no es obligatorio un seguro de incendios en todos los casos de uso de viviendas. Únicamente, tenemos esta obligación cuando hemos pedido un préstamo hipotecario al banco. Es lo que prescribe la Ley de Regulación del Mercado Hipotecario y las normas que la desarrollan. Se trata de un requisito comprensible por la vinculación que iniciamos con el banco, cuyos intereses se asocian también, en este caso, a los mismos riesgos que corremos nosotros.

Por otra parte, este seguro cubre el continente, es decir, el edificio en sí, sin abarcar su contenido o el suelo. En este aspecto, se aseguran unos riesgos mínimos, tales como la explosión, los incendios y los fenómenos climáticos extremos (inundaciones, terremotos, tormentas...).

Sin embargo, también hemos de tener en cuenta que la obligación de suscribir este seguro de incendios al firmar una hipoteca no significa que tengamos la obligación de contratar el seguro con la entidad bancaria con la que hemos gestionado este documento. Los bancarios de esta entidad no pueden obligarnos, por ley, a suscribir la póliza en su grupo. De hecho, resulta habitual que, al tramitar una hipoteca con un banco, nos intenten ofrecer algunos productos que directamente no necesitemos, como por ejemplo ciertos seguros. También debemos saber que estos seguros de incendios, relacionados con la hipoteca, son deducibles en materia de obligaciones fiscales.
https://www.mapfre.es/seguros/particulares/hogar/faqs/seguro-incendio.jsp

#21

Re: Seguro de incendios, seguro vida y seguro de hogar para hipoteca

No quería decirte nada, pero lo blanco te afecta mas de lo que pensaba, jejeje.

 

Lo cierto es que es muy recomendable realizar un seguro de hogar cuando se tiene una hipoteca y sí se tiene la obligación de comunicárselo a la entidad hipotecaria.

#22

Re: Seguro de incendios, seguro vida y seguro de hogar para hipoteca

Sobre el seguro de vida dices que lo contrate con la cantidad que realmente podría necesitar, ¿eso quiere decir que si mi hipoteca es de 50000 euros y tengo ahorrados 10000 euros, el seguro de vida lo tendría que contratar por 40000? con el paso del tiempo mis ahorros y la cantidad que debo de hipoteca va a variar ¿tendría que cambiar la cantidad del seguro de vida?.

Otra duda que tengo es que si yo falleciera, el seguro de vida serviría para pagar la hipoteca si es lo que quieren los herederos, ¿ellos tendrían que pagar algún impuesto para que ellos sean los propietarios del piso?. El precio del piso es de 250000 euros y la hipoteca es de 50000 euros, no creo que los herederos decidan no pagar la hipoteca.

Gracias.