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Seguro de Accidentes y Enfermedades

9 respuestas
Seguro de Accidentes y Enfermedades
Seguro de Accidentes y Enfermedades
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#10

Re: Seguro de Accidentes y Enfermedades

Yo estoy interesado exactamente en lo mismo,y tras preguntar mucho todos te ofertan accidentes y vida,que incluyen fallecimiento a la fuerza.Pero buscando por la red algunas compañias ofertan seguros de baja laboral,aunque creo que proporcionalmente en capitales cubiertos son bastante caros,quizás por no estar muy implantados.Animo y comenta por aquí si pillas alguno bueno.

#11

Re: Seguro de Accidentes y Enfermedades

Un seguro de enfermedad (baja laboral) no tiene nada que ver con un seguro de accidentes o vida que cubra la incapacidad permanente, sea absoluta o total.

El problema de esta pretensión es que está regulado por Ley que en el seguro de vida el capital asegurado para la contingencia de incapacidad no puede ser superior al de fallecimiento que tiene la condición de seguro principal. Esto es, la cobertura de incapacidad SIEMPRE será accesoria a la de fallecimiento.

Por lo dicho resulta evidente que si el capital de incapacidad no puede ser superior al de fallecimiento y este es "cero", el de incapacidad será "cero".

Por tanto, o se contrata fallecimiento o no hay incapacidad posible.

Saludos,

A continuación transcribo la justificación legal citada:
"LEY 30/1995 DE 8 DE NOVIEMBRE DE ORDENACIÓN Y SUPERVISION DE LOS SEGUROS PRIVADOS (LOOSP)
Disposición Adicional Primera. Ramos de seguro.
2. El seguro directo sobre la vida se incluirá en un solo ramo, el ramo de vida, con el ámbito de todos los ramos del seguro directo sobre la vida enumerados en las Directivas comunitarias reguladoras de la actividad del seguro directo sobre la vida.
B. Riesgos complementarios.
Las entidades autorizadas para operar en el ramo de vida podrán cubrir como riesgos complementarios los comprendidos en el ramo de accidentes y en el ramo de enfermedad, siempre que concurran los siguientes requisitos:
- Estén vinculados con el riesgo principal y sean complementarios del mismo.
- Se refieran al objeto cubierto contra el riesgo principal.
- Estén garantizados en un mismo contrato con éste.
- Cuando el ramo complementario sea el de enfermedad, y éste no comprenda prestaciones de asistencia sanitaria."

#12

Re: Seguro de Accidentes y Enfermedades

Hola Tronix:

Si que existen polizas de accidentes que te permiten elegir cobertura de incapacidad permanente sin ser obligatorio contratar la garantía de fallecimiento. Eso si, una póliza de accidentes te cubre la incapacidad sólo en caso de accidente, nunca en caso de enfermedad. La incapacidad por enfermedad la tendrás cubierta si la contratas como complementaria en un seguro de vida, pero ahí si será obligado contratar fallecimiento.

Una forma de complementar el seguro de accidentes para cubrir las necesidades que comentas es con una póliza de cobertura de invalidez laboral transitoria (baja laboral) dónde al menos tendrías aseguradas unas rentas durante el periodo de baja o las baremadas por dicha enfermedad (según sean las condiciones del contrato).

#13

Re: Seguro de Accidentes y Enfermedades

Estimado Avante: Lamento tener que estar en desacuerdo con tu respuesta, no por que no sea correcta, sino por que aún siendolo, el problema es que no contesta la pregunta de nuestros amigos Tronix o Elpi10. Tal y como yo lo entiendo, ellos buscan un seguro de accidentes, no de vida, que les permita contratar invalidez y no fallecimiento. En ese caso sí que existen productos en el mercado que te dan esa posibilidad.

#15

Re: Seguro de Accidentes y Enfermedades

A ver, si leemos el texto que está justo encima de todos y cada uno de los comentarios de este hilo encontramos la frase "Seguro de Accidentes y Enfermedades". Como "enfermedades" nunca quedará cubierto por un seguro de accidentes pero "accidentes" si por uno de vida, entiendo que quien consulta desea cubrir ambos escenarios; es decir, las consecuencias de un accidente y las de una enfermedad y ello me conduce automáticamente a responder en clave seguro de vida.

Además, el primer post del hilo de Tronix indica con claridad que "Hola, estoy interesado en contratar un seguro de accidentes y enfermedad, que no incluya muerte." Por tanto, la respuesta debe venir del seguro de vida.

Obviamente si lo restringen a accidentes no solo podrán optar por el seguro de invalidez sin fallecimiento sino que además podrán incluir en la opción de baremo un factor progresivo 225 o 350 que puede suponer sumas aseguradas realmente importantes. Pero, siempre, derivadas de accidente, no causadas por enfermedades.
Saludos,