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Invalidez permanente y absoluta

32 respuestas
Invalidez permanente y absoluta
Invalidez permanente y absoluta
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#25

Re: Invalidez permanente y absoluta - primas posteriores

Coincido plenamente contigo, eso parece por simple sentido común, ahora bien ¿este es el S.C. de la normativa y Ley del seguro? de ahí mi la cuestión que plantea mi tío. 

#26

Re: Invalidez permanente y absoluta - primas posteriores

Una vez se le reconoce la invalidez y el lo comunica a la compañía, esa es la fecha del siniestro, lo que ocurre es que no todas las pólizas se extiguen al haber un siniestro, algunas seguirán vigentes por la cobertura de vida, eso sí con la disminución de prima correspondiente claro, otras si se extinguen con el siniestro, depende de lo que diga cada póliza en concreto...toca leer condiciones generales.

En cualquier caso si se extingue es desde la fecha del siniestro, es decir desde el reconocimiento de la invalidez permanente absoluta, pero las primas de seguros son anuales recuerda, independiente de si se pagan mensual, trimestral, etc. con lo que podrá reclamar las que supongan prima de otra anualidad, pero las de la anualidad corriente la compañía tiene derecho a cobrárselas, otra cosa es que comercialmente se haga o no.

Pongo un ejemplo sencillo, póliza de decesos (las de los muertos) se suelen pagar mensual, y un seños se muere a mitad de la anualidad, la compañía podría cobrar todo el año aunque el señor este muerto (otra cosa es a quien le cobras claro), ya que la póliza es anual renovable, se pague mensual o no.

Saludos, espero haberte aclarado algo.

#27

Re: Invalidez permanente y absoluta - primas posteriores

Concreto un poco más (no obstante entiendo tu comentario), el informe de la SS es de junio, pasa julio todavía convaleciente, tratamiento, etc. agosto los mismo, y a mitad de septiembre empiezaa tramitar, las compañías que son 4, piden documentos, informes, etc., "entre medias" del proceso, de junio hasta hoy, le presentaron al banco dos pagos de prima, correspondientes a la próxima anualidad (pongamos de septiembre 2014 a septiembre 2015), los paga, en primer lugar porque en la cuenta hay saldo, y en su convalencencia es que ni se entera .... al margen de que con una solicitud de indemnización de por medio creyó oportuno pagar el recibo, no sea éste el problema .....

Y ahora una nueva noticia de esta mañana, una de la pólizas, contratada en 2004, aparte de toda la documentación, le piden un informe de una baja laboral que tuvo hará unos 5 años, fue de más de 6 meses, pero muy posterior a la contratación del seguro (5 años) ...... le ha indicado (al igual que su corredor de seguros) que ni se preocupe, es algo posterior, y solo quieren comprobar el motivo de tal baja, y que no pudiera corresponder a una enfermedad no declarada en 2004, como no es el caso, eso , que les mande el informe, lo comprobarán, y problema resuelto, solo que esto de cobrar a un máximo de 40 días, seguramente no, taradán unos días más .... 

#28

Re: Invalidez permanente y absoluta

¿Te has planteado hablarlo con un abogado? Él sabrá exactamente qué te han dado, qué no y cómo proceder, creo yo.

Yo te lo recomiendo, hay algunos que van a éxito, es decir, si no ganan, no cobran. Es una buena forma de intentarlo, ¿no? Al menos yo de ti, pediría información, aunque no sé si ya has resuelto el tema que ahora que veo la fecha, es de hace 3 años... he llegado tarde a la comunidad, ¡sorry!

Un saludo y suerte,
Alberto
 

#29

Re: Invalidez permanente y absoluta

Almoto, pero eso que, como dices "van a éxito" al final se llevan una parte tan importante de lo obtenido que en muchas ocasiones hubiese resultado más beneficioso (en tiempo y dinero) el haber aceptado la oferta de la aseguradora.

Por ejemplo, ahí tienes el tema de los beneficiarios del accidente de Spanair.... muchos de los que siguen litigando lo hacen porque han firmado contratos con algunos abogados que al final les va a suponer percibir menos dinero que si hubiesen aceptado la oferta de MAPFRE. De ahí gran parte de su lucha para sacar los máximo posible para intentar "compensar" esa situación.

#30

Re: Invalidez permanente y absoluta

Emmamani, pues ahí si que no puedo decirte nada, pero imagino que es cuestión de hablarlo y preguntarlo antes de empezar nada, ¿no? No sé, yo para este tipo de cosas, siempre me digo "el no ya lo tengo, así que por preguntar no pierdo nada". Si quieres preguntar, tengo un conocido lejano que le pasó algo e imagino que aún guardará algún email o número de contacto.

¡Mucho animo de todas formas!

Un saludo,
Alberto

#31

Re: Invalidez permanente y absoluta

Tengo un seguro de vida que es el más completo de Kutxabank en el que aparecen los siguientes puntos: invalided absoluta y permanente por cualquier causa.
Me van a dar una incapacidad permanente.¿me cubrirían la hipoteca? . ¿Alguien puede informarme? La gran duda es que pone POR INVALIDEZ ABSOLUTA Y PERMANENTE en mi seguro, no pone POR INVALIDEZ PERMANENTE ABSOLUTA que es muy diferente ya esa no la puedo conseguir porque sí puedo trabajar en otra cosa que no sea mi oficio. Pero yo tengo contratado lo más completq del seguro que es Invalided Absoluta y permanente.
¿Qué se entiende por eso? ¿cubre una u otra? Entiendo que por cualquier invalidez sea permanente o absoluta dejo de pagar la hipoteca? ¿ es correcto?

#32

Re: Invalidez permanente y absoluta

Si puedes trabajar en otra cosa que no sea tu oficio, te han concedido una invalidez permanente TOTAL, con lo que no te cubriría el seguro.