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Subordinadas caja duero

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Subordinadas caja duero
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Subordinadas caja duero
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#5825

Re: Subordinadas caja duero

Momar en estos momentos me encuentro en la misma posición que estabas tú el 16 de noviembre. Me acaba de comunicar mi abogado que se ha ganado el juicio y que ahora hay 20 días hábiles en los cuales el banco CEISS puede recurrir.Te agradecería nos contaras los siguientes pasos que ya llevas dados tú.

#5826

Re: Subordinadas caja duero

Nos toco esperar ese tiempo y el último día nuestra procuradora fue al juzgado a informarse y allí le dieron un cheque por el dinero q había consignado el banco. Nuestro abogado hizo cuentas y considero q faltaba dinero y envió al juzgado escrito solicitando esa cantidad. Mientras se resuelve eso nosotros cuando nos dieron el cheque fuimos a cobrarlo y lo ingresamos en otro banco. Con caja duero ya lo mínimo.
Durante esos veinte días nos llego un correo rordinario de caja duero en el q decía q quedaban anuladas nuestras acciones por sentencia judicial, lo cual indicaba q ya pintaba bien y no fueran a recurrir.

#5827

Re: Subordinadas caja duero

Se me olvidaba, enhorabuena por recuperar lo q es tuyo

#5828

Re: Subordinadas caja duero

Hola, alguien sabe cuando cumple el plazo para poder pedir la anulación del contrato:

4 años contados desde la firma del contrato.
4 años contados desde que finaliza el contrato

saludos y enhorabuena los que estais ganado.

#5829

Re: Subordinadas caja duero

Mormar muchas gracias por tus explicaciones, pues son de mucha ayuda.
Según creo el banco que trabaja con el juzgado es el banco Santander. ¿El cheque pone banco Santander?.
Pero lo que te quiero preguntar es si ese cheque se puede llevar a cualquier banco y no obligatariamente al banco Santander.

#5830

Re: Subordinadas caja duero

Hosman te remito a que leas algunas de las sentencias que figuran en los blogs de las asociaciones de afectados de Salamanca, León, y Palencia, donde viene explicado:
http://afectadospreferentessalamanca.blogspot.com.es//
http://afectadospreferentesleon.blogspot.com.es/
http://afectadospalencia.blogspot.com.es//

La STS de 11 de junio de 2003 dispone que el artículo 1301 del Código Civil establece que el plazo de cuatro años empezará a correr desde la consumación del contrato, o sea, hasta la realización de todas las obligaciones; y solo tiene lugar cuando están completamente cumplidas las prestaciones de ambas partes. Por tanto, se entiende que la consumación no se produce hasta el cumplimiento recíproco de la totalidad de las prestaciones pactadas.
Con la singularidad de que las participaciones preferentes son, por definición, de carácter perpetuo, no sometidas a plazo de vencimiento, motivo por el cual la acción no caducará en ningún caso.

#5831

Re: Subordinadas caja duero

Dl producto Aportaciones subordinadas fagor es perpetuo hasta la liquidacion de la cooperativa.
http://www.europapress.es/euskadi/noticia-juzgado-vitoria-desestima-demanda-contra-kutxabank-aportaciones-fagor-estar-accion-caducada-20140512110408.html
Claro que ese articulo hace que los productos perpetuos como las queridas acciones de Banco Santander no prescribirian nunca, pero como dice una sentencia cada caso es diferente, ahi esta la picaresca, el plazo de caducidad debe comenzar cuando queda probado que el demandante se sintio engañado, estafado etc.
Vease la gracia de que compras unas acciones, producto perpetuo que gusta mucho y te sientes engañado por la entidad bancaria y a los veinte años vas a demandar por dolo.

#5832

Re: Subordinadas caja duero

Tecnocata, gracias por la aclaración.Por eso le doy yo las direcciones de los blogs para que busque sentencias donde los del banco se quieren agarrar a que ya está caducado, por haber pasado cuatro años, y donde se ve la contestación que le da el juez.
De todas las maneras visto el caso que tú pones entonces es mejor consultar siempre al abogado, que son los que entienden de leyes y no los demás.

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