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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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#20505

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

He visto al flamet en la sexta :) Le han sacado varias veces saludando a Gorrongolfozorro.

Y yo poniéndome enfermito por momentos...

#20506

Tal vez los abogados son unos mascachapas... y el juez un prevaricador

Templus, aún así, aun pudiendo ser los abogados unos mascachapas como tú dices, el juez es el que dicta sentencia y como bien dice al final para no condenar en costas a la parte actora o demandante, es un tema muy notorio y sensible a nivel social. Si este juez no se quiere enterar es tal vez porque no le conviene. Que nos explique el porqué. Un juez chapucero?? o un juez prevaricador??

Jueces prevaricadores los ha habido y los habrá. Y en un país como este, en el que vuelan los sobres en dinero B... todo es posible , como ya he explicado antes.

Aún así, sigo pensando que los jueces o magistrados la mayoría son honrados. Si no pensara eso a día de hoy no tendría claro que la vía judicial es la más adecuada para recuperar nuestros ahorros, o gran parte de ellos.

Pero como tú bien dices, hay que elegir bien a tu ABOGADO. Lo cual no es nada fácil. Pero en esto nos han metido estos hijos de p., con la colaboración de DE Guindos y Rajoy, no nos olvidemos de ello.

Pues bien Rajoy va y dice ayer que : ha sido una "colocación fraudulenta.." SURREALISMO PURO. Un presidente del gobierno reconoce que ha sido un fraude. El fiscal General del Estado dice que no ha sido un fraude o estafa, y ahora esta sentencia a favor de Bankia, que huele a estíércol.

TOMADURA DE PELO, ESTAFA, FRAUDE, MALTRATO, CHULERÍA SIN LIMITES, SECUESTRO DE DINERO, ROBO DE DINERO, BURLA.

Porque somos gente civilizada, pacífica, responsable... Pero tal vez llegue un día que dejemos de serlo, y entonces estos CANALLAS empiecen a pagar muy caro lo que están haciendo.

#20507

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Es decir, la falta de acreditación de que se ha suministrado una información adecuada, precisa y suficiente permite inferir que el inversor no ha podido formarse una idea precisa de los riesgos reales del producto financiero en el que se disponía a invertir, de tal manera que cuando dicho inversor alega la existencia de error en la contratación de ese producto financiero ha de ser la correspondiente entidad financiera a la que dicho inversor acudió para efectuar dicha contratación la que acredite que suministró la completa, precisa, adecuada e individualizada información, que la legislación impone, a fin de desvirtuar la existencia de ese error que el inversor alega.
Audiencia Provincial de Murcia (Sección 5) 1 de abril de 2011-
Si no estoy equivocado, estas sentencias crean Jurisprudencia.

#20508

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Me ha contestado el Sr.Coscubiela, dice que siga luchando y que ellos también seguirán luchando por nosotros.

Acabo de venir de una mani en la puerta de Caja Madrid, eramos muchos.

Creo que debemos elegir muy bien el abogado. Creo que a estas alturas debemos poner más leña al fuego, que esto no podemos consentirlo !!!!! QUE ES DEMASIADO ESTO YA !!!

Demasiado estamos aguantando, hasta que explotemos de una vez !!!

#20509

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Yo he visto a serlluro con su campaña jaja

#20510

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

TRANSCRIBO EL MENSAJE DE RESPUESTA QUE HE RECIBIDO. COMO SIEMPRE, UN SEÑOR
Gracias a usted, Silvia, por el reconocimiento. No desfallezca en la lucha por recuperar su dinero. Nosotros tampoco lo haremos.

Un abrazo,

Joan Coscubiela, diputado de Iniciativa per Catalunya Verds y portavoz adjunto del grupo parlamentario IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural.

#20511

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

ESTAFADAS/ ESTAFADOS a LUCHAR, JUNT@S PODEMOS,
Hay que echarlos, fem-los fora, ARA!!

En motivo de la gran manifestación que se espera en madrid el dia 23 F un tsunami de mareas, colectivos en lucha que no paran. En barcelona , 4 columnas que confluirán en plaza cataluña a las 18,30h

Nos sumaremos a la columnna contra el genocidio financiero, estafas bancarias, desahucios, etc. cuentan con las personas luchadoras de estafa banca. La columna saldrá desde el barrio de gracia, habrán familias con niños.

Basta de corrupción, devolver el dinero robado al pueblo y a la cárcel l@s culpables de todo este genocidio financiero, políticos y banqueros, empresarios sin escrúpulos, con el dinero en paraísos fiscales, etc, mientras el pueblo empobrece a pasos de gigante, se deprime, se suicida...
HASTA LA VICTORIA SIEMPRE, JUNT@S PODEMOS.

#20512

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Efectivamente!!! No sólo REnta fija como dice Barbera... sino RENTA FIJA DE BAJO RIESGO.. Eso es lo que pone en el TEST DE CONVENIENCIA!!!!!! O no os pone eso en la pregunta número 3?? Que además,esta pregunta número 3 es la ÚNICA que se refiere a las PREFERENTES, y las otras TRES , la primera, la segunda y la cuarta pregunta son de REnta fija " de toda la vida" es decir, bonos , obligaciones, pagarés, cédulas hipotecarias... ES decir BONOS SIMPLES O RENTA FIJA SIMPLE , pero las PARTICIPACIONES PREFERENTES NO SON RENTA FIJA " de toda la vida" o simple, ni son bonos simples, ni deuda pública, NI FONDOS DE INVERSION DE RENTA FIJA...

¿Que són las PARTICIPACIONES PREFERENTES?

Según definición en la Enciclopedia de Economía, Finanzas y Negocios elaborada por CISS grupo Wolters Kluwer, y concretamente según el sr. F. Javier del Arco:

"Se denomina Participaciones Preferentes a aquellos títulos emitidos a perpetuidad por una sociedad con una rentabilidad generalmente variable y no garantizada y que no confieren a su poseedor ni participación en el capital, ni derecho a voto, ni derecho de suscrición preferente."

Y añade:

En la Ley 19/2003, de 4 julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transaccinoes económicas con el exterior y sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales, introduce en su Disposición Adicional Tercera un régimen legal y fiscal especial para la emisión de participaciones preferentes y otros instrumentos de deuda.

En el mercado español, si estas participaciones son emitidas por una entidad de crédito, aún no teniendo vencimiento (emisión a perpetuidad), pueden ser amortizadas a partir de los cinco años a decisión de la entidad emisora, con la autorización previa del Banco de España. Estas emisiones por parte de entidades de crédito, buscan mejorar los coeficientes de cobertura de recursos propios.

Cuando las P.P. son emitidas por una sociedad extranjera se denominan Acciones Preferentes.

CARACTERISTICAS:

-Las partic. preferentes no cotizan en Bolsa, aunque se negocian en un mercado organizado ( AIAF, Asociación de Intermediarios de ACtivos financieros).

-Pueden contar con un contrato de liquidez, aunque su liquidez es, en general, limitada, lo cual dificulta recuperar la inversión.

-son una inversión compleja y con un riesgo inherente muy elevado, ya que puede generar tanto ganancias como pérdidas.

-Pueden sufrir pérdidas de valor en función del mercado, del emisor y de los mercados financieros. en concreto el valor de reembolso puede ser menor que el valor de emisión como consecuencia de los elementos anteriores.

-El rendimiento puede ser fijo durante el primer periodo, mientras que en el resto de periodos suele ser variable.

-El rendimiento a percibir por el inversor está condicionado a que la sociedad emisora obtenga benficios distribuibles. Si la entidad no tuviera beneficios distribuibles, el tenedor de la P.P. no cobraría la remuneración de ese período.

-Las Participaciones preferenes llevan aparejadas comisiones en la compra y en la venta para la entidad emisora, comisiones para el intermediario financiero y gastos de administración y custodia.

-En caso de liquidación de la sociedad emisora, se sitúan en orden de preferencia por detrás de todos los acreedores ( tanto comunes como subordinados) y por delante de las acciones ordinarias.

-Son similares a la deuda subordinada ( por la preferencia en caso de liquidación) pero forman parte del capital de la sociedad ( renta variable), aunque los derechos de preferencia se refieren a la liquidación y al pago de la remuneración y no a los derechos políticos.

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