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Liquidación complementaria del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por parte de la Junta de Andalucía

5 respuestas
Liquidación complementaria del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por parte de la Junta de Andalucía
Liquidación complementaria del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por parte de la Junta de Andalucía
#1

Liquidación complementaria del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por parte de la Junta de Andalucía

Un familiar compró un piso en Málaga hace menos de un año y acaba de recibir una liquidación complementaria de la Junta de Andalucía, en relación con el ITP por dicha compra.

El precio de compra real (sin trampas), fue de 195.000 euros.

La tasación para la hipoteca la valoró en 230.000 euros.

La hipoteca concedida fue de 210.000 euros

La Junta valora el piso aplicando un coeficiente al valor catastral, lo cual da un resultado de 238.000 euros.

En la situación actual la Junta hace "trampas" ya que los pisos llevan al menos dos años de bajadas mientras que ellos no adecuan sus valoraciones a dicha situación para poder así recaudar lo más posible, a pesar de que el valor real de los inmuebles difiera tanto del propuesto por ellos. Esto es evidente ya que por ejemplo, la última fase de la urbanización donde compró esta persona, la promotora en la actualidad está tratando de vender pisos similares incluso por debajo de 190.000 euros...

Quizás alguno de vosotros en Andalucía haya pasado por alguna situación similar o tenga la certeza de si en caso de recurrir, hay posibilidades reales de anular la liquidación complementaria o al menos, de acercarla a la realidad.

Saludos

#2

Re: Liquidación complementaria del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por parte de la Junta de Andalucía

Por la zona de Almeria, que es la que conozco. Esta situación se está repitiendo muy a menudo. Operaciones REALES, que se cierran por importes inferiores a los coeficientes de la Junta. En algunos casos (municipios con reciente revisión catastral), hablo de diferencias grandes. Sobre todo en pisos, y adosados, (en suelo los valores están mas ajustados). Algunos los han recurrido con la tasación (o con dos tasaciones). Pero si la tasación también es superior no veo por dónde meterle mano. A ver si alguien nos ilumina, que ya digo, este caso se está repitiendo bastante.

#3

Re: Liquidación complementaria del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por parte de la Junta de Andalucía

Sí, entiendo que la tasación que se hizo en su día puede jugar en contra, pero hay que tener en cuenta que es la que se hizo para conceder la hipoteca. Por aquel entonces, al preguntar a otro tasador al margen del propuesto por la entidad fianciera, el valor que te aseguraban que podría alcanzar el piso estaría en torno a los 200.000 euros... Es evidente que tanto los bancos como la Junta, pretenden manejar los "valores reales" de los inmuebles a su antojo para sus propios intereses, pero no creo que se deba permitir que sean los compradores los que acaben pagando el pato sin tener culpa de nada.

Saludos

#4

Re: Liquidación complementaria del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por parte de la Junta de Andalucía

Aquí está la evolución de los coeficientes que utiliza la Junta para calcular el valor real de los inmuebles en el municipio donde este familiar compró su vivienda:

2.007: 3,1

2.008: 3,5

2.009: 4,2

2.010: 4,1

2.011: 4,1

Estos coeficientes se multiplican por el valor catastral, que en el caso del municipio donde se encuentra el piso en cuestión, no ha sido actualizado desde 1.999.

Se comprueba por tanto, que en plena crisis y caída de los precios de los inmuebles, la Junta ha aumentado dichos coeficientes para inflar la base imponible del Impuesto de Transminsiones Patrimoniales, Impuesto de Sucesiones, Donaciones...

Saludos

#5

Re: Liquidación complementaria del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por parte de la Junta de Andalucía

Razonar con la Junta o algun ayuntamiento la obligatoriedad de un impuesto o aplicar el tipo correcto es tarea imposible.

Te quedan los tribunales. Como opinión personal, llevo para 4 años con un contencioso administrativo(que es la vía que tu tendrías que seguir) con 30.000€ en deposito judicial,en mi caso por plusvalias municipales, esperando que digan quien lleva la razón. Y siendo optimistas me temo que otros 3/4 años me trago esperando...

#6

Re: Liquidación complementaria del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por parte de la Junta de Andalucía

Hola:

hace casi 4 años compré una vivienda. Se hizo una división horizontal de una edificación constituyendo la planta baja (nivel -1) el 33% ya que era de mitad tamaño de la de arriba.
Pagué el 6,5% del impuesto de transmisiones patrimoniales pero hace unos días hacienda mandó una liquidación complementaria exigiendo el pago de una cantidad mucho superior ya que tasan la casa en casi 60.000€ más de lo que pagué por ella y ahora me reclaman con intereses de demora junto con la diferencia que según ellos falta del pago del impuesto.

Han cogido 6 casas vecinas (pero ni colindantes ni nada, a 3 km algunas ) que ni se compraron el mismo año, y aplicando coeficientes (homogeneización por antiguedad, por estado, por ubicación etc...) hacen la media del precio del metro cuadrado y multiplican ese precio por el tamaño de mi vivienda. Tengo que alegar y hay 2 puntos importantes que quisiera confirmar con alguien que entienda de este tema:

1) Han considerado la casa como Finca exterior sobre rasante, lo cual significa que está al nivel de la calle...pero la casa es la planta baja de una edificación, construida sobre una montaña y es la planta de arriba la que da directamente a la calle....mientras que para acceder a mi vivienda hay que bajar por un pasillo unos 10 metros y girar..y entonces se llega a la entrada de la casa que da al otro lado de la casa (justo el opuesto al de la calle del que la consideran FINCA SOBRE RASANTE), con lo cual
1) está bajo rasante,
2) no se si incluso se puede considerar finca interna ( ya que no da al exterior). NO ENTIENDO BIEN EL TÉRMINO DE FINCA INTERNA.....

En las escrituras de división horizontal hablan de dos niveles de una edificación (de una sola planta, esto es lo que me mosquea.....) y consideran mi vivienda como nivel -1.
¿Puedo con esto alegar que mi vivienda está bajo rasante y con esto que me recalculen el precio con el coeficiente 0,75, que es el que se aplica a ese tipo de fincas (en la valoración me han considerado 1,00 como finca SOBRE RASANTE).

2) Al estar la casa construida sobre montaña y en dos alturas, la planta de arriba es recta y la de abajo empieza a mitad de la de arriba ( media fachada) a partir de donde la montaña se lo permite....De los 61 m2 que figuran en escrituras, 10m2 forman parte de una galeria trasera, una especie de sótano en el subsuelo, que separa la pendiente de la montaña de la pared de la casa. Este pasillo-galeria tiene 1m de ancho y no hay posibilidad de tirar el muro y ampliar ya que está para ventilación, evitar humedades de la montaña etc....... tengo la tasación en la que aparece esta galeria como anexo y donde se ve claro que no hay acceso directo de la vivienda a la galeria ni de la galeria a la vivienda..... por tanto igual debieran considerar estos 10m2 como sótanos/trasteros y recalcular su valoración

¿Sabe alguien sobre este tema?

Saludos,