Importante cláusula suelo y discurso del Banco de España.
Recientemente un Juez de Sevilla de lo Mercantil sentenció que las cláusulas suelo eran nulas por abusivas, explicando que eran abusivas pues no se garantizaba el justo equilibrio de las contraprestaciones. Señalaba que el techo era inalcanzable en tanto que el suelo sólo beneficiaba sin lugar a dudas a la Banca.
Hay un principio que dice que no puedes ir en contra de tus propias afirmaciones. En los últimos meses la prensa y el Banco de España enfocan el tema de esta cláusula desde el punto de vista de la transparencia pero no desde la reciprocidad.
De la prensa nada debe asombrarnos, su sentido de la libertad de información está bien establecido: contra los Bancos nunca, hay que decir las cosas con sumo cuidado. Por suerte los jueces no juzgan según lo que dice la prensa, pero si pueden tener en cuenta lo que dice el Banco de España. Por esta razón, es tan importante divulgar el párrafo siguiente obtenido del Informe Memoria del Servicio de Reclamaciones del Banco de España de 2004, página 41, sobre FALTA DE TRANSPARENCIA EN LA INCLUSIÓN DE CLÁUSULAS LIMITATIVAS DEL TIPO DE INTERÉS, es decir, refiriéndose específicamente a la cláusula suelo, indicó que
“El Servicio considera que, dentro del régimen de libertad contractual y garantizando el justo equilibrio de las contraprestaciones, es admisible el establecimiento de cláusulas en las que se acuerde la limitación a la variabilidad de los tipos de interés, pero siempre que quede claramente acreditado que los clientes son conscientes del contenido de lo que están suscribiendo.”
Es importante que este párrafo sea transmitido a todas las asociaciones de defensa de los consumidores que están luchando en la vía judicial contra esta cláusula pues una de las argumentaciones estrellas de la Banca insensible es que han actuado conforme a los criterios del Banco de España. Tanto los Bancos como el propio Banco de España engañan conscientemente al respecto, los primeros porque se leen estos informes y el segundo porque los redacta. A confesión de parte, las pruebas no son necesarias.
Es obvio que no se garantiza el justo equilibrio de las contraprestaciones, por tanto, no hay contradicción entre el criterio del Banco de España sostenido en este informe que hoy esconde por intereses mezquinos que trata de justificar desde un interés público inexistente y la sentencia del juez de lo Mercantil.
Divulgar este párrafo, afectados, es la tarea del momento.