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Contratar o no seguro de impago - Alquiler de vivienda

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Contratar o no seguro de impago - Alquiler de vivienda
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Contratar o no seguro de impago - Alquiler de vivienda
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Contratar o no seguro de impago - Alquiler de vivienda

Tengo la duda de en que circunstancias es recomendable o no hace falta contratar un seguro de impago.

Si el inquilino es funcionario o jubilado (con pensión que no sea muy baja), no le veo sentido a hacer un seguro de impago con ese tipo de inquilino, porque no va a poder evitar el pago si se le denuncia y se gana el juicio por impago de alquiler.

Si tiene un contrato temporal, seria altamente recomendable hacer el seguro, pero me parece que con ese tipo de contrato ninguna aseguradora te da un seguro de impago de alquiler.

Si tiene un contrato indefinido, si pasa el filtro del seguro de impago. Y ahí esta mi duda. ¿en estos casos es altamente recomendable contratar el seguro? Yo creo que si, porque un contrato indefinido no le salva de que le puedan despedir, y por tanto, plantearse dejar de pagar el alquiler. 

¿Es acertado mi exposición? ¿se me ha olvidado algo? gracias.

Un familiar mío ha alquilado un piso. El inquilino tiene contrato temporal, pero su madre le avala ya que ella tiene contrato indefinido. Pues con eso este familiar me dice que no contrata ya seguro de impago, porque el avalista es la garantía. Yo le dije que el ser indefinido no suponía que ya no requiriera seguro de impago, sino que es la condición requerida para que las aseguradoras te hagan un seguro de impago.