Hola. Sí, normalmente se firma todo en una sola cita en la notaría, pero conviene llevarlo preparado antes. Lo habitual que pide el notario: DNI de todos los titulares, escritura de compra (o nota simple, que puede pedir la propia notaría), último recibo del IBI, certificado de la comunidad de propietarios de estar al corriente y, si uno compensa al otro, el justificante del medio de pago (transferencia o cheque bancario).
Lo importante es si queda hipoteca pendiente. La extinción de condominio no saca de la hipoteca al que se va: sigue siendo deudor hasta que el banco acepte liberarlo. Para eso, quien se queda la vivienda tiene que pasar un estudio de solvencia con sus ingresos solos, y el banco lo formaliza con una novación (o una hipoteca nueva) que se firma ese mismo día en la misma notaría. Pedídselo al banco con semanas de antelación, porque es lo que más tarda.
Sobre impuestos: suele tributar por Actos Jurídicos Documentados y no por ITP cuando la vivienda es indivisible y se adjudica a uno de los dos; el tipo depende de la comunidad autónoma. Que os lo confirme el notario con vuestros números.