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Cláusula indemnización contrato alquiler no valida - contrato de alquiler

5 respuestas
Cláusula indemnización contrato alquiler no valida - contrato de alquiler
Cláusula indemnización contrato alquiler no valida - contrato de alquiler
#1

Cláusula indemnización contrato alquiler no valida - contrato de alquiler

Buenos días,

Escribo por un problema en ámbito de arriendo de vivienda. Hemos ingresado en el piso con contrato de arriendo por un año prorrogable el día 9 de noviembre en Barcelona.

Los vecinos de arriba son un grupo numeroso de personas jóvenes muy ruidosas, el piso tiene volta catalana y entre la música alta electrónica que ponen a todas horas de día y noche y el hecho del continuo movimento con zapatos (siempre día y noche y corriendo por la escalera de su piso justo arriba de nuestra habitación ), ya pensamos marcharnos del piso.

El contrato lleva pero puesto que podemos desistir del ello pasado un año. De otra forma hay indemnización por los meses que falten al cumplimiento. Se que la LAU no permite periodos por desistir de más de 6 meses y me preguntaba si el hecho que la cláusula indique un año haga que esta sea nula y también la parte relativa a la indemnización. El contrato cita: 

“ Los Arrendatarios podrán desistir del mismo una vez transcurrido el primer AÑO de contrato, siempre con el preaviso de 1 MES. El desistimiento anticipado del periodo de 1 año conllevará indemnización por parte de los Arrendatarios de tantos meses como queden para llegar al periodo pactado de obligatorio cumplimiento.”

Mi idea, sería aguantar los meses que falten a la situación (ya hemos reclamado unas veces sin successo con los vecinos) y marcharnos.

Muchas gracias

Daniele
#2

Re: Cláusula indemnización contrato alquiler no valida - contrato de alquiler

A los seis meses puedes marcharte, tendrás que valorar que vale más estar seis meses en un infierno por no perder un mes, o largarte mañana.
Suerte

Método, disciplina y tiempo

#3

Re: Cláusula indemnización contrato alquiler no valida - contrato de alquiler

Buenos días Jtorres,

Antes que todo muchas gracias por contestar.

No tengo clara todavía una cosa, la LAU permite marcharse a los 6 meses pero en el contrato está puesto un año, tendría que pagarle todos los meses que falten para cumplir esos 6 meses en teoría no?

La cláusula del año no es válida, entonces?

Muchísimas gracias de nuevo
#4

Re: Cláusula indemnización contrato alquiler no valida - contrato de alquiler

La LAU establece un mes de penalización por cada año de contrato que no se cumpla. Si has firmado un año y te vas a los 6 meses incumples los 6 meses restantes, es decir, media mensualidad de penalización 
#5

Re: Cláusula indemnización contrato alquiler no valida - contrato de alquiler

Muchísimas gracias!
#6

Re: Cláusula indemnización contrato alquiler no valida - contrato de alquiler

Es un tema que lo he hablado con varia gente y estoy de acuerdo en lo que dices @frangon.  Hay un hilo que alguien preguntó del tema no hace mucho y le contesté con un par de enlaces por que hay gente del secor que me lo discutía.

Por buscarale algo más y si se oponen a los que marca la ley, añadiría que la manera en la que está redactada la claúsula en el contrato de este hilo saltándose lo que dice la LAU del máximo penalizado pidiendo en este caso, un mes, por mes no cumplido, pueda considerarse claúsula abusiva y quizás de esa manera anularla, por lo que una vez cubiertos los 6 meses que marca la ley y pasados esos, la penalización sería cero. Creeis que se podría anular? o el juez diría que entonces que es solo la parte proporcional? pero als costas serían a cargo del "casero", no? La LAU dice que se ha de parcar por las dos partes y dar fe en el contrato y que la penalización máxima que se podía exigir a los inquilinos es la equivalente a una mensualidad de renta por cada año del contrato que restase por cumplir, y para los períodos de tiempo inferiores al año, la parte proporcional de la indemnización y en este caso no está redactada según la LAU.

Yo probaría a la hora de negociar la penalización, si te dicen que no quieren rebajar a ese mes por año no cumplido que marca la ley y en tu caso, la parte proporcional de mes por año no cumplido, que sería lo máximo que te obligaría un juez en caso de juicio, te marcas este rollo...

Les dices que un abogado te ha dicho que esa claúsula un juez la daría como nula, ya que no sigue lo que marca la reforma de la LAU del 2013 y por lo tanto la penalización sería cero y se pediría su anulación por abusiva. Que en el caso de haberla redactado correctamente como dice la LAU en su reforma del 2013 solo se le podría exigir un máximo de un mes por año no cumplido o su parte proporcional, pero como no se ha hecho constar tal y como marca la LAU y se la han saltado, se podría pedir la anulación por abusiva... Y a partir de ahí es como el poker, ves que cara ponen, por donde salen y tu decides, ellos siempre tendrán la duda de si les vas a denunciar o no, así que has de jugar bien tus cartas, sabiendo que ellos tienen tu fianza y garantía. El preaviso envialo por email y pidiendo que contesten que lo han recibido y aceptando tus condiciones y si siguen a malas y no contestan o solo te llaman y te dicen que no y no aceptan lo que tu crees que es lo correcto, les envias un burofax detallas que dejas el piso en 30 dias y que no aceptas la penalización por abusiva y fuera de lo que marca la LAU. 

Ya nos cuentas como responden

No es más rico quien más tiene, sino quien menos necesita. Y tú, ¿qué necesitas?