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Dudas registrar piso o no pagado al contado - Registro de la propiedad

4 respuestas
Dudas registrar piso o no pagado al contado - Registro de la propiedad
Dudas registrar piso o no pagado al contado - Registro de la propiedad
#1

Dudas registrar piso o no pagado al contado - Registro de la propiedad

Buenos dias, estoy leyendo y veo que no es obligatorio el registro de la propiedad en España.    La vivienda es de nueva construccion pagada al contado y nos han llamado del notario que ya estan las escrituras ** 611Euros ** y que ahora debemos liquidar impuestos AJD que en mi comunidad Aragon es e l1.5% y despues ir al regristo de la propiedad.
La duda es si registrarlo o no pues ya tengo las escrituras y no llevo intencion de venderlo ni de presentarlo con ningun aval.
Tambien si lo registrara, cual seria el importe aprox. el valor de la vivienda nueva 195000+iva.
Gracias por vuestra ayuda, pues en estos lios soy bastante nuevo.
#2

Re: Dudas registrar piso o no pagado al contado - Registro de la propiedad

La inscripción registral de los derechos reales tiene, como bien dices, carácter rogado.

Pero la seguridad jurídica que proporciona el Registro es insuperable.

¿Qué pasaría si el titular registral actual vuelve a vender el inmueble?. Te quedarías sin vivienda y con un procedimiento judicial por delante  monstruoso.

Inscribe y que la minuta del registro sea moderada (no puedo calcularla).

Un saludo.
#3

Re: Dudas registrar piso o no pagado al contado - Registro de la propiedad

Efectivamente, el Registro de la Propiedad no es obligatorio, es voluntario. De todos modos es francamente recomendable. Es el trámite más barato en la adquisición de la vivienda y da la garantía jurídica de que el bien inscrito pertenece a su titular. En el caso que planteas, imagine que a la promotora que se la vendió la enbargan, la liquidan, etc... En Registro consta esa propiedad como de ella y el embargo le afectaría a la propiedad de usted, que inmediatamente tendría que iniciar una tercería de dominio en Juzgado, con los problemas que conlleva. Así que por menos de 300 € mejor tenerlo inscrito a su nombre. Y caso que le preocupe el pago al contado, no se preocupe, Hacienda ya lo tiene notificado por la Notaría, y el Registro hará lo mismo. El dinero metálico ha de ser justificado de donde viene y a donde va, y a través de qué medios. Espero haberle resuelto sus dudas.
#4

Re: Dudas registrar piso o no pagado al contado - Registro de la propiedad

Gracias por tan pronta respuesta, cuando paguemos los AJD iremos al registro de la propiedad.
¿ Pero esta seguro que no seran mas de 300E ** segun las tablas de porcentajes** yo calculo unos200e
pero igual se me escapa algun concepto que desconozco.

#5

Re: Dudas registrar piso o no pagado al contado - Registro de la propiedad

Hola de nuevo. Al arancel has de sumar como mínimo el asiento de presentación, el procedimiento telemático, el cumplimiento o no de la referencia catastral, las afecciones fiscales nuevas y las caducadas en su caso, la nota R.D. enviada a la notaría... en fin, otros conceptos que no son caros, pero al ser varios suben la factura, como el IVA.