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¿Vender si el otro heredero no quiere? - guia herencia

6 respuestas
¿Vender si el otro heredero no quiere? - guia herencia
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¿Vender si el otro heredero no quiere? - guia herencia
#1

¿Vender si el otro heredero no quiere? - guia herencia

Buenas noches. A ver si alguien me puede ayudar.

Mi esposa y yo residimos en Madrid. Ella tiene una hermana en Bilbao, donde han heredado al 50% un piso de sus padres que sólo genera gastos: luz, agua, IBI, seguro y tributación como segunda vivienda en el IRPF. 

Mi esposa quiere venderlo, pero su hermana no, ella prefiere alquilarlo, algo que no nos interesa porque además del mantenimiento, gastos de comunidad, derramas, seguro, etc., tendríamos que tributar por el 50% del alquiler en IRPF.

Por eso me gustaría saber cómo se actúa en estos casos. ¿Se contrata un abogado para que envíe a la hermana un burofax solicitado poner el piso en venta? ¿Se acude directamente al Juzgado para solicitar una subasta judicial?

#2

Re: ¿Vender si el otro heredero no quiere? - guia herencia

Lo primero es intentar un acuerdo para la venta, que es lo más recomendable dado que la ley reconoce el derecho de quien así lo requiera. Si no hay acuerdo, hay que acudir a los tribunales y saldrá a subasta.

El burofax y el abogado me parecen innecesarios.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: ¿Vender si el otro heredero no quiere? - guia herencia

Gracias por tu respuesta.

Cuando hablas de que "la Ley reconoce el derecho de quien así lo requiera", ¿te refieres a que si mi esposa desea vender el piso, y su hermana no quiere ni comprar su parte ni venderlo, la Ley ampara a mi esposa?

#4

Re: ¿Vender si el otro heredero no quiere? - guia herencia

Sí, eso es a lo que me refiero. Concretamente el Código Civil dice:

Artículo 400

Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común.

Artículo 401

Sin embargo de lo dispuesto en el artículo anterior, los copropietarios no podrán exigir la división de la cosa común, cuando de hacerla resulte inservible para el uso a que se destina.

Artículo 404

Cuando la cosa fuere esencialmente indivisible, y los condueños no convinieren en que se adjudique a uno de ellos indemnizando a los demás, se venderá y repartirá su precio.

Con lo cual, si el otro copropietario se niega en redondo, sólo cabe acudir a los Tribunales para ejercer el derecho.

 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: ¿Vender si el otro heredero no quiere? - guia herencia

Muchísimas gracias. Eres muy amable.

#7

Re: ¿Vender si el otro heredero no quiere? - guia herencia

 "Buenas tardes,  

    Es claro que si su esposa es cotitular de la propiedad heredada, tanto si es en el 50 % como en otro porcentaje, en indiviso, no tiene obligación de permanecer en dicha situación, y por supuesto la hermana de su esposa no puede alquilar la propiedad sin el consentimiento de su esposa-cotitular.  Su pregunta debe ser contestada de forma afirmativa, en cuanto que es necesario, antes de acudir al Juzgado, remitir de forma fehaciente un comunicado en el que su esposa exponga su deseo de poner fin a esa situación de indivisión (vendiendo a un tercero o accediendo al pleno dominio cualquiera de los titulares indemnizando ("comprando en términos coloquiales") a la otra parte o cotitular su derecho.  Si a ese requerimiento no se aviene y se ponen de acuerdo en la venta o final del indiviso, es entonces cuando se pide el auxilio judicial que no necesariamente acaba en subasta sino que la venta "forzosa" cabe dirigirla a través de una agente inmobiliario, p,ej, que se designe en vía judicial, que suele ser lo más seguro y rentable a las partes llegada esta situación; todo ello lógicamente haciendo un avalúo  (peritación del valor) del inmueble.

Quedamos a su disposición 

Cordialmente,"

#8

Re: ¿Vender si el otro heredero no quiere? - guia herencia

¿Quien se haría cargo de las costas, los dos o solo el que demanda?

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