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Ley 36/2003 y ley 26/1988 sobre contratos de cobertura hipotecaria y enlaces de interes

2 respuestas
Ley 36/2003 y ley 26/1988 sobre contratos de cobertura hipotecaria y enlaces de interes
Ley 36/2003 y ley 26/1988 sobre contratos de cobertura hipotecaria y enlaces de interes
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Ley 36/2003 y ley 26/1988 sobre contratos de cobertura hipotecaria y enlaces de interes

Ley 36/2003 Artículo decimonoveno. Instrumentos de cobertura del riesgo de tipo de interés de los préstamos hipotecarios.
1. Las entidades de crédito informarán a sus deudores hipotecarios con los que hayan suscrito préstamos a tipo de interés variable, sobre los instrumentos, productos o sistemas de cobertura del riesgo de incremento del tipo de interés que tengan disponibles. La contratación de la citada cobertura no supondrá la modificación del contrato de préstamo hipotecario original.
2. Las entidades a que se refiere el apartado anterior ofrecerán a quienes soliciten préstamos hipotecarios a tipo de interés variable al menos un instrumento, producto o sistema de cobertura del riesgo de incremento del tipo de interés. Las características de dicho instrumento, producto o sistema de cobertura se harán constar en las ofertas vinculantes y en los demás documentos informativos previstos en las normas de ordenación y disciplina relativas a la transparencia de préstamos hipotecarios, dictadas al amparo de lo previsto en el artículo 48.2 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, de Disciplina e Intervención de las Entidades de crédito .Lo dispuesto en este apartado será de aplicación a las ofertas vinculantes previstas en el artículo 2 de la Ley 2/1994, de 30 de marzo, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios.
3. Los instrumentos de cobertura del riesgo del tipo de interés a que se refiere este artículo tendrán el siguiente tratamiento en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:
1.o El coste de los citados instrumentos de cobertura se entenderá incluido en la base máxima de deducción a que se refiere el segundo párrafo del artículo
55.1.1.o a) de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias.
2.o Estará exenta la renta derivada de la aplicación de los citados instrumentos cuando cubran exclusivamente el riesgo de tipo de interés de un préstamo hipotecario destinado a la adquisición de la vivienda habitual
Resumen
(Nos tienen que haber presentado una oferta vinculante) que tenemos que haber firmado, no obstante ante un procedimiento de reclamación el banco de España deberá someter a su consideración los contratos así como los motivos de la entidad en base a su actuación; aspectos estos que solo pueden conocerse en el curso de un procedimiento de reclamación.
Ley 48.2 de 26/1988, de 29 de julio Disciplina e intervención de las entidades de crédito.
Os pongo los siguientes enlaces de interés. Ir a la pagina 48 de 2º informe trimestral.
http://www.bde.es/informes/be/reclama/docs/2TR2007.pdf
Como hacer una reclamación.
1. Servicio de atención al cliente de la entidad o en su caso defensor del cliente. Toda la documentación fotocopiada y enviada con acuse de recibo. Tienen un plazo máximo de dos meses, si no es satisfactoria debemos presentar la misma documentación al banco de España en lace
a) . http://www.bde.es/servicio/reclama/reclama.htm : información general sobre el Servicio de Reclamaciones del Banco de España.
Sobre los criterios de los escritos están claros, pagina 48. De 2º informe trimestral del banco de España
Espero que esta información os sirva de ayuda, en mi escrito me basare en ella

#2

Re: Ley 36/2003 y ley 26/1988 sobre contratos de dobertura hipotecaria y enlaces de interes

No dudo de la bondad de esta ley, pero apostaría a que no se hizo pensando precisamente en los bancos y cajas “colocasen” swaps a cualquiera con una barrera que solo favorece al banco o caja, estoy pensando en permutas financieras de pongamos un 5% con barrera desactivante al 5,25% de manera que el cliente solo tiene posibilidades de salir beneficiado si los tipos están en esta banda, lo cual es mucho suponer con crisis, sin ella, con economía en crecimiento o no, vamos que tanto si están por arriba, como si están por abajo el que “palma” es el cliente, (a excepción del tipo marcado hasta la barrera) y de ejemplos en estos derivados que tienen una escandalosa falta de equidad para las partes, todos los queramos y más …….

#3

Re: Ley 36/2003 y ley 26/1988 sobre contratos de dobertura hipotecaria y enlaces de interes

No tengo mas remedio que creer en la Ley y la ley esta clara, en este caso en el art. 48.2 de la ley 26/1988 de 29 de julio de disciplina e intervención de las entidades bancarias que ante un caso de reclamación las entidades financieras deben estar en condiciones de acreditar que, con anterioridad a la formalización de la operación, se ha facilitado al cliente documento informativo sobre el instrumento de cobertura ofrecido en el que se indiquen sus características principales sin omisiones significativas, considerándose en caso contrario que su actuación seria contraria a los principios de claridad y trasparencia que inspiran las buenas practicas bancarias.
La mayoría de nosotros estamos catalogados como minoristas lo cual no tenemos capacidad para solicitar dicha contratación (mirar vuestro contrato) de este tipo de productos sin haber recibido una información previa por parte del intermediario. Es decir, nosotros como minoristas no tenemos capacidad de demandarlo. La directiva 2004/39CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, 21 de abril de 2004 , relativa a los mercados de instrumento finacieros (MIFID) prevé que en el articulo 19 que las empresas de inversión (entre ellas incluye la entidades de crédito) están obligadas a solicitar al cliente conocimientos y experiencia de inversión correspondiente al producto solicitado ¿Es nuestro caso? En este enlace explica lo complejo de MIFID www.citi.com/spain/consumer/spanish/tarifas/mifid/mifid.pdf
Por ultimo ante un proceso de reclamación primero nuestra entidad, en caso negativo el Banco de España. Aconsejo la reclamación por un profesional