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Gran duda IRPF: devolución dinero entregado adquisición vivienda

4 respuestas
Gran duda IRPF: devolución dinero entregado adquisición vivienda
Gran duda IRPF: devolución dinero entregado adquisición vivienda
#1

Gran duda IRPF: devolución dinero entregado adquisición vivienda

Hola a todos,

Os pido, por favor, ayuda técnica puesto que no sé cómo ni dónde reflejar en la declaración lo que explico a continuación. He consultado a diferentes personas y la mayoría dudan o tienen respuestas contradictorias, así que he pensado en los expertos que por aquí andáis...

A lo largo del 2005 entregué unas cantidades a una promotora para reservar una vivienda, cuyo contrato de compra-venta firmaría, en principio, en ese año. En el IRPF del 2005 me desgravé por ello. Las cosas se fueron retrasando y hasta finales de 2006/principios de 2007 no dieron señales de vida.

Entonces me presentaron un contrato de compraventa lleno de cláusulas abusivas que solicité que eliminaran antes de firmar (por burofax, recomendada por un abogado). Ellos, nada interesados en cambiar el contrato, respondieron ingresándome el dinero que había entregado junto con los intereses devengados durante ese tiempo. Entiendo que con eso tengo pruebas de que no me retracté de la compra (lo cual es vital porque parte del dinero provenía de una cuenta vivienda por la que me había desgravado, y me había desgravado también por el extra aportado).

En el 2007 invertí ese dinero en la compra de otra vivienda que ya es mi vivienda habitual.

La gran pregunta es cómo he de consignar esto en la declaración:
- Entiendo que he obtenido una ganancia patrimonial por los intereses que me pagaron sobre el dinero que entregué
- Entiendo que no procede hablar de reinversión en vivienda habitual puesto que no llegó a ser mi vivienda (de hecho, aún no está construida)

Pero no tengo ni idea de cómo ni en qué apartados/casillas he de consignarlo. Como viables veo:
- 312 (ganancia patrimonial que no deriva de la transmisión de elementos patrimoniales)
- 360 (transmisiones de otros bienes y derechos, o que no deriven de una transmisión)
Y aquí la clave a indicar es otra gran incógnita: 3 (bienes inmuebles y derechos reales sobre los mismos), 4 (drechos personales sobre bienes inmuebles) o 7 (demás bienes y derechos).

También entiendo que los gastos de burofax y abogado en los que incurrí serían gastos a restar a la ganancia. Tengo el CIF de a promotora y del abogado (los cuales no sé si se podrán o deberán incluir).

Cualquier ayuda/opinión será bienvenida. Muchas gracias de cualquier forma y perdón por el tostón que me ha quedado.

Un saludo.

#2

Re: Gran duda IRPF: devolución dinero entregado adquisición vivienda

Difícil respuesta. Más que nada porque es de las que nunca gusta dar.

Y es que la Administración entiende que al obtener la devolución de las cantidades aportadas y además provenir de una cuenta vivienda, primero debes devolver las deducciones practicadas por la cuenta vivienda, más los intereses y luego las practicadas por las entregas al promotor que devuelve el dinero más los intereses.

Ni tan siquiera me atrevo a justificarlo, pero aquí tienes una consulta vinculante al respecto:

http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=9832&Consulta=%28devolucion%29+%2EY+%28%28construccion%29+%2EY+%28vivienda+habitual%29%29&Pos=15

Por la vivienda adquirida sí puedes practicar deducción.

Efectivamente los intereses cobrados son una ganancia, entiendo que la casilla apropiada es la 312. Para la devolución de las deducciones tienes las casillas 714 y 715.

Siento la respuesta, quizás algún otro forero tenga alguna otra opinión.

Saludos.

#3

Re: Gran duda IRPF: devolución dinero entregado adquisición vivi

Muchas gracias por tu respuesta, cuyo contenido es el que llevo tiempo temiéndome...

No sé si estas cosas son opinables, pero el caso es que el asesor fiscal que trabajaba con el abogado al que recurrí en su día, me comentó, a grandes rasgos, lo siguiente:

- Que la promesa de invertir el dinero de la cuenta vivienda en una vivienda estaba debidamente cumplido al meterlo en la compra de una vivienda

- Que el hecho de que no fuese yo quien se echara para atrás ante la firma del contrato de compra-venta, sino la constructora-promotora, está justificado documentalmente mediante el burofax que me redactaron en el que solicitaban la eliminación de todas las cláusulas abusivas y añadían explícitamente el interés por mi parte en firmar. Al parecer, ese detalle es fundamental (y en esto difiere de la consulta a la que haces referencia en tu respuesta)

- Que en el IRPF reflejara los intereses que me pagaron como ganancia patrimonial vinculada a la transmisión de un derecho real sobre un bien inmueble, descontando los gastos en los que incurrí, y que la ganancia tributaría al 18%

Haciéndolo así, casillas 630 en adelante, resulta que al actualizar el dinero que entregué con el IPC se trata de una pérdida patrimonial (que como no tengo nada con qué compensar, no afecta para nada al resultado de mi declaración)

La verdad es que de una interpretación (la tuya, que es la que yo hubiera hecho sin ser experta en estas cosas) a la otra, la diferencia económica es bestial... De ser un palo en toda regla, pasa a no afectarme en nada.

Mi intención es hacer las cosas correctamente, pero me inquieta pensar que pueda haber tanta diferencia entre una opinión y otra, y me alucina que la ley pueda ser tan inflexible...

Gracias de nuevo, y a ver por dónde tiro...

Si alguien más tiene opinión al respecto, aunque difiera de las expuestas, estaré encantada de leerla.

Un saludo.

#4

Re: Gran duda IRPF: devolución dinero entregado adquisición vivi

Lo que te ha explicado al.rodrigo es totalmente correcto, asi es. lo siento por ti, ya se que es un palo pero asi esta la ley del IRPF en cuanto a viviendas ,ganancias patrimoniales, y perdida de las deducciones anteriores.

yo he tenido que devolver lo deducido en los ultimos cuatro años puesto en una cuenta vivienda, con sus intereses correspondientes, pues al final no compre el piso.
un saludo

#5

Re: Gran duda IRPF: devolución dinero entregado adquisición vivi

Gracias por responder, aunque no sean buenas noticias...

Menudo palo...

Un saludo.