Re: ¿Cuando devolver los importes de la cuenta vivienda? - cuenta vivienda
Menudo lio… Mi cuenta vivienda es del 19/01/2009, ya pasaron 4 años, ya que no adquirí ninguna vivienda ¿Tengo que devolver el dinero este año en la declaración del 2012 o en la del año que viene? ¿Si lo devuelvo este año como cancelaron la cuenta vivienda tengo que devolver también los intereses?
Re: ¿Cuando devolver los importes de la cuenta vivienda? - cuenta vivienda
Por lo que he entendido cuanto mas tarde entreges la declaracion mas intereses te cobran. Independientemente de como pongas para pagar?, me explico, si lo fraccionas y pides que te cobren por domiciliación bancaria, la fecha de domiciliacion segun tengo entendido es del 1 de Julio, para el primer plazo, si la entrego el primer dia de la declaración entonces, aunque me lo cobren el día 1 de Julio, los intereses solo se aplicaran hasta el dia que entrege la declaración?
¿Es asi? o estoy equivocado
Re: ¿Cuando devolver los importes de la cuenta vivienda? - cuenta vivienda
Hola, hay q devolver todas las cuentas viviendas q se crearon antes del 31 de diciembre de 2008. La mia fue creada el 30 de dic de 2008 asi q me toca devolver tb los malditos intereses. Lo q no estoy segura es donde meterlo. He descargado el programa padre (pues es la unica forma de declararlo) y he puesto la parte estatal y la parte autonomica (50% en cada una) de cada ano, pero no debe estar bien porque solo me salen a pagar 900€. Alguien lo ha hecho y sabe como hay q hacerlo? Agradeceria respuesta rapida, pues cuanto mas tiempo tarde en presentar la maldita declracion mas intereses tendre q pagar...
Re: ¿Cuando devolver los importes de la cuenta vivienda? - cuenta vivienda
Esto prácticamente en tu situación, y he seguido las indicaciones de esta página, igual te sirve.
http://www.ahorrocapital.com/2013/04/como-devolver-deduccion-cuenta-vivienda.html
Saludos
Re: ¿Cuando devolver los importes de la cuenta vivienda? - cuenta vivienda
Gracias! Esta mañana llame a Hacienda y despues de estar al tlfno un buen rato m explicaron lo q viene en este articulo q me has dicho, lo q no entiendo muy bien es esto:
"Los intereses se cuentan desde el último día de la campaña de la renta del año que se genera la devolución, hasta el último día de la campaña de la Renta 2013"
Entonces en la casilla de calculo de intereses de demora en fecha inicial ponemos 30 Junio de 2009, 2010, 2011, 2012 y en fecha final ponemos 2 Julio 2013? Con esto creo q ya me queda claro...
Un saludo!