Fiscalidad de las permutas inmobiliarias
Me gustaría saber como tributaría la permuta de un solar que tengo en propiedad por pisos. El solar lo tengo hace poco tiempo.
Muchas Gracias
Me gustaría saber como tributaría la permuta de un solar que tengo en propiedad por pisos. El solar lo tengo hace poco tiempo.
Muchas Gracias
Coño, ya empiezan otra vez las permutas y las aportaciones. En las épocas buenas nadie permuta ni da nada en aportación, todo el mundo quiere dinero contante y sonante y los promotores y constructores no tienen más remedio que pagar cash. En las épocas malas, que se vende mal, quien tiene un solar lo da en permuta o aportación, y eso, si alguien se lo coge, pues el problema para el promotor vendrá a la hora de vender las viviendas construidas.
La permuta es una venta más una compra. La tributación es igual que estas dos operaciones. Y supongo que no actúas como empresario para responderte.
Por la venta del solar tendrás que tributar una ganancia o una pérdida patrimonial en IRPF. Ésta variación estará determinada por la diferencia entre el valor de venta (que es el valor de mercado de las viviendas recibidas) y el valor de compra del solar. Tributa en la base del ahorro al 18%. Y puedes declararlo en el ejercicio en el que recibas las viviendas.
Por la compra de las viviendas tributarás IVA (7% si alguna de las viviendas la utilizas como habitual y 16% por el resto) y Actos Jurídicos Documentados.