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Necesito ayuda: fiscalidad en fondos indexados

9 respuestas
Necesito ayuda: fiscalidad en fondos indexados
Necesito ayuda: fiscalidad en fondos indexados
#1

Necesito ayuda: fiscalidad en fondos indexados

Hola, alguien me puede echar una mano? Quiero liquidar unos fondos indexados que tengo, pero no sé muy bien cómo es el tema a la hora de pagar los impuestos. No estoy obligado a hacer declaración de la renta, así que ¿cuándo tengo que pagar ese 20% por los beneficios? Se me retiene automáticamente en el momento de vender los fondos o tengo que hacer algo más? Mucha gracias a todos.
#2

Re: Necesito ayuda: fiscalidad en fondos indexados

¿Quién está obligado a presentar declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas?

B.-
Rendimientos íntegros del capital mobiliario (dividendos de acciones, intereses de cuentas...) y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta (por transmisiones de bienes, de acciones y fondos de inversión, ciertos premios...), con el límite conjunto de1.600 € anuales. Se excluyen de este límite las ganancias patrimoniales de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva en las que la base de retención no proceda determinarla por la cuantía a integrar en la base imponible.

La información completa aquí.

#3

Re: Necesito ayuda: fiscalidad en fondos indexados

La retencion del impuesto te la practicara la entidad que comercializa el fondo al liquidar la venta, pero el hecho de realizar esta operacion te obliga a presentar declaracion de renta, lo que no significa que salga a pagar, incluso podria salir a devolver.

#5

Re: Necesito ayuda: fiscalidad en fondos indexados

O sea, aunque tuviese un solo euro de beneficios ya tendría que hacer declaración obligatoriamente? Pensaba que existían unos mínimos a partir de los cuales se convertía en obligatoria hacerla.

Gracias por tu respuesta!
#6

Re: Necesito ayuda: fiscalidad en fondos indexados

Es verdad que la redacción del folleto es un poco confusa, pero sólo tienes la obligación de presentarla si tus rendimientos del capital mobiliario y/o de ganancias patrimoniales superan conjuntamente los 1600 euros brutos anuales.

En todo caso, Hacienda tendrá los datos de tus rendimientos y retenciones y, cuando entres a comprobar el borrador, si no tienes la obligación de presentarla te lo advertirá de entrada y posteriormente cuando intentes presentarla si te interesa.
#7

Re: Necesito ayuda: fiscalidad en fondos indexados

A ver si lo he entendido: en lo que respecta a las rentas del ahorro, no estoy obligado a hacer declaración hasta los 1600. Sin embargo, quedan exceptuados de esto, entre otros, los fondos. Es así?

Muchas gracias por atender mi pregunta!
#8

Re: Necesito ayuda: fiscalidad en fondos indexados

O sea, que en mi caso particular (donde pretendo reembolsar unos fondos indexados con unos beneficios que no llegan a esos límites, no tendría que presentar declaración? O si?
#9

Re: Necesito ayuda: fiscalidad en fondos indexados

No, es el límite conjunto “y/o” es decir, si superas los 1.600 € de rendimiento bruto por cualquiera de los conceptos o por la suma de ambos.

#10

Re: Necesito ayuda: fiscalidad en fondos indexados

Perfecto, mil gracias!
#11

Re: Necesito ayuda: fiscalidad en fondos indexados

Eso es, en todo caso, cuando consultes el borrador te debería advertirte si no tienes obligación de presentarla.

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