No tiene ninguna incidencia en la declaración, pero la Agencia Tributaria si que es conocedora de ese dato.
La Orden EHA/3514/2009, de 29 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 181 de declaración informativa. Dice en su artículo 3. (ver el punto 2).
Artículo 3. Obligados a presentar el modelo 181.
Deberán presentar la declaración informativa de préstamos y créditos, y operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles, modelo 181:
1. Las entidades de crédito y las demás entidades que, de acuerdo con la normativa vigente, se dediquen al tráfico bancario o crediticio.
2. Las entidades que concedan o intermedien en la concesión de préstamos, ya sean hipotecarios o de otro tipo, o intervengan en cualquier otra forma de financiación de la adquisición de un bien inmueble o de un derecho real sobre un bien inmueble.
Con lo que parece que las entidades de crédito, están obligadas a informar tanto de préstamos hipotecarios como otros.
Saludos.