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IRPF 2025 mínimo por descendientes
Hola, a ver si me podéis ayudar, ésta es la situación:
Madre con ingresos inferiores a 8000€ que convive con su dos hijos menores de 3 años junto con los abuelos maternos. En cuanto al padre de los niños (no existe vínculo matrimonial entre los progenitores) no convive con sus hijos, pero al otorgar cantidades mensuales para el sostenimiento de esos hijos respaldadas documentalmente mediante transferencias bancarias (no existe sentencia ni convenio regulador), se asimila a la convivencia, la dependencia económica y por tanto se aplica el 50% del mínimo por descendientes.
La madre haría declaración conjunta con sus dos hijos y aplicaría el restante 50% del mínimo por descendientes, puesto que convive con ellos.
Decir también que la madre está percibiendo el IMV y que por lo tanto, y según la normativa, todos los miembros de la unidad económica de convivencia, a saber: la madre, los dos niños, el abuelo y la abuela materna, están obligados a realizar la Declaración por IRPF.
Problema con el abuelo: que por la cuantía de sus ingresos no estaría obligado a declarar, pero al estar integrado en la Unidad de Convivencia del IMV, debe hacerlo, de tal forma que le sale a pagar. Y con el objetivo de que no le salga a pagar mi pregunta es la siguiente: ¿Puede el abuelo materno aplicarse el 50% del mínimo por descendientes en lugar de hacerlo su hija?; estamos hablando de que ese mínimo por descendientes sería aplicado por:
1.- 50% por parte del padre que aunque no convive con los hijos, si cumple los requisitos de dependencia económica.
2.- 50% por el abuelo materno, porque convive con sus nietos, además su hija no percibe más de 8000€; tal que así, la hija en su declaración conjunta con sus hijos, no aplicaría mínimo por descendientes.
Es una situación compleja.
Gracias y un saludo.
Madre con ingresos inferiores a 8000€ que convive con su dos hijos menores de 3 años junto con los abuelos maternos. En cuanto al padre de los niños (no existe vínculo matrimonial entre los progenitores) no convive con sus hijos, pero al otorgar cantidades mensuales para el sostenimiento de esos hijos respaldadas documentalmente mediante transferencias bancarias (no existe sentencia ni convenio regulador), se asimila a la convivencia, la dependencia económica y por tanto se aplica el 50% del mínimo por descendientes.
La madre haría declaración conjunta con sus dos hijos y aplicaría el restante 50% del mínimo por descendientes, puesto que convive con ellos.
Decir también que la madre está percibiendo el IMV y que por lo tanto, y según la normativa, todos los miembros de la unidad económica de convivencia, a saber: la madre, los dos niños, el abuelo y la abuela materna, están obligados a realizar la Declaración por IRPF.
Problema con el abuelo: que por la cuantía de sus ingresos no estaría obligado a declarar, pero al estar integrado en la Unidad de Convivencia del IMV, debe hacerlo, de tal forma que le sale a pagar. Y con el objetivo de que no le salga a pagar mi pregunta es la siguiente: ¿Puede el abuelo materno aplicarse el 50% del mínimo por descendientes en lugar de hacerlo su hija?; estamos hablando de que ese mínimo por descendientes sería aplicado por:
1.- 50% por parte del padre que aunque no convive con los hijos, si cumple los requisitos de dependencia económica.
2.- 50% por el abuelo materno, porque convive con sus nietos, además su hija no percibe más de 8000€; tal que así, la hija en su declaración conjunta con sus hijos, no aplicaría mínimo por descendientes.
Es una situación compleja.
Gracias y un saludo.