#1
Bienes Inmuebles - Patrimonio
Hola,
Con respecto al impuesto sobre el patrimonio, tengo las siguientes dudas:
Con respecto al impuesto sobre el patrimonio, tengo las siguientes dudas:
- A la hora de calcular el patrimonio bruto, en lo relativo a bienes inmuebles (vivienda, aparcamientos, trasteros, etc.), se indica que el valor a introducir por cada bien inmueble debe ser el mayor de los siguientes valores:
- El valor catastral consignado en el recibo correspondiente a 2025 del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
- El valor determinado o comprobado por la Administración a efectos de otros tributos, como, por ejemplo, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados o el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
- El precio, contraprestación o valor de adquisición.
Dos casos, para una vivienda adquirida en el 1975 y otra en 2005, entiendo que "el valor determinado o comprobado por la Administración a efectos de otros tributos" es el valor que figura en "Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados", más concretamente el "Valor total declarado del bien". Por otro lado "El precio, contraprestación o valor de adquisición" es el precio de compraventa del bien que figura en la escritura de compraventa sumándole los “gastos y tributos inherentes a la transmisión” que hubieren sido satisfechos por el adquirente, es decir gastos de notaría y registro, impuesto sobre sucesiones y donaciones, el impuesto sobre el valor añadido (IVA) o el impuesto sobre transmisiones patrimoniales onerosas y actos jurídicos documentados, ¿cierto?
Nota: para bienes inmuebles adquiridos a partir del 1 de enero de 2022, el valor del segundo punto, es decir, "El valor determinado o comprobado por la Administración a efectos de otros tributos, como, por ejemplo, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados o el Impuesto de Sucesiones y Donaciones." que se debe coger es el "Valor de Referencia" que figura en la Base de Datos del Catastro, siendo diferente al "Valor Catastral", ¿cierto?
Muchas gracias