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Familia Acogida - Declaración de la Renta

5 respuestas
Familia Acogida - Declaración de la Renta
Familia Acogida - Declaración de la Renta
#1

Familia Acogida - Declaración de la Renta

Hola a todos, somos familia de acogida de urgencia en Andalucía y desde diciembre tenemos a un bebé en casa, me gustaría saber si tengo que añadirlo a mi declaración, el bebé al ser de acogida de urgencia no está empadronado con nosotros pero si convive en mi casa desde diciembre 2025. Me pueden ayudar si puedo o no añadirlo?? Muchas gracias.
#2

Re: Familia Acogida - Declaración de la Renta

se asimila a un descendiente, lo importante es que tengas un documento  (resolución) oficial que acredite la situación.  Y se considera que "menor de 3 años" se computa desde la resolución oficial (no la fecha de nacimiento real).
Por tanto, puedes incluirlo como descendiente menor de 3 años, y aplicar los mínimos/deducciones estatales y autonómicas que correspondan.


https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ciudadanos-familias-personas-discapacidad/minimo-personal-familiar/minimo-descendientes.html

Mínimo por descendientes
Quiénes son descendientes a efectos de aplicar el mínimo y qué requisitos deben cumplir
Son descendientes o se asimilan a éstos a efectos del mínimo:

  • Los acogidos según la legislación civil.

Descendientes menores de tres años

Cuando el descendiente sea menor de tres años, el mínimo anterior se aumentará en 2.800 euros anuales.

En los supuestos de adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente, dicho aumento se producirá, con independencia de la edad del menor, en el período impositivo en que se inscriba en el Registro Civil y en los dos siguientes. Cuando la inscripción no sea necesaria, el aumento se podrá practicar en el período impositivo en que se produzca la resolución judicial o administrativa correspondiente y en los dos siguientes.

#3

Re: Familia Acogida - Declaración de la Renta

Eso sí, ojo: no forma parte de tu unidad familiar, así que no puedes hacer tributación conjunta con él.
#4

Re: Familia Acogida - Declaración de la Renta

Pero ahi mi duda, NO ES ACOGIDA PERMANENTE, en permanente si se empadronan , en mi caso al ser de urgencia no está empadronado. Y en la casilla pone acogida permanente… nose si es porque solo aceptan esa modalidad…. 
#5

Re: Familia Acogida - Declaración de la Renta

personas vinculadas al contribuyente por razón de tutela y acogimiento, en los términos previstos en la legislación civil aplicable o, fuera de los casos anteriores, a quienes tengan atribuida por resolución judicial su guarda y custodia

Los términos previstos…. Cuáles son??? No especifican tipo de acogimiento. 
Estoy muy dudosa con eso
#6

Re: Familia Acogida - Declaración de la Renta

El acogimiento urgente y el temporal están recogidos en el código civil, y por tanto aplica la asimilación a descendientes ;lee está consulta vinculante de la dirección general de tributos:
https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V1060-23