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Que le pertenece a mi hermano de legitima?? - Herencia

9 respuestas
Que le pertenece a mi hermano de legitima?? - Herencia
Que le pertenece a mi hermano de legitima?? - Herencia
#1

Que le pertenece a mi hermano de legitima?? - Herencia

Buenas tardes . Somos dos hermanos, mi madre  en el testamento tiene puesto  un piso a nombre mío y otro a nombre de mi hermano, mi padre solo puede vivir en éllos ( usufructo , creo que se llama) ya que las viviendas son propiedad de mi madre. Hace tres años mi madre vendió el piso que estaba a nombre de mi hermano y no le dio nada , mi madre ha gastado el dinero de la venta del piso.. Y el testamento no lo ha modificado.  Que ocurre ahora?? Supongo que el piso que esta puesto a mi nombre, será para mi . Tiene unos 10.000 € en el banco .En el testamento pone que los demás bienes al 50% . Que le corresponde a mi hermano?? Es por hacerme una idea de lo que tengo que darle en un futuro.
#2

Re: Que le pertenece a mi hermano de legitima?? - Herencia

hablad con vuestra madre y que modifique el testamento, no puede dejar algo que ya no tiene a nadie
#3

Re: Que le pertenece a mi hermano de legitima?? - Herencia

si decide seguir dejándo el piso que le queda sólo a tu, debería compensar a tu hermano con otros bienes
#4

Re: Que le pertenece a mi hermano de legitima?? - Herencia

Según la AI

Voy a explicártelo paso a paso, con criterios jurídicos reales (Derecho civil sucesorio español) y teniendo en cuenta lo que dices del testamento, para que tengas una idea clara de qué puede corresponder a cada uno. Aun así, te adelanto que esto no se resuelve solo con impuestos, sino con herencia y legítimas, y conviene confirmarlo ante notario o abogado.



1️⃣ Situación jurídica actual (muy importante)

🔹 Propiedad de los pisos

  • Los pisos son de tu madre, no tuyos ni de tu hermano todavía.
  • Que en el testamento diga “un piso para cada hijo” no significa que ya sean vuestros, sino que es una disposición futura que solo produce efectos al fallecer ella.
  • El usufructo de tu padre implica que:

    • Él puede vivir en ellos o usarlos.
    • La nuda propiedad sigue siendo de tu madre mientras viva.

👉 Por tanto, tu madre podía vender perfectamente el piso, aunque en el testamento estuviera asignado a tu hermano.



2️⃣ Venta del piso “asignado” a tu hermano


Esto es clave:

  • Al vender el piso, esa disposición del testamento queda sin efecto, porque:

    • No se puede heredar un bien que ya no existe.
  • El dinero obtenido por la venta:

    • Es de tu madre.
    • Puede gastarlo libremente.
    • No tiene obligación legal de entregárselo a tu hermano en vida, salvo que hubiera una donación formal (que no parece el caso).

📌 No hay derecho automático de tu hermano a ese piso ni a su valor, mientras tu madre viva.



3️⃣ ¿Qué ocurre cuando fallezca tu madre?


Aquí entramos en la herencia real.

🔹 Bienes que formarán la herencia (según dices):

  • 🏠 Un piso (el que sigue existiendo).
  • 💰 10.000 € en el banco.
  • ❌ El otro piso ya no forma parte de la herencia.


4️⃣ Legítima de los hijos (muy importante)


En Derecho civil común (la mayoría de España):

  • Los hijos no pueden ser desheredados libremente.
  • Les corresponde, como mínimo:

    • 2/3 del patrimonio → legítima.
    • De esos, 1/3 es estrictamente igual para todos los hijos.

Con dos hermanos:

  • Cada uno tiene derecho como mínimo al 1/3 del total del patrimonio.


5️⃣ Aplicando esto a tu caso (estimación orientativa)

🔹 Valor aproximado de la herencia


(Suponiendo cifras orientativas, solo para entender el reparto)

  • Piso: por ejemplo 150.000 €
  • Dinero: 10.000 €
    ➡️ Total herencia: 160.000 €

🔹 Mínimo que le corresponde a tu hermano

  • 1/3 de 160.000 € ≈ 53.000 €

Si el testamento te deja todo el piso a ti, pero con cláusula de “resto de bienes al 50%”:

  • Tu hermano no pierde su legítima
  • Puede exigir:

    • Dinero
    • O compensación económica si tú te quedas el piso

👉 No es automático que tengas que “darle la mitad del piso”, pero sí compensarle económicamente si se vulnera su legítima.



6️⃣ Resumen claro y directo


✔️ El piso que sigue existiendo puede corresponderte a ti, según el testamento
✔️ Tu madre podía vender el otro piso sin dar nada a tu hermano
❗ Pero tu hermano tendrá derecho mínimo a su legítima cuando fallezca tu madre
✔️ Lo que tendrás que “darle” dependerá del valor total de la herencia en ese momento

👉 No se hereda lo prometido, se hereda lo que existe.



7️⃣ Fiscalidad (cuando llegue el momento)


Cuando se produzca el fallecimiento:

  • Ambos tendréis que presentar:

    • Impuesto sobre Sucesiones
  • Ante la Agencia Tributaria autonómica correspondiente.


🔔 Recomendación final (muy importante)


Antes de “hacer números” o pensar en pagar nada:

  • Lleva el testamento a un notario
  • Pide un cálculo de legítimas
  • Así evitas conflictos y pagos indebidos

Si quieres, en el siguiente mensaje puedo:

  • Calcularlo con cifras reales
  • Explicarte qué pasaría si tu padre sigue vivo
  • O aclararte cómo se compensa la legítima sin vender el piso
#5

Re: Que le pertenece a mi hermano de legitima?? - Herencia

Me lo puedes calcular,  el piso ahora mismo tiene  Herencia
Responder
Elena Barragán#1 02/02/26 17:26Buenas tardes . Somos dos hermanos, mi madre  en el testamento tiene puesto  un piso a nombre mío y otro a nombre de mi hermano, mi padre solo puede vivir en éllos ( usufructo , creo que se llama) ya que las viviendas son propiedad de mi madre. Hace tres años mi madre vendió el piso que estaba a nombre de mi hermano y no le dio nada , mi madre ha gastado el dinero de la venta del piso.. Y el testamento no lo ha modificado.  Que ocurre ahora?? Supongo que el piso que esta puesto a mi nombre, será para mi . Tiene unos 10.000 € en el banco .En el testamento pone que los demás bienes al 50% . Que le corresponde a mi hermano?? Es por hacerme una idea de lo que tengo que darle en un futuro.Responder


mivisaSeguir#2 02/02/26 17:31Ver mensaje de Elena Barragán hablad con vuestra madre y que modifique el testamento, no puede dejar algo que ya no tiene a nadieResponder

mivisaSeguir#3 02/02/26 17:36Ver mensaje de mivisa si decide seguir dejándo el piso que le queda sólo a tu, debería compensar a tu hermano con otros bienesResponder

mivisaSeguir#4 02/02/26 17:36Según la AI

Voy a explicártelo paso a paso, con criterios jurídicos reales (Derecho civil sucesorio español) y teniendo en cuenta lo que dices del testamento, para que tengas una idea clara de qué puede corresponder a cada uno. Aun así, te adelanto que esto no se resuelve solo con impuestos, sino con herencia y legítimas, y conviene confirmarlo ante notario o abogado.

1️⃣ Situación jurídica actual (muy importante)


🔹 Propiedad de los pisos

  • Los pisos son de tu madre, no tuyos ni de tu hermano todavía.
  • Que en el testamento diga “un piso para cada hijo” no significa que ya sean vuestros, sino que es una disposición futura que solo produce efectos al fallecer ella.
  • El usufructo de tu padre implica que:

    • Él puede vivir en ellos o usarlos.
    • La nuda propiedad sigue siendo de tu madre mientras viva.

👉 Por tanto, tu madre podía vender perfectamente el piso, aunque en el testamento estuviera asignado a tu hermano.



2️⃣ Venta del piso “asignado” a tu hermano


Esto es clave:

  • Al vender el piso, esa disposición del testamento queda sin efecto, porque:

    • No se puede heredar un bien que ya no existe.
  • El dinero obtenido por la venta:

    • Es de tu madre.
    • Puede gastarlo libremente.
    • No tiene obligación legal de entregárselo a tu hermano en vida, salvo que hubiera una donación formal (que no parece el caso).

📌 No hay derecho automático de tu hermano a ese piso ni a su valor, mientras tu madre viva.



3️⃣ ¿Qué ocurre cuando fallezca tu madre?


Aquí entramos en la herencia real.

🔹 Bienes que formarán la herencia (según dices):

  • 🏠 Un piso (el que sigue existiendo).
  • 💰 10.000 € en el banco.
  • ❌ El otro piso ya no forma parte de la herencia.


4️⃣ Legítima de los hijos (muy importante)


En Derecho civil común (la mayoría de España):

  • Los hijos no pueden ser desheredados libremente.
  • Les corresponde, como mínimo:

    • 2/3 del patrimonio → legítima.
    • De esos, 1/3 es estrictamente igual para todos los hijos.

Con dos hermanos:

  • Cada uno tiene derecho como mínimo al 1/3 del total del patrimonio.


5️⃣ Aplicando esto a tu caso (estimación orientativa)

🔹 Valor aproximado de la herencia


(Suponiendo cifras orientativas, solo para entender el reparto)

  • Piso: por ejemplo 150.000 €
  • Dinero: 10.000 €
    ➡️ Total herencia: 160.000 €

🔹 Mínimo que le corresponde a tu hermano

  • 1/3 de 160.000 € ≈ 53.000 €

Si el testamento te deja todo el piso a ti, pero con cláusula de “resto de bienes al 50%”:

  • Tu hermano no pierde su legítima
  • Puede exigir:

    • Dinero
    • O compensación económica si tú te quedas el piso

👉 No es automático que tengas que “darle la mitad del piso”, pero sí compensarle económicamente si se vulnera su legítima.



6️⃣ Resumen claro y directo


✔️ El piso que sigue existiendo puede corresponderte a ti, según el testamento
✔️ Tu madre podía vender el otro piso sin dar nada a tu hermano
❗ Pero tu hermano tendrá derecho mínimo a su legítima cuando fallezca tu madre
✔️ Lo que tendrás que “darle” dependerá del valor total de la herencia en ese momento

👉 No se hereda lo prometido, se hereda lo que existe.



7️⃣ Fiscalidad (cuando llegue el momento)


Cuando se produzca el fallecimiento:

  • Ambos tendréis que presentar:

    • Impuesto sobre Sucesiones
  • Ante la Agencia Tributaria autonómica correspondiente.


🔔 Recomendación final (muy importante)


Antes de “hacer números” o pensar en pagar nada:

  • Lleva el testamento a un notario
  • Pide un cálculo de legítimas
  • Así evitas conflictos y pagos indebidos

Si quieres, en el siguiente mensaje puedo:

  • Calcularlo con cifras reales
  • Explicarte qué pasaría si tu padre sigue vivo
  • O aclararte cómo se compensa la legítima sin vender el piso







#6

Re: Que le pertenece a mi hermano de legitima?? - Herencia

Como se compensa la legítima sin vender el piso. Precio del piso 250000€

Muchas gracias por responderme.
#7

Re: Que le pertenece a mi hermano de legitima?? - Herencia

Si hablamos de derecho civil común (no foral): 

  • Legítima = ⅔ del caudal hereditario

    • ⅓ de legítima estricta (a repartir por igual entre los hijos)
    • ⅓ de mejora (puede asignarse a uno o varios hijos)
  • ⅓ de libre disposición
(Si el causante estaba sujeto a derecho foral —Cataluña, Galicia, Navarra, País Vasco, Aragón- el cálculo cambia).
Lo mejor es consultar a un notario 
#8

Re: Que le pertenece a mi hermano de legitima?? - Herencia


Ejemplo con piso de 250.000 € 


Supongamos: 

  • Un único bien: piso = 250.000 €
  • 2 hijos
  • Uno de ellos se queda el piso

Valor de la legítima estricta

 
  • ⅓ de 250.000 € = 83.333 €
  • A repartir entre 2 hijos → 41.666 € para cada uno



Formas de compensar la legítima SIN vender el piso 

✅ A) Compensación en metálico (la más habitual)

 El heredero que se queda el piso: 
  • Se adjudica el 100 % del inmueble
  • Paga en dinero al otro heredero su parte de legítima
📌 Ejemplo: 
  • Hijo A se queda el piso
  • Hijo B recibe 41.666 € en efectivo


Compensación con otros bienes

 Si existen: 
  • Cuentas bancarias
  • Seguros de vida
  • Otros inmuebles o activos
Se asignan esos bienes al legitimario en lugar del piso.

Exceso de adjudicación con compensación

 Muy usado en notarías: 
  • El piso se adjudica a uno solo
  • Se reconoce un exceso de adjudicación
  • Se compensa económicamente al resto


#9

Re: Que le pertenece a mi hermano de legitima?? - Herencia

Los notarios no cobran por las consultas ni por el asesoramiento previo a la firma de un documento. El asesoramiento es un deber imparcial y gratuito, parte de su función pública, que incluye informar sobre derechos y consecuencias jurídicas sin coste alguno antes de realizar trámites como testamentos, poderes o escrituras. 
  • Asesoramiento gratuito: La consulta para resolver dudas antes de firmar es siempre gratuita.
  • Coste de los servicios: Solo se cobra cuando se formaliza un documento público, cuyos precios están fijados por el Estado (arancel notarial).
  • Sin compromiso: Si tras el asesoramiento no se firma el documento, la consulta sigue siendo sin coste.
  • Precios estándar: Todos los notarios cobran lo mismo por idéntico servicio. 
La función notarial busca asegurar la legalidad y el equilibrio, ofreciendo este servicio sin cargo adicional para el usuario, asegurando una asesoría imparcial y de calidad. 
#10

Re: Que le pertenece a mi hermano de legitima?? - Herencia

Muchísimas gracias. Por toda la información que usted me ha dado. Muy amable