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Trade Republic, 720 y cambio de IBAN en 2025. Obligación de declarar.

4 respuestas
Trade Republic, 720 y cambio de IBAN en 2025. Obligación de declarar.
Trade Republic, 720 y cambio de IBAN en 2025. Obligación de declarar.
#1

Trade Republic, 720 y cambio de IBAN en 2025. Obligación de declarar.

Ante el cambio de IBAN alemán a IBAN español  realizado por Trade Republic a mediados de 2025 y después de analizarlo considero que:
Si en el pasado hubo obligación de declarar la cuenta en el 720 porque se dieron las condiciones que obligaban a  hacerlo, este año tras el cambio de cuenta a IBAN español, deberá comunicarse en el 720 su cancelación. 
Si nunca se declaró no deberá declararse, aunque el número de cuenta haya cambiado. 
Salvo mejor opinión. Comentarios son bienvenidos. 

¡Feliz 2026!



#2

Re: Trade Republic, 720 y cambio de IBAN en 2025. Obligación de declarar.

Coincido contigo.
Si se presentó el 720 en el pasado, se está obligado a volver a presentar el modelo si hay una variación de 20k o si se cancela alguna de las cuentas declaradas (como sería el caso mencionado).
#3

Re: Trade Republic, 720 y cambio de IBAN en 2025. Obligación de declarar.

Aparte las acciones no constan como españolas hasta donde yo se
#4

Re: Trade Republic, 720 y cambio de IBAN en 2025. Obligación de declarar.

Hola,

Así es. Todo lo comentado anteriormente es correcto.

  • La cuenta de TradeRepublic con IBAN de España, no será parte del modelo 720 y si se informó con anterioridad hay que informar de su cancelación del IBAN anteriormente informado.

  • Sin embargo los valores como acciones, etfs, fondos, etc. siguen custodiados en Alemania y así se informa en el extracto de valores que ofrece Trade Republic

Un saludo

Equipo de Autodeclaro

#6

Re: Trade Republic, 720 y cambio de IBAN en 2025. Obligación de declarar.

Hola soy del equipo de aitax.es,

para responder a tu pregunta hemos utilizado nuesta IA especializada:

La cuenta (dinero sin invertir en cuenta bancaria), si ya está en la sucursal con IBAN español, no entra en el 720. 

Si el IBAN alemán ya lo declaraste en años anteriores, la baja sí hay que informarla.

En las acciones yo no lo cerraría con «siguen en Alemania». El IBAN de la cuenta no tiene conexión con donde se custodian las acciones. Vale el custodio del extracto de valores. Si ahí pone Alemania, el bloque de valores puede seguir dentro, normalmente en el extracto aparece el custodio de cada acción en el caso de trade republic.

Aqui se puede encontrar mas información: https://aitax.es/guides/trade-republic-modelo-720