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Reinversión Vivienda Habitual en IRPF

3 respuestas
Reinversión Vivienda Habitual en IRPF
Reinversión Vivienda Habitual en IRPF
#1

Reinversión Vivienda Habitual en IRPF

En octubre de 2024 vendí una vivienda que tenía en Madrid.

Por motivos de trabajo (hacer el MIR en Medicina de Familia) me tuve que trasladar de Madrid a Tarragona (donde me asignaron la plaza) en octubre de 2020.
Esos años he vivido de alquiler en Tarragona y puse en alquiler mi vivienda de Madrid ya que no sabía si tras los 4 años de MIR volvería allí (a Madrid)

Finalmente, tras finalizar el MIR pienso trasladarme a Andalucía y comprar allí una vivienda habitual (firma de escrituras en septiembre 2025) reinvirtiendo el 100% del dinero obtenido por la vivienda de Madrid tras su venta (la casa de Andalucía vale mucho más que la vivienda vendida en Madrid)

La duda es si la vivienda de Madrid seguía siendo mi vivienda habitual en el momento de la venta y así poder declarar como reinversión el dinero obtenido, ya que el traslado a Tarragona fue por motivos laborales y obligatorios (la plaza fue asignada por el Ministerio)
#2

Re: Reinversión Vivienda Habitual en IRPF

No. La vivienda habitual es aquella en la que vives. Cuando dejas de vivir en ella, deja de ser vivienda habitual. Da igual la razón por la que dejes de vivir ahí.
Hay una idea errónea que corre por ahí, y es que alguna gente cree que, en determinados casos, como el traslado por trabajo, el inmueble sigue considerándose, a efectos de IRPF, vivienda habitual.
Eso no es así.
Para que un inmueble se considere vivienda habitual, hay que vivir en ella 3 años seguidos; pero, si te trasladas antes de esos 3 años por trabajo y demás, la AEAT admite que haya sido vivienda habitual durante el tiempo en que la habitaste.
Pero sólo durante el tiempo en que la habitaste: en cuanto sales por la puerta, deja de ser vivienda habitual. 
Y, para tener derecho a la exención por reinversión de la ganancia que obtengas por la venta de esa vivienda, tendría que haber sido tu vivienda habitual (real y efectivamente) hasta, al menos, 2 años antes. 
Si tú llevas desde 2020 fuera de allí, no cumples requisitos. No existe ninguna posibilidad de aplicar la exención.
#3

Re: Reinversión Vivienda Habitual en IRPF

Muchas gracias por tu respuesta.
Tras finalizar el MIR volví a la vivienda pues el inquilino que estaba se marchó al comprar una vivienda.
Al mes recibí oferta de trabajo como médico titular y volví a Tarragona, vendiendo entonces la vivienda.
¿Ese mes que volví a la vivienda en Madrid no estaría incluido en el supuesto que mencionas?
#4

Re: Reinversión Vivienda Habitual en IRPF

Si puedes justificar que volviste a la casa con intención de quedarte de manera indefinida, sí.
Es complicado, porque sólo un mes... Igual no cambiaste ni el domicilio fiscal. Pero si tienes el burofax en el que notificaras al inquilino la intención de no renovar el contrato porque necesitabas la vivienda para uso propio, puedes demostrar que finalizaste tu contrato de alquiler en Tarragona porque no tenías intención de volver y, luego, tuviste que buscar otro sitio diferente, que no empezaste a anunciar para vender la casa de Madrid hasta que no estabas de vuelta en Cataluña, etc., no veo porqué no.