si con "tributos locale (coche)" te refieres al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, el obligado al pago del mismo es el propietario del vehículo a 1 de enero.
Si eras tú el propietario a 1 enero tienes la obligación del pago de esa anualidad, aunque lo vendieras el 2 de enero o aunque hubieras suscrito contrato de arras con anterioridad.
Si estás en vía de apremio es que no has satisfecho el pago ni en plazo voluntario, ni en plazo ejecutivo.
No te fíes de no tener ningún patrimonio actual, dado que "Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes, presentes y futuros"