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Depósito, AEAT y Gananciales

38 respuestas
Depósito, AEAT y Gananciales
Depósito, AEAT y Gananciales
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#31

Re: Depósito, AEAT y Gananciales

Ya, gracias, era por quitarle un poco de hierro al asunto. En fin, ya os comentaré que nos dicen en Hacienda. Y, en último caso, se hace como dicen y a cambiarlo para el ejercicio de 2025.
#32

Re: Depósito, AEAT y Gananciales

Esto dice Hacienda:
 

Pregunta

  • ¿A quién se atribuyen los rendimientos del capital mobiliario?

Respuesta

  • Con carácter general, los rendimientos del capital se atribuirán a los contribuyentes que, sean titulares de los elementos patrimoniales, bienes o derechos, de que provengan dichos rendimientos, según las normas sobre titularidad jurídica aplicables en cada caso y en función de las pruebas aportadas por aquéllos o de las descubiertas por la Administración.

  • En su caso, serán de aplicación las normas sobre titularidad jurídica de los bienes y derechos contenidas en las disposiciones reguladoras del régimen económico del matrimonio, así como en los preceptos de la legislación civil aplicables en cada caso a las relaciones patrimoniales entre los miembros de la familia.
    La titularidad de los bienes y derechos que, conforme a las disposiciones o pactos reguladores del correspondiente régimen económico matrimonial, sean comunes a ambos cónyuges, se atribuirá por mitad a cada uno de ellos, salvo que se justifique otra cuota de participación.

  • Cuando no resulte debidamente acreditada la titularidad de los bienes o derechos, la Administración Tributaria tendrá derecho a considerar como titular a quien figure como tal en un registro fiscal u otros de carácter público.
 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#33

Re: Depósito, AEAT y Gananciales

Esto es lo primero que vi yo primero y que me da esperanza de poder hacerlo sl 50 %.
#34

Re: Depósito, AEAT y Gananciales

Pues añádele lo que dice el art. 1361 del Código Civil y puedes sacar conclusiones:
 
Se presumen gananciales los bienes existentes en el matrimonio mientras no se pruebe que pertenecen privativamente a uno de los dos cónyuges. 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#35

Re: Depósito, AEAT y Gananciales

Siendo como señala Juan, puedes hacer 2 cosas:
1. Obviar el aviso que te aparece y hacer la declaración de la renta como has venido haciendo lo años anteriores. Es probable que posteriormente hacienda te envíe un requerimiento para que lo justifiques.
2. Cita con hacienda para ya justificar documentalmente el origen de esos fondos hacer la declaración como has hecho hasta ahora.

De todas formas, es obvio que lo empezaste a declarar así porque fiscalmente el resultado os favorecía y os sigue favoreciendo. Lo que sigo sin entender es por qué abristes la cuenta el depósiti con una única titularidad. 
Recomendación: añade  a tu esposa como cotitular de todo. Facilita todo ante sucesos no deseados.
#36

Re: Depósito, AEAT y Gananciales

Tenía entendido que en un matrimonio en gananciales en transferencias entre ellos Hacienda no las puede considerar donaciones. No sé si estaré equivocado.

Saludos desde Málaga.

#38

Re: Depósito, AEAT y Gananciales

Hablamos siempre de matrimonios "felizmente casados". 😄

En este caso se estaban separando y ya se sabe "al enemigo ni agua, y en el desierto, polvorones". La "Guerra de los Rose" en toda regla.

Saludos desde Málaga.

#39

Re: Depósito, AEAT y Gananciales

sobre la base del supuesto planteado inicialmente. 
Le damos una vuelta y suponemos que tributan de forma individual.
En una cuenta conjunta/depósito una cantidad disponen de una  importante cantidad de dinero resultando que tras analizar los resultados de sus declaraciones llegan a la conclusión de que les favorece más que solo uno de ellos declare los rendimientos de esa cuenta/depósito y para tal fin deciden que todo ese dinero se transfiera a una cuenta de la que solo uno de ellos es titular y desde esa cuenta contratar un producto financiero también solo a su nombre.
En la próxima declaración de la renta ya sólo tributa por los rendimientos del producto financiero quien figura como titular, que es como considera hacienda que debe declararse por defecto, ¿ya no se preguntaría nada hacienda? Lo desconozco 
Guía Básica