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¿Debe devolver la desgravacion de 1ª vivienda mi esposa?

6 respuestas
¿Debe devolver la desgravacion de 1ª vivienda mi esposa?
¿Debe devolver la desgravacion de 1ª vivienda mi esposa?
#1

¿Debe devolver la desgravacion de 1ª vivienda mi esposa?

Muy buenas, no sabemos a quien acudir y la verdad es que estamos en un buen embolado.
Veran antes de casarme con mi esposa, yo ya tenía mi piso y mi mujer tenía una cuenta vivienda.
Pues bien mi mujer se compra un piso y en agosto del 2006 se lo dan, en diciembre se empadrona en su vivienda, paga agua, luz y gas de su vivienda.
Durante este tiempo tenemos un niño y en 2007 Hacienda la fiscaliza y le pide los papeles de la compraventa del piso, los papeles del banco, etc.
Yo pensaba que esto ya acabo entonces pero resulta que en el 2010 recibe una carta de Hacienda sobre la renta'09 pidiendo de nuevo todos los papeles anteriores, subrogación del actual prestamo, recibos luz, agua y gas, domiciliaciones del medico, etc.
Voy varias veces a Hacienda en su representacion y presento los papeles de la vivienda, un histórico de empadronamiento y certificado de convivencia, extracto de los recibos de luz, agua y gas a su nombre.
Parece ser que no tienen bastante, ¿Que puede hacer? ¿Donde podemos acudir para que alguien nos asesore con garantias de no tener que devolver lo desgravado? Haciamos la declaracion individual alegando motivos laborales.

Lo tenemos todo en regla y los recibos de los servicios a su nombre, alguien en otro foro me recomienda hacer un papel por parte de la comunidad donde vive y pidiendo a los vecinos firmen. Tiene alguna validez ó me van a seguir mareandome sin llegar a nada.
Alguien sabe alguna asesoria fiscal en Barcelona que puedan ayudarnos, yo estoy muy desanimado y ya estamos haciendo las cuentas de lo que podrian pedirnos. Necesitamos gente con experiencia y que nos digan si a esto se le puede todavía dar la vuelta.

Muchas Gracias a todo el que quiera ayudarnos...

#2

Re: ¿Debe devolver la desgravacion de 1ª vivienda mi esposa?

Para que la vivienda sea considerada habitual es necesario que el contribuyente resida en ella al menos tres años. Si no es así, salvo circunstancias excepcionales como es el caso de contraer matrimonio, se pierde el derecho a las deducciones realizadas.

Después de celebrado el matrimonio si se cambia de domicilio se conserva el derecho a las cantidades deducidas hasta la fecha de su celebración, pero se pierde el derecho a realizarlas a partir de ese momento. No me cuadra que los cónguyes tengan domicilios distintos y supongo que a la Agencia Tributaria tampoco.

https://www2.agenciatributaria.gob.es/es13/s/IAFRIAFRCB5F/

#3

Re: ¿Debe devolver la desgravacion de 1ª vivienda mi esposa?

El derecho a la deduccion por inversion en la vivienda habitual , en un matrimonio , solo es aplicable en aquella vivienda en que conviven ambos conyuges.

Existen casos excepcionales que por razones de trabajo o familiares y con residencia en distinta localidad , se permite previa demostracion de la efectiva ocupacion de las dos viviendas , simultanear las dos deducciones.

Saludos

#5

Re: ¿Debe devolver la desgravacion de 1ª vivienda mi esposa?

Hola la a todos y muchas gracias por vuestras respuestas!!!. Estamos realmente abatidos porque en la carta de Hacienda le piden devolver los 3 años de cuenta vivienda y las deducciones de compra de los últimos 3 años.
Es posible que mi mujer pudiera acoplarse al caso que plantea 'Alrodrigo', vive y esta empadronada en su localidad desde finales del 2006 y todos y cada uno de los recibos de la casa esta a su nombre con dicha direccion.
Lo que es cierto que mi mujer se empadrono en su actual vivienda una vez estaba casada conmigo y el niño que tenemos en comun lo hemos puesto conjuntamente en nuestras declaraciones, aunque el esta empadronado conmigo porque es donde va al cole.
Cuando anteriormente presentamos alegaciones, presento los recibos de todos los servicios del 2009 y no presentamos los de los años anteriores; tal vez porque no venía indicado en la carta de Hacienda, aunque los podriamos conseguir y eso será lo próximo que hagamos. Los consumos no son elevados pero no sé si eso puede ser procedente para algo.
También vamos a coger un asesor fiscal o alguien un poco curtido en estos temas puesto que ya no viene de 100 Eu. para sacarnos de este entuerto.

Acepto todas vuestras sugerencias, así como vuestras recomendaciones!!!.

Muchas gracias a todos!!! a ver si todavía le podemos dar la vuelta a esto, porque me veo pidiendo dinero para devolver todo lo desgravado desde el 2003!!!. Me pareceis gente magnífica, gracias por vuestro soporte. Gracias!

#6

Re: ¿Debe devolver la desgravacion de 1ª vivienda mi esposa?

Tanto en este foro como en el otro en el que has preguntado, tanto en mensaje privado respondido, te hemos insistido por activa y por pasiva... no dejas nunca claro dónde vive de forma habitual tu cónyuge... un sólo empadronamiento no sirve de nada.

Si quieres lo digo más claro, todavía no sabemos si necesitas ayuda o si realmente estás aplicando mal la Ley.

Saludos.

#7

Re: ¿Debe devolver la desgravacion de 1ª vivienda mi esposa?

Al.rodrigo, tú sabes más por viejo que por diablo, y en esto de lo tributario ya eres perro viejo...
El caso que expone Seato (tanto por lo que explicitamente pone como por lo que implícitamente se infiere) es bastante claro:
Cumplimiento aparente y con corrección formal en la compra de una vivienda por parte de ella, pero ni es su vivienda habitual, ni al parecer fue esa propiedad su "1ª vivienda" a efectos fiscales.

En los tiempos de euforias y collares de longanizas para los perros, el mero cumplimiento de lo formal habría bastado a nestra AEAT. En estos tiempos de telarañas en el cofre del tesoro... Supongo que legítimamente la AEAT está aplicando el principio de "centro de intereses vitales":
El marido vive en vivienda A;
el hijo vive en vivienda A;
la vivienda B se adquiere con posterioridad del matrimonio, y por tanto el "domicilio conyugal" sigue en vivienda A;
no se ha acreditado por la obligada tributaria ninguna causa ni necesaria ni probable por la que necesite la vivienda B como SU propia "vivienda habitual" diferente al "domicilio conyugal";
tampoco parece ser ni siquiera habitada de facto con habitualidad visto el bajo importe de consumos y suministros...;
(esto ya no lo se, pero puedo deducirlo) la vivienda B (no habitada efectivamente) presenta menores características -superficie, antigüedad, barriada,... - que la vivienda A (domicilio conyugal preexistente);

Para salir indemnes de este trance, cosa no sencilla, hay que tener en cuenta que la AEAT ahora tiene como criterio jurisprudencial lo que le sucedió a Arantxa Sánchez-Vicario: Para pasar a ser residente en otro lugar, hay que acreditar que se ha dejado de ser residente en este lugar.
Aplicado a una vivienda B que adquiere la esposa, disponiendo ya como domicilio conyugal de una vivienda A, propiedad del marido, hay que acreditar tanto la necesidad como la realidad de la no convivencia marital en la vivienda A.
Si no, se entenderá que hay una simulación con el único fin de buscar una ventaja fiscal.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!