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Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
¿Podemos ya iniciar el volteo de campanas? Si es cierta esta resolución parece que se revierte la infausta decisión de derogar el apartado 2 de la DT 34. Hay que ser prudentes hasta que no lo veamos con nuestros propios ojos. Habrá que estar pendiente del simulador. Enhorabuena y gracias a todos los que han hecho un seguimiento exhaustivo.