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Complemento a Mínimos, Pensión Jubilación

20 respuestas
Complemento a Mínimos, Pensión Jubilación
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Complemento a Mínimos, Pensión Jubilación
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#1

Complemento a Mínimos, Pensión Jubilación

Buenas tardes, a ver si me podeis ayudar, el tema va de los complementos a mínimos en Pensión de Jubilación.  Os cuento:
Jubilado que percibe pensión de jubilación por importe de  7.600,00.-euros anuales.
Esposa que percibe pensión de jubilación por importe de 10.500,00.-euros anuales.,
Podrá el solicitar el complemento de pensión a mínimos?.
Muchas gracias y buenas tardes.
#3

Re: Complemento a Mínimos, Pensión Jubilación

Hola Bacalo, indicas ingresos distintos a la pensión inferiores a 8614 euros. Tengo la duda siguiente, si la pensión reconocida es de 200 euros, por residencia 170 y por complemento a mínimos 300 = total 670 euros, ¿ puedo cobrar rendimientos de capital por intereses de plazo fijo, que serían rendimientos de capital, por 4000 euros al año ?  Serían ingresos distintos a la pensión esos 4000 euros, siendo de intereses de plazo fijo, y no pondría en peligro la cuantía de complemento a mínimos. A ver si puedes aclararme es a duda por favor. Gracias
#4

Re: Complemento a Mínimos, Pensión Jubilación

en 2023, el límite para complemento a mínimos sin cónyuge (soltero, viudo, divorciado..) o con cónyuge a no cargo el límite de otros ingresos es 8.614 en 2023.
https://revista.seg-social.es/-/20230208-importes-pensiones-2023
Luego 4.000 está por debajo.
La cantidad del complemento tendrías como tope:  
1) se calcula 8.614+ pensión mínima que corresponde por la edad/situación familiar. Tomemos con cónyuge a no cargo y más de 65 años:
8.614+10.406
2) Por otro lado, calcula  lo que se recibe de pensión (sin complemento)  más esos ingresos del banco;
la diferencia 1) -2) es el complemento a mínimos máximo;  
si esta cantidad es menor que lo que te dan de complemento para alcanzar la pensión mínima, entonces te recortarían el complemento a ese complemento máximo, si no, te lo dejan como está: complemento hasta la pensión mínima. 
Yo creo que en este caso seguirías cobrando lo mismo.
#5

Re: Complemento a Mínimos, Pensión Jubilación

muchas gracias, muy aclaratoria tu explicación 
#6

Re: Complemento a Mínimos, Pensión Jubilación

Una pregunta por si alguien me puede asesorar,mis suegros tienen los dos una pensión con incremento a mínimos con cónyuge no cargo de 743€ cada uno,la cuestión es que entre dividendos y intereses de plazo fijo cobran aproximadamente unos 2000€ pueden quitarle el incremento a mínimos o cual es el limite.
#7

Re: Complemento a Mínimos, Pensión Jubilación

2000cada uno.
#8

Re: Complemento a Mínimos, Pensión Jubilación

Hola, una pregunta por si podéis ayudarme. 
A mi mujer le han concedido una incapacidad absoluta ( autónoma, edad 48 años ), concedida 517€/mes 14 pagas. No va a tener ningún ingreso más a partir de ahora. 
Tenemos dos niñas ( 4-17 años ) y yo estoy trabajando. 
Ella puede solicitar el complemento a mínimos hasta los 783€ que es la mínima de Absoluta ? 
Esque lo comenté ayer en mi asesoría y me dijeron que no, que como yo trabajaba no le correspondía, pero estoy venga a buscar y no lo tengo claro. 
Muchas gracias por la ayuda 
#9

Re: Complemento a Mínimos, Pensión Jubilación

https://revista.seg-social.es/-/importe-de-las-pensiones-2024
incapacidad permanente absoluta - pensión mínima con cónyuge a NO cargo  10.966,20

Se considerará que existe cónyuge no a cargo del titular de una pensión, a los efectos del reconocimiento de las cuantías mínimas, cuando aquél se halle conviviendo con el pensionista y no dependa económicamente de él.
 
se entenderá que existe dependencia económica del cónyuge, cuando concurran las circunstancias siguientes:
  1. Que el cónyuge del pensionista no sea, a su vez, titular de una pensión a cargo de un régimen básico público de previsión social, entendiendo comprendidos en dicho concepto las pensiones reconocidas por otro Estado, así como los subsidios de garantía de ingresos mínimos y de ayuda por tercera persona, ambos previstos en el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y las pensiones asistenciales reguladas en la Ley 45/1960, de 21 de julio. 
  2. Que los rendimientos de cualquier naturaleza del pensionista y de su cónyuge, computados en la forma señalada en el epígrafe anterior, resulten inferiores a 10.430,00 euros anuales. 

#10

Re: Complemento a Mínimos, Pensión Jubilación

Bacalo, entonces entiendo que mi asesoría está equivocada, y sí le corresponde, verdad ? 
#11

Re: Complemento a Mínimos, Pensión Jubilación

por lo expuesto, yo creo que sí tiene derecho. 
Claro, hay que solicitar explícitamente esta modalidad, pues si solicita la de cónyuge a cargo, que es más alta la pensión, la van a rechazar o van a solicitar que se devuelva el complemento cuando obtengan de Hacienda los datos de tus ingresos.
#12

Re: Complemento a Mínimos, Pensión Jubilación

Ya se lo he pasado a la Asesoria, aun así me dicen que estan seguros que no, que es el computo general de la Unidad Familiar. Le he hecho hincapie en lo que me dices, que lo soliciten de esa forma. Ya te contaré, y muchas gracias.......

#13

Re: Complemento a Mínimos, Pensión Jubilación

creo que se está confundiendo los requisitos del complemento a mínimos para una pensión por incapacidad absoluta, que es una pensión contributiva, y son los descritos anteriormente,


con los de una pensión no contributiva de invalidez, donde sí se tienen en cuenta los ingresos de la unidad familiar y copio abajo.
Entiendo que tu esposa, por lo que comentas, ha recibido la pensión contributiva por haber cumplido los requisitos de tiempo de cotización.


pensión no contributiva de invalidez
"El requisito de carencia de rentas o ingresos suficientes se acredita cuando la suma, en cómputo anual, de los ingresos personales de la persona solicitante es inferior al importe, también en cómputo anual, de la pensión (6.784,54 €)
2º) Si la persona solicitante carece de rentas o ingresos personales en los términos señalados en el párrafo anterior y se encuentra integrado en una unidad económica, únicamente se entenderá cumplido el requisito, cuando la suma de las rentas o ingresos en cómputo anual de todos los miembros de la unidad económica, incluidos los de la persona solicitante, no supera el límite de acumulación de recursos que le sea aplicable en función del número de personas que integran la unidad económica.
Existirá unidad económica en todos los casos de convivencia del beneficiario con otras personas unidas con aquel por matrimonio o por lazos de parentesco de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado. (El parentesco por consanguinidad hasta el 2º grado alcanza a padre, madre, abuelos y abuelas, hijos e hijas, nietos y nietas y hermanos y hermanas del solicitante).
#14

Re: Complemento a Mínimos, Pensión Jubilación

Si, te pongo lo que pone exactamente: 

Clase de pensión INC.ABSOL.ENF.COMUN B.R. CON AÑOS COTIZ.


#15

Re: Complemento a Mínimos, Pensión Jubilación

veo lo siguiente:
" En 2024, la cuantía anual integra de las pensiones no contributivas de invalidez y de jubilación será de 7.250,60 euros (517,90 euros mensuales en 14 pagas). "
que coincide con lo que has puesto que va a cobrar tu esposa. 
Entonces, si es una no contributiva, me parece que no hay complemento. O a lo mejor es contributiva y es casualidad lo de que coincidan las cantidades y es lo que está liando a los de la asesoría.