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Impuesto de Patrimonio y Valor de Referencia

5 respuestas
Impuesto de Patrimonio y Valor de Referencia
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Impuesto de Patrimonio y Valor de Referencia
#1

Impuesto de Patrimonio y Valor de Referencia

Este año he heredado un par de inmuebles debido al fallecimiento de mi madre. La valoración de los mismos para el Impuesto de Sucesiones se ha realizado utilizando el valor de referencia a fecha de su fallecimiento. Mi duda es referente a futuras declaraciones del Impuesto de Patrimonio y la valoración de dichos inmuebles. No me queda claro si a medida que pasen los años hay que ir actualizando el valor de referencia con el que haya en cada 31 de Diciembre o siempre se coge con el que se adquirió el inmueble, es decir, el de 2023.

Muchas gracias y un saludo,
#2

Re: Impuesto de Patrimonio y Valor de Referencia

No hay que actualizarlo, salvo que el valor catastral fuera más alto que el valor a efectos del I. de Sucesiones (valor de referencia).

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Impuesto de Patrimonio y Valor de Referencia

Es el mayor de los valores, adquisición (en este caso sucesiones=referencia del año), valor catastral actual, valor de referencia actual(para inmuebles comprados a partir del 1/01/2022). Si alguno de estos dos últimos, por actualización, fuese superior al del ISD, tendría que imputarse en patrimonio ese nuevo valor. Es más fácil que actualicen el de referencia que el catastral. 
En IRPF, para rentas imputadas no se considera el de referencia.
Salvo mejor opinión. 
#4

Re: Impuesto de Patrimonio y Valor de Referencia

Para en el IRPF se utiliza el valor catastral.
#5

Re: Impuesto de Patrimonio y Valor de Referencia

Salvo que no exista valor catastral en cuyo caso se utiliza  el 50% del valor de compra o valor comprobado como base. 
#6

Re: Impuesto de Patrimonio y Valor de Referencia

¿Y a qué razón se puede deber la inexistencia de valor catastral?