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Aportaciones voluntarias a colegio concertado - Declaración de la Renta

4 respuestas
Aportaciones voluntarias a colegio concertado - Declaración de la Renta
Aportaciones voluntarias a colegio concertado - Declaración de la Renta
#1

Aportaciones voluntarias a colegio concertado - Declaración de la Renta

Buenas tardes:

¿Me podríais decir en que casilla se introduce este concepto? Creo que es la 1049 pero estoy dudando. Gracias.
#2

Re: Aportaciones voluntarias a colegio concertado - Declaración de la Renta

En territorio común no hay beneficios fiscales por “aportaciones voluntarias a colegio concertado”. Supongo que estás en territorio foral.

¿sansesanse = País Vasco?. Si es así, supongo que tendrás que esperar a que te responda alguien del foro que conozca la legislación vasca de IRPF y vuestro formulario de declaración.
#3

Re: Aportaciones voluntarias a colegio concertado - Declaración de la Renta

Se refiere a esas cuotas que cobran los colegios concertados, de manera "alegal", porque no pueden cobrar la escolaridad, puesto que ya la pagamos entre todos los contribuyentes, pero que, igualmente, cobran para separar el polvo de la paja (al alumno que puede permitírselo del que no), consiguiendo que acuda a sus centros un tipo de alumno de cierto nivel económico (depende de cada colegio y de cada Comunidad: en Castilla y León, por ejemplo, suelen ser cantidades pequeñas, 400,00 euros anuales o así; en Madrid, unos 1.500,00 o más) sin realizar una selección expresa, que está prohibida por el propio sistema de concierto.
Estos centros, en su mayoría, han dado de alta una "fundación" a nombre  de la cual hay que poner los pagos, que se firma que son "voluntarios", con la finalidad establecida en el Registro de Fundaciones pertinente de "fomentar la educación" (es decir: nada nuevo, ya que se trata de un centro educativo) y, de esa manera, los padres pueden deducir esas "aportaciones voluntarias" como donativos a fundaciones.
Así, la Administración pierde dinero dos veces: por un lado, paga el concierto completo, cuando, parte de los gastos del colegio, se financia con las cuotas alegales y, por otro, deja de percibir los impuestos que los padres se deducen en concepto de donativos. Y, lo más importante: el concierto pierde su razón de ser (cubrir las necesidades educativas en lugares donde no existe cupo suficiente para ello en escuelas públicas) para pasar a ser un pseudo colegio privado, con alumnado seleccionado, para los "quiero y no puedo".
#4

Re: Aportaciones voluntarias a colegio concertado - Declaración de la Renta

así es, si esa "contribución voluntaria" se realiza a una fundación que cumple los requisitos para desgravar, entonces sí procede incluirla en el IRPF. Luego está la discusión político/ideológica sobre la permisividad y origen de esta práctica; pues diría, conociendo a gente del sector, que con el dinero que reciben los colegios concertados, no les llega para pagar gastos generales de calefacción, material,etc (los salarios los paga directamente la Comunidad Autónoma) con lo cual de toda la vida han tenido que recurrir a estos trucos, ya les pasó a mis padres con nosotros hace muchos años, lo que ocurre es que han ido pasando de cobrar un poquito asequible a unos niveles casi de colegio privado en algunos casos. Y a papá Estado le viene bien la escuela concertada porque los profes curran más horas por menos dinero; una vez eché cuentas del número de profesores extra que supondría "nacionalizarlo" y son 10.000 millones euros largos de gasto adicional al año, por eso el discurso de nuestras amadas lideresas marxistas se queda en eso, palabrería, cuando tienen que afrontar la realidad presupuestaria de lo que supone sus propuestas de re-nacionalizaciones (tómese el caso del ayuntamiento de Madrid donde estuvieron gobernando, y la limpieza, parques y jardines, la ayuda domiciliaria, escuelas infantiles de propiedad pública,etc, que son miles de trabajadores, siguieron asignando los contratos a la gestión privada).
#6

Re: Aportaciones voluntarias a colegio concertado - Declaración de la Renta

 Conclusión fiscal: las aportaciones voluntarias a colegios privados concertados, como tales, no pueden deducirse de la cuota (en el porcentaje que sea), salvo que se “disfracen” de “donaciones” (donativos dinerarios) a Fundaciones, religiosas o laicas, que cumplan los requisitos de la deducción. El importe donado vendrá recogido normalmente en los datos fiscales y el importe a deducir aparecerá incorporado en el borrador de renta.
En declaración 2022, Anexo A.1 casilla 0723, deducción 80, 40 o 35%. Casilla 0724 si la Fundación no reúne los requisitos de la Ley 49/2002, deducción 10%.
  Agencia Tributaria: 1. Entidades beneficiarias del mecenazgo
Agencia Tributaria: Donativos realizados a entidades no incluidas en el ámbito de la Ley 49/2002