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Reducciones rdtos. irregulares, (art. 18, aptdos. 2 y 3, y D.T. 11,12 y 25 de Ley I.R.P.F.)
buenos dias, el año pasado me indemnizaron al despedirme de la empresa, como la indemnizacion supera el improcedente por ley, hay una cantidad que debo tributar, esa cantidad es un rendimiento irregular generado en mas de dos años, espero que me aclareis si debo consignar el 30 % de reduccion de esa cantidad en la casilla 011 de la declaracion.
muchas gracias
muchas gracias