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Familia numerosa y compra de vivienda en Comunidad de Madrid

4 respuestas
Familia numerosa y compra de vivienda en Comunidad de Madrid
Familia numerosa y compra de vivienda en Comunidad de Madrid
#1

Familia numerosa y compra de vivienda en Comunidad de Madrid

Buenos días,

no consigo entender el punto c) del texto que se muestra a continuación en lo que respecta a realizar la venta en el plazo de dos años anteriores a la adquisición de la nueva vivienda habitual. ¿A que tipo de personas aplica? ¿A divorciados? ¿Como puedes tener una vivienda habitual en propiedad y haberla vendido en el plazo de dos años anteriores?

Gracias por la respuesta.

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La Comunidad de Madrid ha establecido un tipo reducido del 4 % que se aplicará a la transmisión de un inmueble que vaya a constituir la vivienda habitual de una familia numerosa, siempre que se cumplan simultáneamente los siguientes requisitos:

a) Que el sujeto pasivo sea titular de una familia numerosa (definidas como tal en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas)

La acreditación de la condición legal de familia numerosa se realizará mediante la presentación del título de familia numerosa, Libro de Familia u otro documento que pruebe que dicha condición ya concurría en la fecha del devengo.

b) Que el inmueble constituya la vivienda habitual de la familia numerosa de la que sea titular el adquirente.
Se considerará vivienda habitual la que se ajusta a la definición y requisitos establecidos por la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

c) Que, en el supuesto de que la anterior vivienda habitual fuera propiedad de alguno de los titulares de la familia numerosa, ésta se venda en el plazo de dos años anteriores o posteriores a la adquisición de la nueva vivienda habitual. No será exigible este requisito cuando se adquiera un inmueble contiguo a la vivienda habitual para unirlo a ésta, formando una única vivienda de mayor superficie.

#2

Re: Familia numerosa y compra de vivienda en Comunidad de Madrid

En el caso de cambio de vivienda habitual, se tenía una y se cambia por otra, es necesario que la antigua vivienda se venda en un plazo que va desde los dos años anteriores a los dos años posteriores a la compra de la nueva.

Saludos.

#3

Re: Familia numerosa y compra de vivienda en Comunidad de Madrid

Bien, la vivienda habitual a día de hoy es alquilada, es decir la familia no tiene ninguna en propiedad y quiere comprar una nueva vivienda (que será la habitual). En este caso la vivienda que era habitual (vivienda -2) se vendio en 2008 y actualmente viven de alquiler en su vivienda habitual actual (vivienda -1).¿les afecta el punto c)? ¿O por el hecho de no tener vivienda en propiedad no les afecta?

Gracias por la respuesta

#4

Re: Familia numerosa y compra de vivienda en Comunidad de Madrid

Y en el caso de que la familia numerosa no haya conseguido vender la vivienda en el plazo de dos años, ¿que pasa?¿tiene que pagar el resto hasta el 7%?, o se alarga el plazo... ahora es imposible vender un piso..

#5

Re: Familia numerosa y compra de vivienda en Comunidad de Madrid

Tendrías que hacer una complementaria, abonando la diferencia más los intereses.

Saludos.