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Cesión gratuita de una vivienda a título oneroso. Herencia yacente.

42 respuestas
Cesión gratuita de una vivienda a título oneroso. Herencia yacente.
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Cesión gratuita de una vivienda a título oneroso. Herencia yacente.
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#31

Re: Cesión gratuita de una vivienda a título oneroso. Herencia yacente.

Esa consulta lo que dice es lo que expuse en mi mensaje #19. Mientras la herencia esté yacente, la imputación de renta de esa vivienda hay que hacerla a todos los herederos según su participación en la herencia. En tu caso supongo que es a partes iguales entre todos los hermanos.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#32

Re: Cesión gratuita de una vivienda a título oneroso. Herencia yacente.

Muchas gracias Juan  sí,  eso ya quedó claro en lo que expusiste en tu mensaje #19. 

Se me plantea ahora esta cuestión, este hecho de ceder la vivienda en cualquiera de sus formas supondría la aceptación tácita de la herencia, no?


#33

Re: Cesión gratuita de una vivienda a título oneroso. Herencia yacente.

Si se firma un contrato de precario, por supuesto implica aceptación tácita de la herencia. 
Si se cede sin contrato, sería aceptación tácita por parte de quien lo haya cedido verbalmente.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#34

Re: Cesión gratuita de una vivienda a título oneroso. Herencia yacente.

Y yo, el problema con SEPE lo tendría a la hora de que el hermano que disiente pudiera interponer alguna demanda o incluso si la interpongo yo contra el precario si hay cualquier problema...

#35

Re: Cesión gratuita de una vivienda a título oneroso. Herencia yacente.

El problema con el SEPE lo tendrías desde el momento en que participes directamente en esa cesión a tu sobrino y no comuniques al SEPE la aceptación de la herencia.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#36

Re: Cesión gratuita de una vivienda a título oneroso. Herencia yacente.

Pero tendrá que darse algún hecho para que eso ocurra, bien sea a través de alguna demanda en lo referente a la cesión de la oupación de la vivienda como ya he mencionado antes, no?

Podría comunicarlo ahora?
#38

Re: Cesión gratuita de una vivienda a título oneroso. Herencia yacente.

Lo siento Juan, se me vienen mil cosas a la cabeza.


La acción de liquidar en Hacienda la renta imputada, también podría considerarse aceptación tácita?
#39

Re: Cesión gratuita de una vivienda a título oneroso. Herencia yacente.

Liquidar la renta imputada en Hacienda no implica aceptación tácita de herencia. Para que haya aceptación tiene que haber disposición de algo que forme parte de la herencia. Por ejemplo, ceder un piso a un familiar es una disposición de ese piso y supone aceptación tácita, siempre que seas tú quien lo cede sólo o en concurrencia con otros herederos. Pero puede suceder que la cesión la haga otro y tú ni te enteres, en cuyo caso no hay aceptación.
Por otro lado, si no tienes obligación de declarar el IRPF (como creo que dijiste) no tendrás que liquidar la renta imputada en Hacienda porque esa renta se incluye en la declaración del IRPF.
En cuanto al SEPE, yo creo que lo mejor sería que le notificaras que te propones aceptar de manera inmediata la herencia y así te quitas el problema de encima. 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#40

Re: Cesión gratuita de una vivienda a título oneroso. Herencia yacente.

Aceptar, lo que de dice aceptar la herencia, puedo hacerlo yo sola, sin que los demás lo hagan, no Juan?

Otra cosa es la participación...?
#41

Re: Cesión gratuita de una vivienda a título oneroso. Herencia yacente.

Hola de nuevo Juan!

Mira lo que encontré ahora... Me sobrepasa...
 

 El TS matiza doctrina sobre la comunicación al SEPE de herencia a los efectos de acreditar carencia de rentas.


 La obligación de comunicación al SEPE debe ser en el momento en que se vende el bien heredado y no al tiempo de la escritura de partición y adjudicación de herencia.  https://www.iberley.es/noticias/ts-matiza-doctrina-sobre-comunicacion-sepe-herencia-efectos-acreditar-carencia-rentas-30640

También encontré este hilo en Rankia donde se explica  que comunicación al Sepe ha de ser en el momento de la venta del inmueble y no a la aceptación de la herencia.
https://www.rankia.com/foros/empresas/temas/5314200-herencia-intereses-gastos-subsidio

Esto cambia en algo lo mío o va solamente dirigido a la hora de no superar rentas?

Vaya liada tengo y ahora el dinero heredado se declara por un lado y el inmueble por otro?

Agradezco tu paciencia, Juan!

#42

Re: Cesión gratuita de una vivienda a título oneroso. Herencia yacente.

Por supuesto, cada heredero puede aceptar o repudiar libremente su herencia sin que nada tengan que ver los demás herederos.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#43

Re: Cesión gratuita de una vivienda a título oneroso. Herencia yacente.

En lo relativo a jurisprudencia referente al subsidio del SEPE soy bastante ignorante. Por tanto, si has descubierto eso, supongo que será correcto pero yo no puedo corroborarlo porque sería una imprudencia por mi parte.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#44

Re: Cesión gratuita de una vivienda a título oneroso. Herencia yacente.

 Muchas gracias por contestar tan pronto.  

Antes de nada agradecerte tu dedicación a aclarar muchas cuestiones que se nos escapan a los no familiarizados con el amplio campo del Derecho y felicitarle por tu trabajo.

Tengo muchas dudas sobre mis derechos y obligaciones. Me gustaría conocer tu punto de vista acerca de los siguientes planteamientos y ya acabo.

- El cobro y firma del recibo del finiquito de indemnización del seguro de deceso de mi madre (según ellos "Indemnización por lutos") es a título de beneficiario, no de heredero, no?
 Por lo que no se considera aceptación tácita de la herencia...?

- El reintegro a la Agencia de Asuntos Sociales y Dependencia de una cantidad percibida de forma indebida en su cuenta durante  el mes en que mi madre falleció.
 "Ingresé la cuantía indebidamente percibida en una cuenta a nombre de la Agencia. Lo hice desde mi Cuenta Bancaria.
 ¿Se considera aceptación tácita?
Cumplo una obligación legal devolviéndolo? 
O por el contrario hago gestiones sobre un bien hereditario y ostento ante la Administración el título de heredero?

Saludos