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Fiscalidad compra de inmuebles

3 respuestas
Fiscalidad compra de inmuebles
Fiscalidad compra de inmuebles
#1

Fiscalidad compra de inmuebles

Hola...
Tengo unas dudas sobre impuestos y Hacienda....
Soy de Vizcaya....
Si yo compro una segunda vivienda...el precio final de dicha vivienda...q gastos hay q sumarle para calcular el precio total q me costaría? Q porcentaje del precio de venta hay q sumarle a ese precio para calcular el precio total? Un 10%?
Si es un garaje en vez de un piso...son los mismos gastos?
Una vez comprada dicha segunda vivienda....q pasa al año siguiente en la declaración de la renta? 
#2

Re: Fiscalidad compra de inmuebles

A ver, se dice (o se decía) que los gastos de compra suelen suponer un 10% del precio de venta, pero esa es una estimación rápida, y que por cierto ya no es realista, ahora es bastante mas que el 10%.
Los gastos son todos los necesarios para la adquisición, notario, registro, inmobiliaria, impuestos, etc, y son los mismos independientemente del tipo de inmueble, solo que suelen ser proporcionales al coste de cada uno.
A partir de la compra, una segunda vivienda y cualquier otro inmueble que no sea la vivienda habitual (salvo solares), te genera imputación de rentas si la usas tú o está vacía, o ingresos de alquiler si la alquilas. A declarar en el IRPF

Un saludo

#3

Re: Fiscalidad compra de inmuebles

Hola.
Lo primero, gracias por contestar...
Cuando te refieres a bastante más del 10%... cuanto más? Más o menos...15? 20?
Creo q no todos los inmuebles pagan el mismo IVA...los garajes creo q es el 21%...
Si yo compro una segunda vivienda para vivir en ella...por estar separado tributa igual q si la alquilo o la tengo vacía?
Cuanto tributa en cada caso?
Gracias
#4

Re: Fiscalidad compra de inmuebles

Bueno si, solo la vivienda se beneficia del IVA reducido del 10%, y la plaza de garaje si se compra conjuntamente con ella. En caso de comprarla sola, el IVA es del 21%.

No te puedo decir qué porcentaje sería.
Como digo, toda vivienda que no sea la habitual, o donde vive tu pareja y tus hijos en caso de estar separados, genera imputación de rentas o de alquileres.
La imputación de rentas es un porcentaje del valor catastral, el 1,2% o el 2%, que se suma a tus rendimientos

Un saludo