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Actuación en IRPF - ITP tras venta de vivienda y compra de una nueva

3 respuestas
Actuación en IRPF - ITP tras venta de vivienda y compra de una nueva
Actuación en IRPF - ITP tras venta de vivienda y compra de una nueva
#1

Actuación en IRPF - ITP tras venta de vivienda y compra de una nueva

Hola a todas y todos, gracias de antemano por cualquier orientación. 

Paso a exponer mi caso; a finales del año 2019 vendí la mitad indivisa de una vivienda recibida por herencia y en aquel momento la gente de la API que participó en la venta me dijo que no necesitaba incorporar en el IRPF la cantidad recibida por esa venta si adquiría una nueva por mayor cantidad en los dos años siguientes. 

Hace unos días, a final de año pasado, adquirí una vivienda nueva para uso habitual como pide la norma y contraté los servicios ofrecidos por la notaría para el trámite fiscal, indicándoles este extremo, a lo que me responden que necesitan la constancia de haber presentado la declaración de la cantidad recibida por la vivienda vendida en el IRPF correspondiente al año pasado, y que no haberlo hecho así puede suponer una sanción fiscal para mi. Pero tampoco saben qué hacer en este caso, porque por lo visto nunca se les había presentado algo así. 

Por eso pediría a los miembros del foro ayuda en este caso concreto, si alguien sabe cuál de las dos versiones es cierta, si debía haber presentado IRPF por la cantidad de la venta o no, y en caso de ser la segunda la verdadera, cómo proceder ahora con la presentación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. 

Gracias por su tiempo. Saludos y Feliz Año Nuevo. 

#2

Re: Actuación en IRPF - ITP tras venta de vivienda y compra de una nueva

Primero que nada, debes tener en cuenta que el inmueble vendido en 2019 debía ser tu vivienda habitual y la comprada va a ser tu vivienda habitual.

Por lo demás:

Copia del Manual Renta 2020

 
  1. Reinversión producida en los dos ejercicios siguientes. Cuando el contribuyente tenga la intención de reinvertir en los dos años siguientes deberá hacer constar en la declaración del ejercicio en el que obtenga la ganancia patrimonial su intención de reinvertir en las condiciones y plazos reglamentariamente establecidos, cumplimentando para ello el epígrafe F2 y el apartado correspondiente del Anexo C.1 de información adicional del modelo de la declaración.
La cumplimentación del apartado correspondiente del Anexo C.1, que constituye un deber formal, no tiene, sin embargo, carácter sustancial u obligatorio para poder aplicar la exención por reinversión, siempre que la aplicación de la exención no se desmienta por alguna otra circunstancia de la declaración del mismo ejercicio o de los siguientes.

Véase al respecto la Resolución del TEAC de 8 de septiembre de 2016, en relación con el recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio planteado sobre este tema. 

(Fin de la copia)

Bajo mi punto de vista, si has cumplido con la normativa no te van a sancionar aunque no hayas declarado la primera venta. 

Aunque es muy aconsejable hacerlo. Puedes hacer una rectificación de la declaración del año 2019 declarando la operación para minimizar el riesgo.

Un saludo.




 
#3

Re: Actuación en IRPF - ITP tras venta de vivienda y compra de una nueva

Muchas gracias, así lo haré entonces. Me parece lo más prudente, cruzo los dedos para que no tenga efecto sancionador. 

Saludos. 
#4

Re: Actuación en IRPF - ITP tras venta de vivienda y compra de una nueva

Pero la venta de la vivienda recibida en herencia, no era tu vivienda habitual por lo tanto no hay reinversión que valga.

Tienes que declarar la ganancia en la venta (si la hubo) y nada más