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Notificación de compobación de valores de inmuebles - Herencia

6 respuestas
Notificación de compobación de valores de inmuebles - Herencia
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Notificación de compobación de valores de inmuebles - Herencia
#1

Notificación de compobación de valores de inmuebles - Herencia

Estimados, 

Recurro como siempre a vuestro impagable consejo que tanto me ayuda. 

En este caso hacienda me ha notificado una propuesta de liquidación de comprobación de valores de inmuebles a raíz de la liquidación de Impuesto de sucesiones que hice en Mayo por el fallecimiento de mi madre.

Hacienda me ha hecho una valoración superior en dos de los inmuebles y me gustaría saber que consejos me dais con el fin de que las alegaciones que presente tengan mayores posibilidades de prosperar.

  • Se trata de una casa del pueblo muy antigua con finca que valoré como vivienda rural y me la han valorado como uso de vivienda en edificio unifamiliar. En el 2007 se le arregló el tejado y ventanas, pero por dentro está fatal. 
  • y de una oficina en un primero que me valoran como vivienda al estar así erróneamente en el catastro dado que no dispone de cocina, extracción de humos, etc.

La notificación le ha venido a mi padre el jueves pasado e intuyo que a mí me llegará esta semana dado la valoración de bienes es común. Dan 10 días para alegar. 

Saludos,

#2

Re: Notificación de compobación de valores de inmuebles - Herencia

La comprobación de valores es un clásico en este foro. Si buscas encontrarás muchos hilos, algunos muy jugosos con sentencias y todo.
Para empezar, puedes alegar falta de motivación en su valoración.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Notificación de compobación de valores de inmuebles - Herencia

Hola.

Si han empleado para la comprobación el art. 57.1.b) LGT  (Estimación por referencia a los valores que figuren en los registros oficiales de carácter fiscal) la Administración lo tiene muy complicado.

Ese método de comprobación (desde SSTS de 2018)  está fuera de lugar puesto que se exige una visita de perito que tenga en cuenta la individualización de valor de los inmuebles.

Esta página es muy buena:
https://www.liquidacionescomplementarias.es/

Suerte!!
#4

Re: Notificación de compobación de valores de inmuebles - Herencia

Gracias Juan, ya veo que no había buscado por las palabras correctas y hay bastante información  ... estoy leyendo a ver que saco en claro ...
#5

Re: Notificación de compobación de valores de inmuebles - Herencia

De acuerdo buenavista, muchas gracias por tu aportación y por el enlace. 
#6

Re: Notificación de compobación de valores de inmuebles - Herencia

Actualizo información: 
 
Están usando para la comprobación el artículo 57.1.c) LGT  (estimación por precios medios de mercado) 

La falta de motivación por parte de la administración al usar este método de comprobación por precios medios de mercado creo que es más complicada de demostrar porque además están incluyendo un dossier con las tablas que están usando y las parametrizaciones en función de la ubicación, uso que aparece registrado en el catastro, calidades, antigüedad / estado de conservación, etc. 

Mis alegaciones las estoy centrando en los parámetros con los que están haciendo la valoración más que en discutir si el método es legal o no: uso, calidad y estado de conservación / antigüedad, acompañado de fotos que ilustren las alegaciones. 

  • En el caso de la casa del pueblo me centro en defender la calidad baja que ellos valoran como media (sólo tiene un baño y no tiene calefacción) y el estado de conservación ya que necesita reformas importantes todo ellos ilustrado con fotos. 
  • En el caso del la oficina que está en un primero y valoran como vivienda me estoy centrando en el uso que aparece incorrectamente reflejado en el catastro (aparece como vivienda en  vez de local), para lo que adjunto las escrituras. 

Cualquier opinión al respecto es bienvenida. 

Saludos, 
#7

Re: Notificación de compobación de valores de inmuebles - Herencia

La falta de motivación no hay que demostrarla, es una evidencia cuando no la hay.

Ignoro qué tablas son esas que utilizan, quién las ha aprobado, etc, pero si nadie ha visto la vivienda, no hay manera de justificar su valor. Es perfectamente posible que se encuentre en estado de ruina y no figure en ninguna tabla, por ejemplo.

Tú no tienes que justificar el valor, son ellos dado que no aceptan la valoración incluida en el I. de Sucesiones.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.