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Residente en mexico notificacion a hacienda

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Residente en mexico notificacion a hacienda
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Residente en mexico notificacion a hacienda
#1

Residente en mexico notificacion a hacienda

hola, buenas

Yo soy español, pero desde julio vivo y soy residente en mexico (ya estoy dado de alta en el consulado). En este año, probablemente  vaya a estar mas de 183 dias  en españa (si voy en diciembre cumpliria 190 dias). En caso contrario permaneceria menos de 183  dias en españa.  A partir del año que viene, casi todo el tiempo permanecere en mexico, y si voy a españa sera circunstancial.

Tengo que comunicar a hacienda esta circunstancia ?,  que formulario debo cumplimentar ?   De cara a la declaracion de renta del año que viene, tengo que hacerla ?

agradezco la ayuda
#2

Re: Residente en mexico notificacion a hacienda

Comienzo diciéndote que debes consultar a un asesor fiscal o bien te informen debidamente en el consulado.

Dicho ésto, yo (como no profesional) puedo ofrecerte información que conozco e interpretar el tema como yo considero correcto (pero que puedo equivocarme o la información pudiere se incompleta o pueda haber cambiado; porque el tema fiscal está continuamente cambiando, vale...).

Conviene distinguir entre residencia habitual (lo de los 183 días a las que haces mención) y residencia fiscal.

Para darnos de baja como residencia habitual en España, lo que hacemos es:
Darnos de baja en el Ayuntamiento (baja de empadronamiento) de nuestra primera residencia, la cual es requerida por el nuevo Ayuntamieno en Mexico para realizar el alta de  empadronamiento (nueva residencia).
Con el alta de empadronamiento en mexico, podrás darte de alta en el Consulado español en Mexico. Imagino que éste ha sido el procedimiento que ya has realizado, o al menos algo similar.

La residencia fiscal; que nos dice hacienda al respecto:
La residencia fiscal se determina por años naturales completos. Por ejemplo, cuando el cambio de la residencia habitual se haya producido en el primer semestre del año, y no haya permanecido más de 183 días en España, la fecha de efectos del cambio de residencia fiscal a un tercer país será el uno de enero de ese mismo año 01/01/AAAA. Si ha permanecido más 183 días en España antes del cambio de residencia habitual a un tercer país la fecha de efectos del cambio a no residente en España sería el uno de enero de año siguiente 01/01/AAAA+1.
Es decir, ara darse debaja en Hacienda deberemos/deberíamos rellenar el Modelo 030 para indicar a Hacienda el cambio de residencia fiscal. Tanto el de uno mismo como la de tu mujer, si estuvieses casado. Conviene leer el texto de las instrucciones para rellenar el impreso.

Por otra parte, y dependiendo de la actividad profesional que hayas tenido en España, pueda que tengas que darte de baja rellenando los modelos de impreso 036 o 337.


Otras causas de baja en el Censo de Obligados Tributarios

Son aquellas que se producen cuando las personas jurídicas o entidades que no tengan la condición de empresarios o profesionales, ni satisfagan rendimientos sujetos a retención o ingreso a cuenta, y que hubieran solicitado la asignación de un NIF, se extingan. O también cuando se produzca el cierre del establecimiento permanente de no residente, entre otros casos.

Resumiendo mi opinión (como no-experto), y basándome en la información expuesta:
1. Rellenar el impreso 030 en el que tienes que rellenar solo las casillas oportunas, y tu mismo pones el dato que consideras oportuno (a partir del 01.01.xxx o el otro). Si Hacienda no te obliga a justificación del dato expuesto, no tienes que justificar nada ante Hacienda. Pero si Hacienda te exigiera la justificación fehaciente, lo que no creo ni espero, más vale que no tengas que hacerlo mediante justificación fehaciente de cada uno de los días que pretendes justificar, porque sería una batalla dificil de justificar fehacientemente.
Un documento que considero fehaciente frente a Hacienda, sería el empadronamiento en el consulado, y creo (es mi opinión, imaginación), que deberías usar esa fecha como de nueva residencia en Mexico, y si son más de 183 días, rellenar la casilla en el 030 respectivamente. En caso de que Hacienda te exija algo, les puedes presentar un documento fácil desde cuando resides en Mexico que te lo admitirán sin problemas.

Y me despido como he iniciado éste mensaje:
debes consultar a un asesor fiscal o bien te informen debidamente en el consulado.

Salidos cordiales,
Valentin

"Be great at what you do"...Talmud www.rankia.com/6128763 http://bit.ly/2wDbccQ