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Normativa antiaplicación dos meses

1 respuesta
Normativa antiaplicación dos meses
Normativa antiaplicación dos meses
#1

Normativa antiaplicación dos meses

Hola, tengo unas minusvalías pendientes de aplicar (integración diferida de otros años, por incumplir regla dos meses). Siempre he entendido que dicha norma de los dos meses se refiere a meses naturales, y que los años fiscales no influyen. Pongamos que vendo con plusvalías el 31 de diciembre de 2021, y que no recomprara nada en los dos meses posteriores de 2022 (pero sería año fiscal diferente), ¿puedo, verdad, aplicarme dichas minusvalías, en el ejercicio de 2021, no? 

Porque entiendo que sino no tendría lógica ninguna ya que para imputar perdidas pendientes todo el mundo tendría que vender a finales de septiembre para evitar incumplir la norma de dos meses. 

#2

Re: Normativa antiaplicación dos meses

Buenas noches:

Las plusvalías que citas no necesitan tiempo para su aplicación. Es instantánea dicha aplicación.

Saludos.