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Venta inmueble

6 respuestas
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#1

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Buenas noches, en el año 1988 compre terreno en una urbanizacion y en el año 2014 realice escritura de obra nueva.en el año 2020 he vendido .el recibo de contribucion tiene un valor catastral de 173904,40€ y un valor de la construccion  de 51706,02€.AL precio de venta que valor le doy al suelo y cual a la construccion? Muchas gracias.
#2

Re: Venta inmueble

????
Valor de adquisición del suelo, el que pagaste en 1988, según escrituras.
Valor de adquisición de la construcción, el que pagaste al constructor, según facturas.
Esos dos valores y fechas son los que debes usar para el IRPF para calcular y determinar la posible ganancia patrimonial.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Venta inmueble

Entiendo q al tener dos fechas de adquisición, y dos valores de adquisición, debo declarar la venta en dos veces, y si es así la duda es si el valor de venta lo debo prorratear? En que proporción? 
#4

Re: Venta inmueble

Lo  lógico sería que prorratearas el precio de venta en relación a los valores de adquisición acreditados.
Por ejemplo, si por escritura el suelo te costó 5.000.000 pts (30.000 €), y por facturas la construcción te costó 90.000 €, coste total 120.000 €, yo lo que haría es prorratear el precio de venta en 25 % y 75 %.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Venta inmueble

Gracias
#6

Re: Venta inmueble

Otra opción es seguir la misma proporción que el catastro (suelo-construcción), de hecho creo que es menos discutible y la aceptarán sin cuestionarla. Claro que probablemente te saldrá peor a nivel del incremento de patrimonio.
También se podría utilizar un valor de tasación, si lo hay.

Un saludo

#7

Re: Venta inmueble

Muchas gracias.