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Reducción Parcial Pensión Pública previsto en la D. T. SEGUNDA LEY 35/2006 DE 28 DE NOVIEMBRE DEL IRPF

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Reducción Parcial Pensión Pública previsto en la D. T. SEGUNDA LEY 35/2006 DE 28 DE NOVIEMBRE DEL IRPF
Reducción Parcial Pensión Pública previsto en la D. T. SEGUNDA LEY 35/2006 DE 28 DE NOVIEMBRE DEL IRPF
#1

Reducción Parcial Pensión Pública previsto en la D. T. SEGUNDA LEY 35/2006 DE 28 DE NOVIEMBRE DEL IRPF

Quisiera saber en que casilla de la declaración del IRPF hay que indicar la reducción parcial del la Pensión Pública previsto en la D.T. Segunda Ley 35/2006 de 28 de noviembre del IRPF,  en base a las cotizaciones a la Mutualidad Laboral de Banca anteriores a 1967,  que ha sido estimado por el TEAR.
Por otra parte, tengo que aplicar dicha deducción en dos ejercicios anteriores 2018 y 2019. Quisiera saber como practicar las reliquidaciones del IRPF, si es haciendo una complementaria por cada año, o mediante escrito a la Agencia Tributaria.
Estoy esperando a que la Agencia Tributaria liquide dicha deducción de los Ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017 después de ser estimados por el TEAR.
Muchas gracias.


#2

Re: Reducción Parcial Pensión Pública previsto en la D. T. SEGUNDA LEY 35/2006 DE 28 DE NOVIEMBRE DEL IRPF

Tienes que poner la cantidad reducida.
Por ejemplo tienes una pension de 38000 euros y te correpsonde segun la sentencia una reduccion de 2300, pues en lugar de declarar en ingresos 38000 tienes que poner 35700.
En ningun sitio se informa la reduccion.
#3

Re: Reducción Parcial Pensión Pública previsto en la D. T. SEGUNDA LEY 35/2006 DE 28 DE NOVIEMBRE DEL IRPF

Muchas gracias.

Me falta por saber cómo reclamar la reducción de los ejercicios 2018 y 2019, si es a través de declaraciones complementarias o mediante escrito a la Agencia Tributaria.

#4

Re: Reducción Parcial Pensión Pública previsto en la D. T. SEGUNDA LEY 35/2006 DE 28 DE NOVIEMBRE DEL IRPF

Yo haria una complementaria
#5

Re: Reducción Parcial Pensión Pública previsto en la D. T. SEGUNDA LEY 35/2006 DE 28 DE NOVIEMBRE DEL IRPF

tienes que solicitar una rectificación, bien por escrito explicando los hechos y entonces en la Agencia Tributaria se encargan de recalcular la declaración, o bien modificas online las declaraciones y adjuntas una explicación. 
Online es el mismo procedimiento que para presentar una complementaria (estrictamente, una complementaria es cuando tú vas a pagar más a Hacienda, y la solicitud de rectificación es cuando vas a solicitar que te devuelvan una cantidad).