#1
Necesitaria unas aclaraciones para la renta
Hola mirar ya puse un mensaje y se me respondio.
Pues bien, por otros motivos que no vienen a cuento os dire que el criterio que me dio una persona de la Agencia Tributaria no la entiendo bien.
Pareja que convive con hijos (19 y 16 años en 2020), no estan casados ni inscritos como pareja de hecho.
En el 2020, para junio deciden llevar vidas separadas y no hacen ningun papel judicial para los alimentos para los hijos en comun, aun así quedan de acuerdo en que ella sera la que los tendra y el pagara una pension de alimentos.
Yo entendía que como a fecha 31 de diciembre la situación es que los hijos ya no vivian con el padre, pues entonces ella se los podía deducir por entero.
El como no existe papel judicial, no puede poner lo que les pasa por alimentos a los hijos.
Pues bien esta persona, me comenta que ella se puede aplicar la deduccion de familia monoparental.
Pero solo el 50% de los hijos ya que al no haber auto judicial se entiende que es custodia compartida y se los deben quitar al 50%.
Aqui es mi primera extrañeza, yo antes habia entendido que en la custodia compartida solo uno se lo podía quitar y ponerselo solo uno de ellos, por lo tanto estoy descuadrado.
Luego lo del 50% de los hijos es porque existe dependencia economica y no lo entiendo, mas que nada porque no se puede poner la pension de alimentos a los hijos al no existir auto judicial.
Desde mi punto yo creia que lo normal sería, además ya lo había pensado ellos también así, que la madre se los quitaba enteros y el padre nada (este año ya tendra auto judicial de la pension de alimentos).
Que pensais, la verdad es que no entiendo mucho como puede ser esto así.
Saludos
Pues bien, por otros motivos que no vienen a cuento os dire que el criterio que me dio una persona de la Agencia Tributaria no la entiendo bien.
Pareja que convive con hijos (19 y 16 años en 2020), no estan casados ni inscritos como pareja de hecho.
En el 2020, para junio deciden llevar vidas separadas y no hacen ningun papel judicial para los alimentos para los hijos en comun, aun así quedan de acuerdo en que ella sera la que los tendra y el pagara una pension de alimentos.
Yo entendía que como a fecha 31 de diciembre la situación es que los hijos ya no vivian con el padre, pues entonces ella se los podía deducir por entero.
El como no existe papel judicial, no puede poner lo que les pasa por alimentos a los hijos.
Pues bien esta persona, me comenta que ella se puede aplicar la deduccion de familia monoparental.
Pero solo el 50% de los hijos ya que al no haber auto judicial se entiende que es custodia compartida y se los deben quitar al 50%.
Aqui es mi primera extrañeza, yo antes habia entendido que en la custodia compartida solo uno se lo podía quitar y ponerselo solo uno de ellos, por lo tanto estoy descuadrado.
Luego lo del 50% de los hijos es porque existe dependencia economica y no lo entiendo, mas que nada porque no se puede poner la pension de alimentos a los hijos al no existir auto judicial.
Desde mi punto yo creia que lo normal sería, además ya lo había pensado ellos también así, que la madre se los quitaba enteros y el padre nada (este año ya tendra auto judicial de la pension de alimentos).
Que pensais, la verdad es que no entiendo mucho como puede ser esto así.
Saludos