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Declaración de Renta.Venta de vivienda heredada en 2 fechas distantes

6 respuestas
Declaración de Renta.Venta de vivienda heredada en 2 fechas distantes
Declaración de Renta.Venta de vivienda heredada en 2 fechas distantes
#1

Declaración de Renta.Venta de vivienda heredada en 2 fechas distantes

Hola, se trata de venta de piso heredado en 2 fechas y cómo reflejarlo en la Declaración de REnta.

1997 ACEPTACIÓN de herencia del 16,66% de vivienda por fallecimiento de mi madre en 1985 (somos 3 hermanos). En este piso viví hasta el año 1995 aprox.
2020 ACEPTACIÓN de herencia del 16,66% de vivienda por fallecimiento de mi padre en 2019.

En el mismo acto del 2020 VENDO mi parte (16,66+16,66= 33,33%)  a uno de mis hermanos (lo mismo hace el tercer hermano). En las escrituras se pone el precio de venta de la vivienda (el 100%) a precio de mercado 150.000 euros.

En la declaración de Renta supongo que tengo que tratarlo como 2 ventas, ya que he aceptado la herencia en 2 años diferentes y el valor de Adquisión será diferente:
-  En el caso de la Venta de mi 16,66% de la parte aceptada el año 2019 no hay problema, pues se puso la venta a precio de mercado con lo que no hay beneficio ni pérdida.
- En el caso de la Venta de mi 16,66% de la parte aceptada en 1997 del fallecimiento de mi madre en 1985 no sé como calcular el precio de Adquisición (para restarlo al precio recibido por la Venta ((150.000/3)/2). Hay unos coeficientes correctores, pero.. sobre qué precio?. O, lo planteo mal todo?


Muchas gracias
#2

Re: Declaración de Renta.Venta de vivienda heredada en 2 fechas distantes

Tienes que tratarlo como una sola venta. El valor de adquisición será la suma de los valores de adquisición de cada una de las partes que has heredado.

El valor de transmisión es fácil: lo que has cobrado con la venta menos los gastos que has tenido que hacer para venderlo (plusvalía, notario, etc...)
El valor de adquisición de lo heredado en 2019 es el valor que aparece en la escritura más los gastos.
En el caso de la herencia de 1985, al valor que aparezca en la escritura de aceptación tendrás que aplicar las reducciones que correspondan a la ganancia entre 1985 y 1994
#3

Re: Declaración de Renta.Venta de vivienda heredada en 2 fechas distantes

La escritura de aceptación del fallecimiento de 1985 se hizo en 1997. ¿Qué significa "aplicar las reduciones que correspondan a la ganancia entre 1985 y 1997?.

Luego, no tengo aún la Escritura de 1997 pero si han puesto el valor  catastral  para pagar en su momento menos, entiendo que podría buscar el valor de mercado  para que figure una cantidad mayor en la Declaración de Renta? Donde lo consigo para una vivienda en una localidad concreta? Y, valor de mercado de 1985 o 1997?
Gracias,
#4

Re: Declaración de Renta.Venta de vivienda heredada en 2 fechas distantes

Hay un error, donde puse 1994 quería decir 2006, que es el año en que se dejan de aplicar coeficientes de abatimiento sobre los bienes adquiridos antes de 1994. 

El valor de adquisición no lo puedes modificar, es el que aparece en la escritura de aceptación de herencia.
#5

Re: Declaración de Renta.Venta de vivienda heredada en 2 fechas distantes

 
No le veo el sentido a esto. 
Si acepto herencia y no hubiera hecho extinción de condominio no pagaría a Hacienda a pesar de mi incremento patrimonial. 
Pero después de aceptar mi herencia del 16,66%  y hacer la extinción de condominio (adquiriendo mi 33% el otro titular y recibiendo 50.000 euros)....a precio de mercado (150.000 euros se valora el piso entero).. no tiene sentido ir a buscar a cuanto se valoró la vivienda en 1997 cuando acepté el 16,66% (se valoró en 13.000 euros todo el piso) y además yo no he sido ni usufructuario de dicha vivienda de 1997 a 2020, vivía mi hermano y mi padre.

Quiero decir que, si hiciera una 'Venta' sí veo sentido a cuanto era el valor de adquisición en el 2020 y en el 1997, pero si és una 'extición de condominio' és una división de algo común y no existe alteración del patrimonio (salvo exceso de Adjudicación de mi hermano).  El inmueble se adjudicó según la cuota de titularidad (16,66% y 16,66 % cada hermano), y no tendría que haber alteración patrimonial aunque el valor a la fecha de extinción del condominio fuese superior al de la fecha de adquisición.





#6

Re: Declaración de Renta.Venta de vivienda heredada en 2 fechas distantes

Sí que hay incremento patrimonial. Tú ahora has vendido tu parte del condominio por una cantidad de dinero superior al valor que tenía cuando se creó. 
Por otra parte, si has heredado la plena propiedad, aunque no hayas vivido en el piso sí que eres usufructuario.
#7

Re: Declaración de Renta.Venta de vivienda heredada en 2 fechas distantes

Hay que declarar en IRPF por existir "una alteración en la composición" de tu patrimonio. Tenías ladrillo, en copropiedad, y dejas de tener ladrillo y pasas a tener dinero.
El importe de transmisión es sencillo: 50.000 € (menos IIVTNU, en el caso).
Los valores de adquisición son los que se hayan declarado, o hubiese habido que declarar en 1985 y 2019.
En caso de no constar dicho dato, hacienda acepta como valor razonable el valor catastral en aquella fecha.
Las fechas de referencia de adquisición son las respectivas de los fallecimientos, que es cuando jurídicamente adquieres la propiedad (que no la posesión, ya que eso depende de la escritura de aceptación).
A la parte de ganancia patrimonial procedente de la primera mitad de tu tercio de vivienda (la parte de tu madre), se le deben aplicar coeficientes de abatimiento 

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!