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Cerrar cuenta británica (solo 1 de 2) Modelo 720

3 respuestas
Cerrar cuenta británica (solo 1 de 2) Modelo 720
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Cerrar cuenta británica (solo 1 de 2) Modelo 720
#1

Cerrar cuenta británica (solo 1 de 2) Modelo 720

Hola, tengo una pregunta que quizás podáis responderme. 
Ahí va: declaré en el modelo 720 (declaraciones informativas por suma de bienes en el extranjero de más de 50000€) de AEAT, dos cuentas en banco extranjero (británico) por obligación fiscal (en una, la de ahorro, tenía 75.000€, en la otra, la corriente, 5000€ (en libras al cambio de cotización), fue en 2018. 
He cerrado la cuenta de ahorro hace unos días (2020) y transferido el dinero a España, la cuenta corriente sigue abierta en el banco británico con 10000€ (en libras al cambio de cotización). Tengo claro que ahora hay una obligación fiscal de presentar (enero/marzo) en 2021 el modelo 720 declarando el cese de titularidad y cierre de ésta cuenta, la de ahorro, que está a 0€.
La pregunta es: en 2018 fue en una sola declaración, en un solo formulario 720, con 2 registros de dos cuentas declaradas (ahorro y corriente) (75000€ + 5000€).
Entonces ¿qué hago con la cuenta que continúa abierta (corriente) con ahora saldo de 10000€, si sólo hay obligación de declararlo cuando ha aumentado en más de 20000€ o ya no se es titular. Solo cierro una de las cuentas (ahorro) y (la corriente) no hay aumento de 20000€ ¿Debo de declarar los dos registros como la primera vez? Uno para cada cuenta (uno a 0€ Cuenta cerrada y otro a 10000€ Cuenta mantenida) o sólo un registro, el obligado fiscal con la cuenta extranjera a 0€. No sé si me he explicado bien, he telefoneado a Hacienda, no han dado respuesta y en sus “preguntas frecuentes’ no consta mi caso. 
Las multas por errores son astronómicas. 
Gracias por vuestro tiempo.
 Un saludo.
#2

Re: Cerrar cuenta británica (solo 1 de 2) Modelo 720

Hola, declaras la cuenta extinta. Como al rellenar el modelo importarás el archivo de la declaración anterior( te aparece esta opción al entrar, tras indicar el certificado), pues entonces al aparecer TODO lo que declaraste el año anterior o sea, tus dos cuentas, clicas sobre una y actualizas de A a C, o sea, bien cancelado, pones la fecha y el saldo. Y pasas a actualizar la otra cuenta, de A, a M, porque no es la primera vez que la declaras, aunque la subida de saldo  de dicha cuenta por sí sola ( sin la cancelación de la otra) no hubiera necesitado de informar a Hacienda.
 Imagina que además de haber cancelado una, hubieras abierto otra: la nueva la pondrías como A ( un nuevo bien), y las otras dos, pues como M ( bienes ya declarados anteriormente). Si no les pones M y los dejas como A,  hacienda estará viendo  que tienes 3 cuentas nuevas.
Yo he tenido y tengo dudas, y he ido varias veces a Hacienda, y no me han sabido dar respuesta, entre otras cosas, porque la normativa es en algunos puntos muy laxa, o quizá esté hecha así para recaudar. La normativa que se aplica es ¿Cuáles son los criterios para tener correctamente registrados en la contabilidad los bienes y derechos en el extranjero? - Agencia Tributaria 


#3

Re: Cerrar cuenta británica (solo 1 de 2) Modelo 720

¿Para cuentas declaradas en 2018 y cerradas en 2020, hay que hacer una nueva declaración en 2021 incluyendo TODO lo declarado en 2018 e indicar las cuentas como cerradas?   O hay que modificar solo las cuentas en la declaración de 2018?   Gracias
#4

Re: Cerrar cuenta británica (solo 1 de 2) Modelo 720

Yo entiendo que si has de rellenar el modelo de nuevo por cancelación de una o varias cuentas, el resto de ellas han de actualizarse, aunque la variación no hubiera sido motivo por sí misma para declarar de nuevo. La idea es hacer una foto de tus bienes en el extranjero a fecha 31 de diciembre, con bienes cancelados ese año ( C) y otros ya declarados anteriormente (M) que no han sufrido variación, o ha sido mínima.
No obstante lo dicho, me queda una duda: si en le caso de antes, además se hubiera abierto una nueva cuenta con menos de 20000€, ¿ habría que declararla? 
Francamente, la normativa parece creada para hacer interpretaciones.
 Eso sí, no creo que hacienda sancione a un contribuyente por decir en la  declaración 720, toda la verdad, y nada más que la verdad.