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Impuesto de Sucesiones Complicado en Andalucía

20 respuestas
Impuesto de Sucesiones Complicado en Andalucía
Impuesto de Sucesiones Complicado en Andalucía
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#1

Impuesto de Sucesiones Complicado en Andalucía

En el 2013 falleció mi padre con testamento. En su dia se realizó la Escritura de Herencia con la Liquidación de los Gananciales ( ya que el esposa vivía ), junto con adjudicación del Cuaderno Particional.
 En el 2013 se realizó el impuesto de sucesiones correspondiente, sin embargo, no se ha podido ejecutar dicha escritura de herencia ni cancelar las cuentas ni inscribir los inmuebles por la oposición frontal de un hermano que es legatario (Ya que recibió  sólo la legítima)

Ahora en el 2020 ha muerto mi madre, y no sabemos como realizar el Impuesto sobre Sucesiones.
 ¿ Que datos tenemos que introducir en el Impuesto de Sucesiones ?. 

- Los datos que aparecen actualmente en las cuentas ( 2 Titulares madre y padre y 1 de ellos fallecido en 2013 ), los datos en el Registro de la Propiedad ( con los 2 titulares actuales, padre y madre ), etc. Es decir sin tener en cuenta la Escritura de Herencia del 2013.

- Los datos reales que corresponderían con la adjudicación de Herencia del 2013. 

Si el correcto fuera la segunda opción (con los datos de la adjudicación de herencia 2013), como lo justificaríamos ante la Administración de Hacienda de la Junta de Andalucía esos datos.?

Muy agradecido por vuestros comentarios



#2

Re: Impuesto de Sucesiones Complicado en Andalucía

Exactamente igual que si se hubiera ejecutado, que por cierto, no tengo claro que no se haya hecho, lo que veo es que no se ha repartido el dinero ni se han inscrito los bienes, pero adjudicarse en teoría si parece haberse hecho. No entiendo parte de lo que dices puesto que una vez hecha la escritura, ya poco se puede oponer nadie. Algo falta en este asunto.

En cualquier caso, lo que hay que hacer ahora es declarar la mitad de los bienes como pertenecientes a tu madre y ya está, para justificar, vale la escritura esa que dices de liquidación de gananciales (y las de adquisición original, las mismas que se presentaron para tu padre).
Lo único que podría tener cierta discusión es el saldo en cuentas, que te pueden decir que ahora era todo de tu madre e incluirlo al 100%.

Un saludo

#3

Re: Impuesto de Sucesiones Complicado en Andalucía

Amplio la información de por qué no se ha ejecutado la escritura de mi padre.
Mi hermano (el que se opone frontalmente) al no ser heredero y sí legatario, no fue requerido por el Notario en su día para participar en la Escritura de Herencia, ya que mi padre en su testamento explicitó que recibiría la Legitima en efectivo.
Este hecho de no ser requerido por el Notario para participar de la Escritura de Herencia- Disolución de Gananciales y Reparto del Cuaderno Particional, es el que argumenta mi hermano para que no se ejecute la Herencia.
Nosotros hemos intentado ejecutarla pero estamos en pleitos en los  juzgados sobre ese tema, y tanto en el Registro de la Propiedad como en las Entidades Bancarias no ejecutan la Escritura de Herencia de mi padre por esta desavenencia.
Ahora nos encontramos con este dilema de cómo realizar el Impuesto sobre Sucesiones con la muerte de mi madre, con el agravante que los saldos en las cuentas son diferentes a los que se adjudicaron en la Escritura de Herencia de mi padre, ya que mi madre se gastó parte del dinero que le correspondía de la herencia, porque era totalmente dependiente y lo necesitaba.
#4

Re: Impuesto de Sucesiones Complicado en Andalucía

Ok, pero me reafirmo en que se liquida sucesiones como si se hubiera hecho. 
Repito, la discusión puede estar en los saldos bancarios, si no influye mucho, se declaran al 100% de la viuda y ya está, por declarar de mas nunca se han quejado en Hacienda.
Si influye, calculad que importe debería declararse como propio de la viuda, a ver si cuela.

Un saludo

#5

Re: Impuesto de Sucesiones Complicado en Andalucía

Muchas gracias por la contestaciones leopol72. 

Sus respuestas nos están aclarando grandemente las dudas que tenemos.

Vemos muy correcto que en cuanto a la imputación de los Inmuebles lo hagamos según la Escritura de Herencia, presentando la misma en el Impuesto sobre sucesiones.

En cuanto a las Cuentas Bancarias nosotros (el resto de los hermanos salvo el litigante) pensamos que podríamos hacer sobre los saldos bancarios lo siguiente:

Importe del Saldo adjudicado por Herencia. A ese importe le restamos los gastos que ha tenido mi madre, que al ser dependiente se ha tenido que presentar cuentas al Juzgado anualmente y algunas de ellas están aprobadas judicialmente.(otras con el retraso que llevan los Juzgados y ahora con el Covid-19 ya llevan mas retrasos), y ese seria el importe de los bancos que tiene como único titular mi madre.

No se si seria lo correcto.

Muchas gracias por vuestra colaboración

#6

Re: Impuesto de Sucesiones Complicado en Andalucía

Lo que hay que ver es quién ha ido sacando dinero o usándolo, y quién ha ingresado, en su caso.
Voy a poner un ejemplo sencillo a ver si se entiende:

-saldo en fallecimiento de tu padre: 100, adjudicado a tu madre, pongamos 60, (50 por gananciales y 10 por su parte de herencia). Resto teórico para los herederos, 40.
-saldo en fallecimiento de tu madre: 50. Si los herederos no han tocado nada y la disminución de saldo se debe en exclusiva a tu madre, se podría defender que de ese saldo solo le corresponde a tu madre 10, que serían los que se declararían en el impuesto.
Todo eso si se puede demostrar con los movimientos bancarios, si no,  no colará

Un saludo

#7

Re: Impuesto de Sucesiones Complicado en Andalucía

Creo que tu hermano, aunque sólo le corresponda la legítima estricta,  es heredero no un mero legatario. En consecuencia, me temo que el documento notarial no tiene validez hasta que él estampe su firma, salvo que haya un contador partidor que, supongo que no es el caso. 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#8

Re: Impuesto de Sucesiones Complicado en Andalucía

En las Cuentas Bancarias solo se han realizado pagos e ingresos  correspondientes sólo de mi madre.
Creo una forma de demostrarlos serian aparte de todos los movimientos seria con la Presentación de Cuentas Anuales del Juzgado.

Muchas gracias por tus respuestas leopol72.
#9

Re: Impuesto de Sucesiones Complicado en Andalucía

Ese tema lo hemos consultado a un abogado y nos dice que una cosa es un heredero y otra cosa es un legatario. Y la Ley NO obliga a un legatario a estar presente en el cuaderno particional, ni a participar de la elaboración del mismo (de todas formas el testamento dejaba la legitima y esta obligaba a que se pagara en efectivo), sino a comunicárselo a posteriori, cosa que se le notificó vía notarial a mi hermano, el resto de mis hermanos firmamos la escritura de herencia
#10

Re: Impuesto de Sucesiones Complicado en Andalucía

Estoy de acuerdo en que no es lo mismo un heredero que un legatario, aunque puede suceder que alguien sea las dos cosas. 
Lo que yo digo es que tu hermano, por el mero hecho de ser hijo del fallecido, es heredero, concretamente heredero forzoso o sea que nadie le puede quitar esa condición. Esto es lo que dice el Código Civil:
 
Artículo 806.
Legítima es la porción de bienes de que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos.
Artículo 807.
Son herederos forzosos:
Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
  1. A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
  2. El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código.
 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#11

Re: Impuesto de Sucesiones Complicado en Andalucía

Tal vez tengas razón, y yo no se explicarme bien con tantos tecnicismos, y a lo mejor mi hermano es heredero legatario.
Lo que si se es que al ser legatario no tenia porqué estar para la Escritura de Herencia, ni para realizar el Cuaderno Particional y máxime cuando el legado se especificaba en el testamento que lo tenía que recibir en efectivo metálico, y que solo había obligación de comunicárselo a posteriori.
Por lo menos eso es lo que nos dijo el abogado y nos dijeron en la Notaría.

 Muchas gracias por tu información Juan Lackland 
#12

Re: Impuesto de Sucesiones Complicado en Andalucía

Vuelvo a decir que tu hermano es heredero forzoso con todos los derechos que ello implica y sin que se vean mermados por tener que recibir la legítima en efectivo.
Como heredero, a falta de contador partidor, tiene el mismo derecho que los demás en relación con el cuaderno particional, entre otras cosas porque tiene que verificar si se está respetando su legítima a la hora del inventario y avalúo.
Si el "cuaderno particional" que mencionas realmente lo fuera, tanto el registrador como los bancos lo ejecutarían sin más. Por mucho que se opusiera tu hermano, tendría que ir a los tribunales porque el cuaderno particional vincula a todos y es totalmente ejecutivo. El vuestro no lo es porque falta una firma imprescindible.
Todo ello a falta de que se pronuncien los tribunales, dado que el asunto está en ese ámbito.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#13

Re: Impuesto de Sucesiones Complicado en Andalucía

Coincido con Juan en que creo que tu hermano no es un mero legatario sino un heredero forzoso y debía estar en la firma de la escritura, lo que me parece raro es que el notario lo haya dado por bueno sin estar, quizás haya algún detalle que se nos escapa. No me extraña que el asunto esté en los tribunales.
En cualquier caso, mientras no se anulen o modifiquen los testamentos, son válidos para liquidar el impuesto, por lo que hay que seguir igual y liquidar tal cual dice el testamento en ambas herencias.

Un saludo

#14

Re: Impuesto de Sucesiones Complicado en Andalucía

Muchas gracias Juan Lackland por todas tus aclaraciones.
Entonces como realizamos el Impuesto sobre Sucesiones, según la Escritura de Herencia o con los Titulares que hay actualmente en el Registro de la Propiedad y los titulares de las cuentas actuales de los bancos. Esa es el gran dilema que tenemos que no sabemos que hacer para cumplir con la presentación del Impuesto sobre Sucesiones.
#15

Re: Impuesto de Sucesiones Complicado en Andalucía

Muchas gracias leopol72 por todas tus aclaraciones.
Entonces como realizamos el Impuesto sobre Sucesiones, según la Escritura de Herencia o con los Titulares que hay actualmente en el Registro de la Propiedad y los titulares de las cuentas actuales de los bancos. Esa es el gran dilema que tenemos que no sabemos que hacer para cumplir con la presentación del Impuesto sobre Sucesiones.
La escritura de Herencia no ha sido anulada en ningún momento, y además según nos dice nuestro abogado el plazo para anularla ya ha prescrito.
Que hacemos seguimos sin tener nada claro como presentar el Impuesto sobre Sucesiones.