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Obligación de declarar?

9 respuestas
Obligación de declarar?
Obligación de declarar?
#1

Obligación de declarar?

Una persona que solo y exclusivamente tiene RENTAS INMOBILIARIAS IMPUTADAS por valor de 1200 euros, tiene obligación de declarar?
#2

Re: Obligación de declarar?

Si esta obligado a presentar declaración al superar los 1.000 euros en este tipo de rentas, otra cosa es que le resulte positiva a pagar.
Saludos
#3

Re: Obligación de declarar?

 Ok, así lo entendía yo, pero en el cuadro explicativo del Manual de rentas, establece dichos limites, y además establece una segunda regla, aplicable cuando por la primera regla SI hay obligación de declarar.

En esta segunda regla, establece no pasar de 1000 euros en R.del trabajo, R.capital mobiliario e inmobiliario, de actividades economicas, y ganancias patrimoniales.

Y en el comentario a esa segunda regla, especifica QUE AHÍ NO SE TIENEN EN CUENTA LAS RENTAS INMOBILIARIAS IMPUTADAS, y es eso lo que me queda descolocado. 
#4

Re: Obligación de declarar?

Esta cuestión, aunque evidentemente con eso saldría 0 en esta renta, la pregunto porque una persona discapacitada tiene dichos rendimientos, pero nunca hizo renta, y su madre nunca la incluyo en su renta. Ahora se van a pedir rectificativa de las rentas de su madre desde 2015, y además se va a incluir la deducción por descendientes con discapacidad.

La cuestión es que hay que valorar que dicha hija discapacitada, tenga o no obligación de declarar, y en su caso contar con las sanciones que esto supone, y por otro lado, ver que  en caso de tener obligación de declarar, no supere los 1800 netos, ya que en ese caso, ni podría aplicarse los minimos por descendientes, ni la deducción por descendiente con discapacidad.
#5

Re: Obligación de declarar?

la ley del IRPF establece en el artículo 96 por defecto la obligación de declarar.
Y luego lista una serie de casos en los que NO es obligatorio. 
¿cumple que las rentas imputadas son menores de 1.000 euros? NO, por tanto se mantiene la obligación.
¿cumple que los ingresos provienen exclusivamente de  rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales? no, por tanto, no se puede aplicar este límite de 1.000 euros y se mantiene la obligación.



 
Artículo 96. Obligación de declarar. 
1. Los contribuyentes estarán obligados a presentar y suscribir declaración por este Impuesto, con los límites y condiciones que reglamentariamente se establezcan. 

2. No obstante, no tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan rentas procedentes exclusivamente de las siguientes fuentes, en tributación individual o conjunta: 
a) Rendimientos íntegros del trabajo, con el límite de 22.000 euros anuales. 


b) Rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales. 


Lo dispuesto en esta letra no será de aplicación respecto de las ganancias patrimoniales procedentes de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva en las que la base de retención, conforme a lo que se establezca reglamentariamente, no proceda determinarla por la cuantía a integrar en la base imponible. 


c) Rentas inmobiliarias imputadas en virtud del artículo 85 de esta Ley, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales. 


En ningún caso tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros. 

#6

Re: Obligación de declarar?

la madre tendrá que pedir la rectificación de sus declaraciones, y si la Agencia Tributaria le diera por sancionar a la hija por no haber presentado la suya, cosa que dudo, serían 75 euros por declaración. Compensa de sobra con solicitar la deducción por descendiente discapacitado de un solo año, que son 1.200 euros/año.
#7

Re: Obligación de declarar?

Muchas gracias por las respuestas, creo que me ha quedado bastante claro.

Tengo claro ya que en ese caso, tal como lo expongo, tiene obligación de presentar la hija, y que en ese caso aunque le obligaran y sancionaran por ello, seguiría siendo muy rentable. La cuestión es ver ahora, cada año, sabiendo que tendría obligación de presentar y hacienda se lo podría exigir, que no se pase en ningún momento de los 1800 euros netos, puesto que entonces no se podría ya incluir en los minimos por descendiente de su madre, ni aplicar la deducción por descendientes discapacitados.

Gracias.
#8

Re: Obligación de declarar?

Perdona pero necesito asegurarme de qué entra y qué no en esos 1.600 y 1.800 euros. Ya en 2019 tuve que perder todos los beneficios fiscales por mi hija por este asunto, y además malvender un montón de acciones para que no me volviese a ocurrir en 2020. 

Disculpad que plantee tantos casos, pero no me queda claro si el que me afecta es el límite de 1.600 o el de 1.800 euros:

Caso 1: dividendos por 2.000 euros, puedo incluirla como hija en mi declaración?

Caso 2: dividendos por 1.700 euros, puedo incluirla como hija en mi declaración?

Caso 3: ganancias por venta de acciones de 2000 euros , puedo incluirla como hija en mi declaración?

Caso 4: ganancias por venta de acciones de 1.700 euros , puedo incluirla como hija en mi declaración?

Caso 5: dividendos por 2.000 euros pero venta de acciones con pérdida de 1.000, puedo incluirla como hija en mi declaración? ( En algún sitio dice que los límites se aplican antes de compensaciones, de ahí la pregunta)

Caso 6: venta de acciones con beneficio de 2.000 y otra venta con pérdida de 1.000, la puedo incluir como hoja? 

Agradezco mucho las respuestas, desconocer esto me ha supuesto una sangría tremenda.
#9

Re: Obligación de declarar?

 Caso 1: dividendos por 2.000 euros, puedo incluirla como hija en mi declaración?
---> no, tiene que presentar declaración al tener rendimientos del capital mobiliario por más de 1.600 euros y presenta declaración con más de 1.800 euros.

Caso 2: dividendos por 1.700 euros, puedo incluirla como hija en mi declaración?
-->sí, tiene que presentar declaración al tener rendimientos del capital mobiliario por más de 1.600 euros pero presenta declaración con menos de 1.800 euros.

Caso 3: ganancias por venta de acciones de 2000 euros , puedo incluirla como hija en mi declaración?
 ---> no, tiene que presentar declaración al tener ganancias sin retención  por más de 1.000 euros y presenta declaración con más de 1.800 euros. 

Caso 4: ganancias por venta de acciones de 1.700 euros , puedo incluirla como hija en mi declaración?
  ---> sí, tiene que presentar declaración al tener ganancias sin retención  por más de 1.000 euros pero  presenta declaración con menos de 1.800 euros.  

Caso 5: dividendos por 2.000 euros pero venta de acciones con pérdida de 1.000, puedo incluirla como hija en mi declaración? ( En algún sitio dice que los límites se aplican antes de compensaciones, de ahí la pregunta)
 ---> en mi opinión sí,  rendimientos del capital mobiliario por más de 1.600 euros pero  presenta declaración con menos de 1.800 euros (como mínimo compensa el 25% de las pérdidas con los dividendos, luego el rendimiento neto sumado sería inferior a 1.800).   

Caso 6: venta de acciones con beneficio de 2.000 y otra venta con pérdida de 1.000, la puedo incluir como hoja?  
--> sí, tiene que presentar declaración, pero el rendimiento neto son 1.000 euros.
#10

Re: Obligación de declarar?

Muchas gracias Bacalo, me ha resultado de gran ayuda.