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Ganancia o Pérdida Patrimonial de la Donación en el IRPF

10 respuestas
Ganancia o Pérdida Patrimonial de la Donación en el IRPF
Ganancia o Pérdida Patrimonial de la Donación en el IRPF
#1

Ganancia o Pérdida Patrimonial de la Donación en el IRPF


En una Donación de padres a hijos, cuyo impuesto más oneroso actualmente en Andalucía es la Ganancia Patrimonial en el IRPF; tengo una duda: 

Si dono un Inmuebles que genera Pérdidas (precio de mercado menos precio de adquisición), ¿es gratuita la donación? ¿y podría compensar esa Pérdida Patrimonial con las Bases positivas del Ahorro o General por otros conceptos? ¿O no es compensable? 

Y, Si dono con Ganancias, ¿a qué Base Imponible afecta? ¿Puedo compensarle otras pérdidas? 

Y, si dono un inmueble con Pérdida y otro con Ganancia en el mismo acto, ¿puedo compensar ambas? ¿O hay que declararlas en el mismo impuesto de forma independiente sin compensar la Ganancia con la Pérdida? 

¿Hay que diferenciar en la Ganancia o Pérdida Patrimonial en el IRPF, si la transmisión ha sido por Donación o por Compra-Venta? ¿Hay diferencias en esta tributación según el tipo de transmisión? En caso positivo ¿en qué apartado se indica el tipo de transmisión? 

Gracias 

#2

Re: Ganancia o Pérdida Patrimonial de la Donación en el IRPF

Las ganancias por donación de un inmueble van en la base del ahorro como ganancias patrimoniales. El tratamiento es igual que una venta: valor de transmisión o el declarado en el impuesto de Donaciones+impuestos+gastos  - (valor de adquisición+impuestos+gastos)
Las pérdidas generadas en donaciones no se admiten en el IRPF, por tanto no se incluyen y no puedes compensarlas.
#3

Re: Ganancia o Pérdida Patrimonial de la Donación en el IRPF

Y, ¿si en la misma escritura se dona un inmueble con pérdidas y otro ganancias?. Se podría compensar y no pagar por esa transmisión patrimonial múltiple en el IRPF?
#4

Re: Ganancia o Pérdida Patrimonial de la Donación en el IRPF

Como bien comenta Bacalo, aunque en una misma escritura se donen varios inmuebles unos con pérdidas y otros con ganancias, a la hora de hacer la declaración del IRPF, las ganancias y pérdidas patrimoniales se considerarán de manera individualizada por los elementos patrimoniales transmitidos, y las pérdidas patrimoniales que se generen por las donaciones no se consideran a efectos del IRPF por lo que no podrás compensarlas y tributaría solo el inmueble por el importe de la ganancia total.

Saludos.
#5

Re: Ganancia o Pérdida Patrimonial de la Donación en el IRPF

a lo mejor te interesa donar vivienda con ganancias + dinero, y que te compren la vivienda en pérdidas; así podrías compensar la pérdida, aunque tal vez te podrían acusar de fraude de ley por plantear la operación solo con el fin de eludir impuestos, tendrías que articularlo bien.
#6

Re: Ganancia o Pérdida Patrimonial de la Donación en el IRPF

Inmueble a inmueble.
Si ganas, pagas, y si pierdes, te lo comes.

Hay una interpretación relativamente reciente y novedosa al respecto, del TEAR de Valencia, que dice que lo que no es aplicable es la "pérdida económica" que provoca la salida del acervo patrimonial de un inmueble, pero sí es aplicable la "pérdida o desvalorización fiscal habida".
O sea, tienes una casa, valor de adquisición 100.000 €, y la donas, valor de transmisión 80.000 €.

Hay dos pérdidas, la de los 80.000 € que salen de tu patrimonio por una liberalidad (perdida económica, no aplicable), y la previa de 20.000 € por desvalorización (pérdida fiscal, susceptible de poder ser aplicada).

Eso sí, no es ni tan solo jurisprudencia "judicial", sino tan solo doctrina administrativa de un solo TEAR. Si hay ganas de pelear con hacienda, y por los números vale la pena.....

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#7

Re: Ganancia o Pérdida Patrimonial de la Donación en el IRPF

Muchas gracias. Esto sí me aclara bastante.
Aún así,  he hecho una simulación en el Renta Web, y en ningún sitio hay que poner el tipo de transmisión (donación, C-V, ...). Y sí, me lo compensa todo, tanto las Ganancias, como las pérdidas, tanto del capital mobiliario como inmobiliario. No sé si estaré haciéndolo bien. Pero se contradice, con lo que la mayoría me habéis contestado.
#8

Re: Ganancia o Pérdida Patrimonial de la Donación en el IRPF

La norma es pública. Se supone que debes conocerla. Y ya sabes aquello del desconocimiento de una ley no exime de su cumplimiento.
Aunque el programa de cálculo lo facilita hacienda, quien elabora, rellena, firma y da conformidad a lo declarado se supone que eres tú. 

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#9

Re: Ganancia o Pérdida Patrimonial de la Donación en el IRPF

Ya!. Pero es que los cálculos no me deja hacerlos a mi. Lo hace el propio programa, y no da la opción de cambiarlo ni de poner que es donación.
Yo, me rijo sólo por que puedo rellenar; yo no miento ni oculto información. Es el propio programa web, el que lo hace bien o mal; sin yo poder hacer nada para cambiarlo.
No lo entiendo.
#10

Re: Ganancia o Pérdida Patrimonial de la Donación en el IRPF

no tiene que haber ninguna casilla para indicar que es una donación porque la ley dice que esa pérdida no se computa, por lo que no hay que rellenar ninguna información en el IRPF. 
También se puede poner en pérdidas patrimoniales no derivadas de transmisiones por ejemplo el coste del banquete de un hijo que se ha casado, el programa no lo impide;  pero la ley igualmente  te dice que no se incluyen las pérdidas del consumo. Y así, no hay una casilla para indicar que te has gastado el dinero en una comida.
 
Haz lo que consideres oportuno, pero diría que tienes una probabilidad del 99% de recibir una cita de la Agencia Tributaria en los próximos 4 años si incluyes la pérdida de una donación. No creo que se le pase a la AEAT por alto estos temas, teniendo la información de liquidación del impuesto de Donaciones, información del notario,etc.

 
Artículo 33. Concepto.  
5. No se computarán como pérdidas patrimoniales las siguientes: 

a) Las no justificadas.
b) Las debidas al consumo.
c) Las debidas a transmisiones lucrativas por actos ínter vivos o a liberalidades. 

#11

Re: Ganancia o Pérdida Patrimonial de la Donación en el IRPF

Genail!!
Todo clarísimo!
Muchas Gracias!!