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Ingresos de un profesional obtenidos en el extranjero

3 respuestas
Ingresos de un profesional obtenidos en el extranjero
Ingresos de un profesional obtenidos en el extranjero
#1

Ingresos de un profesional obtenidos en el extranjero

 Hola, una persona que trabaja en españa profesionalmente y esta dada de alta en estimacion directa, por lo que trimestralmente hace sus declaraciones a hacienda.

El caso es que una vez al año mas o menos, va al extranjero y trabaja en un estudio, y alli le pagan. Normalmente en suiza o italia. Y claro, no sabe si los ingresos que obtiene en el extranjero los tiene que declarar aqui o no, y si los declara como seriá.

¿Alguien sabe como es si hay que declararlos aqui o no? ¿se ponen en la renta?...

O donde puedo leer sobre ello,

gracias y buen día 
#2

Re: Ingresos de un profesional obtenidos en el extranjero

En principio, si la residencia habitual se encuentra en España,  hay que tributar aquí por todas las  rentas mundiales, es decir, tanto lo generado y ganado en España como lo que haya cobrado por trabajos realizado fuera de territorio nacional. Hay excepciones.

Excepciones:

1) Que los trabajos  prestados se realicen para una empresa o entidad que no sea residente en España, o que se trate de un establecimiento permanente que está localizado en el extranjero siempre que cumpla con las condiciones impuestas para ello.

2)  Que allí donde haya prestado ese trabajo,  hayan aplicado un impuesto de naturaleza, sino idéntica sí al menos análoga, al IRPF.

Por si es su caso, debe pensar tambien en  límites a la exención aplicable, si fuera el caso (por ejemplo mas de 60.001 €). Son exenciones conocidas en el argot como exenciones 7p. Si googlea buscando por "exenciones 7p" encontrará miles de entradas sobre el tema.

Salud.


#3

Re: Ingresos de un profesional obtenidos en el extranjero

Gracias, habrá que ver que es lo que le abonaron de importe en el extranjero, y que documento para el pago es el que le dieron.
 A ver si logro averiguar algo,...
#4

Re: Ingresos de un profesional obtenidos en el extranjero

una observación: para aplicar la exención del 7.p por trabajos en el extranjero que te han explicado, deben ser trabajos como asalariado. Si se han desarrollado como profesional/empresario, con factura, no procede.